Si recibe una carta o aviso del IRS, ésta le explicará el motivo de la correspondencia y le dará instrucciones sobre cómo manejar su asunto. Si está de acuerdo con los cambios, no hay necesidad de que se comunique con nosotros. Si está en desacuerdo, es importante que conteste de la manera indicada en su aviso. Debe esperar al menos 30 días para recibir una respuesta de parte del Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés). Si tiene un saldo pendiente, deberá seguir las instrucciones que se le proporcionaron en la carta o aviso para enviar su pago. Si a usted se le adeuda un reembolso y no tiene otros impuestos o deudas que debamos recaudar, recibirá el reembolso dentro de seis semanas a partir de la fecha del aviso. Si ha efectuado un pago que no se le haya acreditado y pagó con cheque, envíenos una copia de la cara y el reverso del cheque cancelado como comprobante de pago. Si el pago fue realizado con giro postal, tiene que obtener una copia de la cara y el reverso del giro postal cancelado del lugar donde lo compró. Si pagó utilizando EFTPS: El Sistema de Pago Electrónico de Impuestos Federales, puede enviarnos una copia de la transacción que incluya el número de confirmación. Nunca envíe documentos originales. Si se comunicó con nosotros con relación a un cheque de reembolso extraviado o robado, el aviso que le enviamos le indicará qué medidas debe tomar. Si recibe un Aviso CP-2000 (en inglés), consulte el Tema 652. Si hace pagos trimestrales del impuesto estimado, por favor revise sus cálculos. Es posible que tenga que modificar la cantidad de sus pagos en base a nuestros cambios. Todo aviso deberá indicarle a dónde enviar su respuesta. Guarde una copia de toda la correspondencia del IRS para sus registros de impuestos. La mayor parte de la correspondencia puede manejarse sin visitar o llamar a una oficina del IRS, si sigue las instrucciones de la carta o aviso.