Se acerca fecha límite del 15 de octubre para prórroga de FBAR para titulares de cuentas bancarias y financieras extranjeras

IR-2021-196SP, 1ro de octubre de 2021

WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos les recuerda a los ciudadanos estadounidenses, los extranjeros residentes y cualquier entidad legal nacional que la fecha límite de extensión para presentar su Informe anual de cuentas bancarias y financieras extranjeras (FBAR) (en inglés) es el 15 de octubre de 2021.

Aquellos que no cumplieron con la fecha de vencimiento anual del 15 de abril a principios de este año recibieron una prórroga automática hasta el 15 de octubre de 2021 para presentar el FBAR. No hubo necesidad de solicitar una prórroga.

A los que presentan impuestos y que fueron afectados por un desastre natural se les puede extender aún más la fecha de vencimiento de su FBAR. Es importante que revisen los Avisos de ayuda de FBAR (en inglés) relevantes para obtener información completa.

¿Quién debe informar?

La Ley de Secreto Bancario requiere que las personas estadounidenses presenten un FBAR si tienen:

  1. Interés financiero en, autoridad de firma, u otra autoridad sobre una o más cuentas, tales como una cuenta bancaria, una cuenta de corretaje, un fondo mutuo, un fideicomiso u otra cuenta financiera extranjera, y
  2. El valor agregado de todas las cuentas financieras extranjeras supera los $10,000 en cualquier momento durante el año calendario.

Debido a este umbral, el IRS alienta a las personas o entidades estadounidenses con cuentas extranjeras, incluso relativamente pequeñas, a verificar si este requisito de presentación les aplica. Una persona de los EE. UU. es un ciudadano o residente de los Estados Unidos o cualquier entidad legal doméstica, como una sociedad, corporación, compañía de responsabilidad limitada, patrimonio o fideicomiso.

Cómo presentar el informe

Los que presentan no incluyen el FBAR en su declaración federal de impuestos. El FBAR de 2021 debe presentarse electrónicamente ante la Red de Cumplimiento de Delitos Financieros (FinCEN) y solo está disponible a través del sitio web del Sistema de Presentación Electrónica de BSA (en inglés). Los que no pueden presentar electrónicamente su FBAR deben llamar a FinCEN al 800-949-2732, desde fuera de los EE. UU. al 703-905-3975.

Evite las multas por no presentar un FBAR

Las personas que no presentan un FBAR cuando sea necesario pueden estar sujetos a importantes sanciones civiles y criminales que pueden resultar en una multa y/o prisión. El IRS no penalizará a aquellos que informaron adecuadamente una cuenta extranjera en un FBAR presentado tardíamente si el IRS determina que hubo una causa razonable para la presentación tardía.

Recursos de FBAR en IRS.gov:

Para ayudar a evitar demoras con los reembolsos de impuestos, los contribuyentes que viven en el extranjero deben visitar Consejos útiles para recibir efectivamente un reembolso de impuestos para los contribuyentes que viven en el extranjero (en inglés) en IRS.gov.