El Crédito Tributario por Hijos (CTC, por sus siglas en inglés) ayuda a las familias con hijos calificados a obtener un beneficio tributario. Es posible que pueda reclamar el crédito, incluso si no presenta regularmente una declaración de impuestos.
- El Crédito tributario por hijos (CTC) es un crédito no reembolsable que permite a las personas con un hijo calificado reducir so obligación tributaria.
- El Crédito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas en inglés) es una parte reembolsable del CTC que permite que ciertos contribuyentes que son elegibles para el CTC reciban un reembolso si el CTC es mayor que su obligación tributaria.
- El Crédito por otros dependientes (ODC, por sus siglas en inglés) es un crédito no reembolsable para los contribuyentes con dependientes que no son elegibles para el CTC/ACTC.
Quién califica para el Crédito tributario por hijos/Crédito tributario adicional por hijos
Para calificar para el Crédito tributario por hijos, usted (o su conyugue, si declara conjuntamente) y cada hijo calificado tiene que tener un número de Seguro Social que sea válido para trabajar en los Estados Unidos y emitido antes de la fecha de su declaración de impuestos (incluyendo las prórrogas).
Además, para ser un hijo calificado para el año tributario 2025, su hijo, generalmente, tiene que:
- Ser menor de 17 años de edad al final del año
- Ser su hijo(a), hijastro(a), hijo(a) de crianza elegible, hermano(a), hermanastro(a), medio hermano(a) o un descendiente de uno de estos (por ejemplo, un(a) nieto(a) o sobrino(a))
- No aportar más de la mitad de su propio apoyo financiero durante el año tributario
- Haber vivido con usted por más de la mitad del año
- Ser debidamente reclamado como su dependiente en su declaración de impuestos
- No presentar una declaración conjunta con su cónyuge para el año tributario (o presentarla solo para reclamar un reembolso de la retención de impuestos sobre los ingresos o de los pagos de impuestos estimados)
- Ser ciudadano estadounidense o un ciudadano nacional o extranjero residente de los Estados Unidos
El Crédito tributario por hijos tiene un valor de hasta $2,200 por cada hijo calificado. Si tiene poca o ninguna obligación tributaria federal sobre los ingresos, puede calificar por el Crédito tributario adicional por hijos, de hasta $1,700 por hijo calificado, dependiendo de sus ingresos. Tiene que tener un ingreso del trabajo de al menos $2,500 para ser elegible para el ACTC.
Usted califica para la cantidad completa del Crédito tributario por hijos por cada hijo calificado si usted cumple con todos los criterios de elegibilidad y su ingreso anual no supera las siguientes cantidades $200,000 ($400,000 si está casado y presenta una declaración conjunta). Es posible que los padres y tutores que tienen ingresos más altos sean elegibles para reclamar un crédito parcial.
Si usted reclamo el Crédito tributario por ingresos de trabajo (EITC, por sus siglas en inglés) o el Crédito tributario adicional por hijos (ACTC), el IRS no puede emitir estos reembolsos antes de mediados de febrero. Esto se aplica a todo el reembolso, incluso la parte no asociada con estos créditos. Consulte ¿Dónde está mi reembolso? a mediados o finales de febrero para obtener su fecha de reembolso personalizada. ¿Dónde está mi reembolso? se actualiza diariamente y sigue siendo la mejor manera de consultar el estado de su reembolso.
Quien califica para el Crédito por otros dependientes
Si usted no cumple con los requisitos para reclamar el Crédito tributario por hijos o el Crédito tributario adicional por hijos, usted puede calificar por el Crédito por otros dependientes (ODC) para su hijo o dependiente. Tienen que:
- Ser reclamados como un dependiente en su declaración de impuestos.
- Ser un ciudadano de los Estados Unidos, nacional de los Estados Unidos o extranjero residente de los Estados Unidos.
- Tener un número de Seguro Social, número de identificación personal del contribuyente del IRS (ITIN, por sus siglas en inglés) o número de identificación del contribuyente en proceso de adopción (ATIN, por sus siglas en inglés).
La cantidad máxima del crédito es de $500 por cada dependiente y comienza a disminuir en valor si su ingreso bruto ajustado excede los $200,000 ($400,000 para casados que presentan una declaración conjunta).
Cómo determinar su elegibilidad y reclamar los créditos
Utilice nuestro asistente tributario interactivo (ITA, por sus siglas en inglés) (en inglés) para ver si califica para el CTC, ACTC o ODC.
Si usted califica, reclame el CTC, ACTC o ODC al ingresar la información de sus hijos y otros dependientes en el Formulario 1040 (SP), Declaración de Impuestos de los Estados Unidos Sobre los Ingresos Personales PDF y al adjuntar un Anexo 8812, Créditos por hijos calificados y otros dependientes, completado.
Información si auditamos o denegamos su reclamación:
- Recibí una carta del IRS sobre mi crédito: ¿Qué debo hacer? (en inglés)
- Qué hacer si su denegamos su reclamación (en inglés)
- Cómo reclamar el crédito si lo denegamos en el pasado (en inglés)
Otros créditos tributarios para las familias
Si califica para el Crédito tributario por hijos, es posible que también califique para estos créditos tributarios:
- Crédito por cuidado de hijos y dependientes (en inglés)
- Crédito tributario por ingreso del trabajo (EITC, por sus siglas en inglés)
- Crédito por adopción y los programas de asistencia para adopción
- Créditos tributarios de educación (en inglés)
Recursos
Crédito tributario por hijo
- Evite los errores comunes de CTC, ACTC y ODC (en inglés)
- Tabla de elegibilidad para beneficios tributarios (en inglés)
- Consulte información tributaria para padres
Formularios y publicaciones útiles
- Anexo 8812 (Formulario 1040 (SP)), Créditos para Hijos Calificados y Otros Dependientes
- Instrucciones para el Anexo 8812 (Formulario 1040) de 2024 (2024)
- Publicación 501, Dependientes, deducción estándar e información para la presentación de la declaración (en inglés)
- Publicación 519(SP), Guía de Impuestos Estadounidenses para Extranjeros PDF
Materiales de mercadeo de Crédito tributario por Hijos
- Publicación 4298 (sp), Un reembolso de los impuestos federales puede estar esperando por usted PDF
- Publicación 5811 (sp), Crédito tributario por hijos (CTC) PDF