Consejo Tributario de Coronavirus 2022-31SP, 28 de febrero de 2022 El Crédito tributario por ingreso del trabajo (EITC) es uno de los créditos tributarios del gobierno federal de mayor reembolso para familias con ingresos bajos a moderados. La reciente expansión de este crédito significa que más personas tienen la posibilidad de recibir dinero deseado de regreso a sus bolsillos. El IRS anima a personas a verificar si son elegibles para este crédito importante. Aunque no se le requiere a personas con ingresos debajo de cierta cantidad a que presenten una declaración al no deber impuestos, aquellos que son elegibles para el EITC pueden recibir un reembolso si presentan una declaración de impuestos de 2021. Aquí se encuentra un resumen de los cambios notables más recientes al EITC solo para el año tributario 2021: EITC más amplio para personas sin hijos Más trabajadores sin hijos ahora califican para el EITC y la cantidad máxima del crédito aumentó casi al triple para estos contribuyentes este año. Por primera vez, el crédito ahora está disponible para trabajadores más jóvenes y personas de edad avanzada. No existe un límite de edad mayor para reclamar el crédito si el contribuyente ha tenido ingresos. El EITC generalmente está disponible para trabajadores sin hijos que tengan al menos 19 años con ingresos menores de $21,430 para solteros y $27,380 para cónyuges que presenten una declaración conjunta. El crédito máximo para contribuyentes sin hijos elegibles es de $1,502. También existen excepciones especiales para personas de 18 años que hayan estado en cuidado temporal o que no tengan hogar. Estudiantes de tiempo completo menores de 24 años no son elegibles. Algunos contribuyentes pueden usar ingresos obtenidos en el 2019 para calcular su EITC Contribuyentes pueden elegir usar sus ingresos de 2019 para calcular su Crédito por ingreso del trabajo si sus ingresos en el 2019 fueron más altos que en el 2021. Esta opción puede ayudar a trabajadores a recibir un crédito más grande si ganaron menos en 2021. Contribuyentes pueden revisar la línea 27c en las Formulario 1040(SP) para obtener más información. Eliminación gradual y límites del crédito Para el 2021, la cantidad del crédito incrementó y la eliminación gradual de límites de ingreso se amplió. Cualquier tercer Pago de impacto económico o pagos del Crédito tributario por hijos recibido no es tributable o se contará como ingreso para el propósito de reclamar el EITC. Personas que le falten un pago de estímulo o que recibieron menos de la cantidad total pueden ser elegibles para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso en su declaración de impuestos de 2021. Nuevos cambios de ley extienden el EITC para el 2021 y futuros años. Estos cambios incluyen: Más trabajadores y familias trabajadoras que también tienen ingresos por inversiones pueden recibir el crédito. A partir del año tributario 2021, la cantidad de impuestos por inversiones que puedan recibir y seguir teniendo el derecho para el EITC aumenta a $10,000. Después del 2021, el límite de $10,000 se indexa según la inflación. Cónyuges casados pero separados pueden elegir ser tratados como no casados para el propósito de reclamar el EITC. Para calificar, el cónyuge reclamando el crédito no puede presentar una declaración junto con su cónyuge. Debe de tener un hijo elegible viviendo con ellos por más de la mitad del año al igual de una de estas circunstancias: No tener la misma residencia principal que su cónyuge por al menos seis meses del año. Estar legalmente separado según la ley de su estado en virtud de un acuerdo de separación por escrito o un decreto de manutención por separado y no vivir en el mismo hogar que su cónyuge al final del año tributario en el cual se solicita el EITC. Contribuyentes deben presentar el Anexo EIC (Formulario 1040(SP)) y marcar el encasillado que los muestra como casados que presentan una declaración por separado con un hijo calificado. Personas solteras y parejas con hijos que tienen números de Seguro Social pueden solicitar el crédito, incluso si sus hijos no tienen número de Seguro Social (SSN) válido. En este caso, obtendrán el crédito menor disponible para los trabajadores sin hijos. Los contribuyentes deben llenar y adjuntar el Anexo EIC a su Formulario 1040 o 1040-SR si tienen al menos un hijo elegible aunque no tenga un SSN válido. Para más información, contribuyentes pueden consultar las instrucciones del Formulario 1040(SP), línea 27a, y el Anexo EIC. Suscríbase a los Consejos Tributarios del IRS