Preguntas y respuestas sobre el primer Pago de impacto económico — Tema B: Solicitar mi primer Pago de impacto económico

Aviso: Contenido Histórico


Este es un documento de archivo o histórico y puede no reflejar la ley, las políticas o los procedimientos actuales.

Si no recibió el Pago de impacto económico completo, puede ser elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso. Vea el Crédito de recuperación de reembolso para obtener más información.

Todos los Pagos de impacto económico se han enviado. Para encontrar la cantidad de pagos de impacto económico que se le emitieron, consulte su Cuenta en línea.

Si no recibió ningún pago o recibió un monto menor que el total, puede calificar para el Crédito de recuperación de reembolso y debe presentar una declaración de impuestos para reclamar el crédito, incluso si normalmente no presenta una declaración de impuestos.

Si no recibió su primer Pago de impacto económico, aún puede ser elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 y debe presentar su declaración de impuestos de 2020 para reclamarlo. Recibir la carta no es garantía de elegibilidad para un Pago de impacto económico. Para obtener más información sobre los requisitos de elegibilidad, vea el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 en IRS.gov.

Vea el Tema F: Encontrar el monto del Pago de impacto económico para calcular el Crédito de recuperación de reembolso.

R2. Si el IRS no pudo procesar su declaración de impuestos de 2019 y le emitió su primer Pago de impacto económico antes del 31 de diciembre de 2020, es posible que pueda reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 y debe presentar una declaración de 2020 para reclamarlo.

R4. No. El IRS usó la información de su declaración de impuestos de 2018 para calcular el monto del primer Pago ya que aún no presentó su declaración de 2019.

Si no recibió el monto total del primer Pago de impacto económico al que cree que tiene derecho, es posible que pueda ser elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 y debe presentar una declaración de impuestos de 2020 para reclamarlo.

El Aviso 1444, Su Pago de impacto económico, se envió por correo a su última dirección conocida dentro de las semanas después de que se realizó el Pago. El aviso proporcionó información sobre su Pago de impacto económico. Cuando presente su declaración de impuestos 2020, puede consultar el Aviso 1444 al completar la hoja de trabajo de Crédito de recuperación de reembolso  o software de impuestos para determinar si es elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 en su declaración de impuestos de 2020. Vea el Tema F: Encontrar el monto del Pago de impacto económico para calcular el Crédito de recuperación de reembolso.

R5. El IRS ya no está emitiendo los primeros Pagos de impacto económico. La ley requirió que esos pagos se realizaran o se permitieran antes del 31 de diciembre de 2020. Si no recibió el primer Pago de impacto económico, puede que sea elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 y debe presentar una declaración de impuestos de 2020. Vea el Tema C: Reclamación del crédito.

R6. El IRS no inicia contacto con los contribuyentes por correo electrónico, mensajes de texto o canales de redes sociales para solicitar información personal o financiera, incluso en relación con los Pagos de impacto económico o el Crédito de recuperación de reembolso. Cuidado con los sitios web y los intentos de redes sociales que solicitan dinero o información personal y con los esquemas relacionados a los Pagos de impacto económico o el Crédito de recuperación de reembolso.

El IRS insta a los contribuyentes a visitar IRS.gov, el sitio web oficial del IRS, para protegerse contra los estafadores. El IRS emitió una advertencia acerca de estafas relacionadas con el coronavirus.

Por razones de seguridad, se envió una carta sobre el pago a la última dirección conocida de cada destinatario después de que se realizó  el pago.

R7. No, el IRS no puede emitir los primeros Pagos de impacto económico después del 31 de diciembre de 2020.

Si su declaración de impuestos no fue procesada en tiempo para emitirle su pago antes del 31 de diciembre de 2020, usted puede ser elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 y debe presentar una declaración impuestos de 2020 para reclamarlo.

R8. No. Si el IRS determinó que usted no era elegible para un pago basado en su declaración de impuestos de 2018 antes de presentar una declaración de 2019, el IRS no emitirá un pago cuando se procese su declaración de 2019. Si cumple con los requisitos de elegibilidad basados en su información tributaria en 2020, puede ser elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 y debe presentar una declaración federal de impuestos de 2020 para reclamarlo.

R9. No. Si usted no había presentado una declaración de impuestos de 2019 o la declaración no se había procesado en el momento de la determinación del IRS, el IRS usó la información de su declaración de impuestos de 2018 para emitir el primer pago.

Si cumple con los requisitos de elegibilidad basados en su información tributaria que se reportó en su declaración de impuestos de 2020, es posible que sea elegible para reclamar una cantidad adicional como un Crédito de recuperación de reembolso de 2020 y debe presentar una declaración federal de impuestos de 2020 para reclamarlo.

El IRS insta a todos que consulten las preguntas y respuestas del Crédito de recuperación de reembolso.

Después que se le envió su primer pago, le enviamos el Aviso 1444, Su Pago por impacto económico, a su última dirección conocida. Consulte ese aviso cuando presente su declaración de impuestos de 2020. Vea el Tema F: Encontrar el monto del Pago de impacto económico para calcular el Crédito de recuperación de reembolso.

R10. No. El IRS no reevaluará los montos de pago y la elegibilidad después de que se haya emitido un pago o si se ha determinado que no es elegible. Esto también se aplica a los contribuyentes que usaron la herramienta Non-Filers para inscribirse en un Pago de impacto económico y a aquellos que enviaron por correo o planean enviar por correo una declaración de impuestos de 2019 usando las instrucciones de declaración de EIP enmendada (en inglés).

Sin embargo, si cumple con los requisitos de elegibilidad basados en su información tributaria en 2020, puede ser elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 y debe presentar una declaración federal de impuestos de 2020 para reclamarlo.

Para obtener más información sobre calcular el monto de su crédito, vea la página Preguntas y respuestas sobre el Crédito de recuperación de reembolso.

Después que se le envió su primer pago, le enviamos el Aviso 1444-A, Su Pago de impacto económico, con información sobre su pago a su última dirección conocida. Consulte el aviso cuando presente su declaración federal de impuestos de 2020. Es posible que necesite el aviso para determinar si es elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso en su declaración de impuestos de 2020. Vea el Tema F: Encontrar el monto del Pago de impacto económico para calcular el Crédito de recuperación de reembolso.

R11. El IRS no puede corregir ni emitir pagos adicionales basado en sus ingresos de 2020 hasta que presente su declaración de impuestos de 2020.

El IRS usó su declaración de impuestos de 2019 (o 2018 si 2019 no estaba en el archivo) para determinar su elegibilidad y calcular el primer Pago de impacto económico. Si no recibió un Pago de impacto económico o no recibió la cantidad máxima para el que es elegible, puede ser elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 y debe presentar una declaración federal de impuestos de 2020.

Para obtener más información sobre la elegibilidad, vea las Preguntas y respuestas del Crédito de recuperación de reembolso.

R12. Si no tuvo el requisito de presentar una declaración federal de impuestos para 2018 o 2019 y no pudo ser reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de otra persona, para cualquiera de esos años, usted tuvo hasta el 4 de noviembre de 2020  para enviarnos por correo su declaración simplificada de impuestos de 2019 en papel. Esa fecha de vencimiento ya pasó. Las personas encarceladas que son elegibles pueden reclamar un Crédito de recuperación de reembolso y debe presentar una declaración de impuestos de 2020 y reclamarlo.