Crédito por la propiedad de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo

Si instala una propiedad calificada de recarga o reabastecimiento de vehículo eléctrico en su vivienda o negocio, puede calificar para el Crédito tributario sobre la propiedad para el reabastecimiento de combustible alternativo. El crédito se amplió y se modificó según la Ley de Reducción de la Inflación. La propiedad tiene que estar instalada en una ubicación calificada y el crédito permitido es con base en la fecha de puesta en servicio de la propiedad calificada.

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Quién califica

El crédito está disponible para negocios y personas físicas que pongan en servicio propiedades calificadas para reabastecimiento de combustible durante el año tributario. Entidades exentas de impuestos elegibles también pueden reclamar el crédito a través del pago electivo.

Personas físicas

Si instala en su hogar equipos calificados de recarga y reabastecimiento de combustible para vehículos, incluido equipo de carga para vehículos eléctricos puede ser elegible para un crédito de hasta $1,000 por cada equipo en la propiedad.

Para más información vea Publicación 6027, Las personas físicas, cargadores de vehículos eléctricos y el Crédito por la propiedad de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo (en inglés) PDF.

Negocios

Si su negocio instala equipos calificadas para recarga y abastecimiento de combustible de vehículos, incluido equipo de carga de vehículos eléctricos puede ser elegible para un crédito de hasta $100,000 por cada equipo en la propiedad que califique.

Para más información vea Publicación 6028, Los negocios y el Crédito por la propiedad de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo (en inglés) PDF.

Organizaciones exentas de impuestos

Entidades gubernamentales y organizaciones exentas de impuestos elegibles pueden reclamar el crédito a través de un nuevo mecanismo llamado pago electivo (también conocido como “pago directo”) de hasta $100,000 por cada equipo en la propiedad calificado.

Para reclamar el crédito de su organización, debe notificar al vendedor por escrito que tiene la intención de reclamar el crédito a través de pago electivo. De lo contrario, el vendedor puede reclamar el crédito si le informa a usted claramente del monto del crédito permitido. Sin embargo, un vendedor que reclama el crédito puede estar dispuesto a instalar el equipo en la propiedad elegible a un costo inicial más bajo para usted y transferir los ahorros tributarios a su organización.

Para más información vea Publicación 6029, Las entidades exentas de impuestos y el Crédito por la propiedad de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo (en inglés) PDF.

Propiedad calificada de reabastecimiento de combustible

Para calificar para el crédito, la propiedad calificada de reabastecimiento de combustible tiene que utilizarse para almacenar o distribuir combustible de combustión limpia o para recargar vehículos de motor eléctricos.

Además, la propiedad debe:

  • Ser puesta (en inglés) en servicio durante el año tributario.
  • Tener un uso original (en inglés) que comenzó con el contribuyente.
  • Utilizarse principalmente dentro de los Estados Unidos y sus territorios.
  • Si no es de uso comercial o de inversión, tiene que instalarse en una propiedad utilizada como vivienda principal.
  • Estar en un área del censo elegible (a partir del 1 de enero de 2023)
  • Ser un bien sujeto a depreciación si no es para uso personal

A partir del 1ro de enero de 2023, la definición de propiedad calificada incluye estaciones de carga para vehículos eléctricos de 2 y 3 ruedas (para uso en la vía pública) e incluye equipos de carga bidireccional.

Tractos censales elegibles

La propiedad de reabastecimiento de combustible debe ser puesto en servicio en un tracto censal de la comunidad de bajos ingresos o en un tracto censal no urbano. Aproximadamente dos tercios (en inglés) de los estadounidenses se encuentran en los sectores censales elegibles.

Para determinar si su negocio o inversión inmobiliaria está en un tracto censal elegible:

  • En general :
  • Si su propiedad de reabastecimiento de combustible se pone en servicio antes del 1 de enero de 2025, además de las instrucciones anteriores, puede :

El IRS publicará periódicamente listas de los tractos censales específicos que cumplen los requisitos, junto con instrucciones sobre cómo los contribuyentes pueden determinar sus números identificativos de los tractos censales, en el Registro Federal o el Boletín de Impuestos Internos.

Cantidad del crédito

A partir del 1ro de enero de 2023, el crédito por propiedad calificada para reabastecimiento de combustible sujeta a depreciación es igual al 6% con un crédito máximo de $100,000 por cada equipo individual en la propiedad (para cada puerto de carga, dispensador de combustible o propiedad de almacenamiento).

Los negocios y las organizaciones exentas de impuestos que cumplan con los requisitos salariales y de aprendizaje prevalecientes son elegibles para un crédito del 30% con el mismo límite de $100,000.

Para los consumidores que compren e instalen propiedades calificadas de reabastecimiento de combustible para vehículos con combustible alternativo para su residencia principal, incluido el equipo de carga de vehículos eléctricos, entre el 31 de diciembre de 2022 y el 1ro de enero de 2033, el crédito tributario equivale al 30% del costo con un monto máximo de $1,000. por artículo (para cada puerto de carga, dispensador de combustible o propiedad de almacenamiento).

Para la propiedad puesta en servicio antes del 1 de enero de 2023 (incluida la propiedad personal), el crédito es del 30% del costo de la propiedad calificada para reabastecimiento de combustible, con un crédito máximo permitido de $30,000 para la propiedad depreciable y $1,000 para todas las demás propiedades.

Cómo reclamar el crédito

Utilice el Formulario 8911 (en inglés) PDF y las instrucciones del Formulario 8911 (en inglés) para determinar e informar de su Crédito por la propiedad de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo puestas en servicio durante el año tributario .

Las sociedades colectivas y sociedades anónimas de tipo S tienen que presentar el Formulario 8911 para reclamar el crédito. Todos los demás contribuyentes no están obligados a presentar el formulario si su única fuente para este crédito es una sociedad colectiva o sociedad anónima de tipo S. En su lugar, pueden informar de este crédito directamente en la línea 1s de la parte III del Formulario 3800, Crédito general para negocios (en inglés).

Reglas especiales

La parte del crédito por uso comercial o de inversión de la propiedad de reabastecimiento de combustible se trata como un crédito general para negocios transferido del Formulario 8911 al Formulario 3800 y está sujeto a las reglas aplicables al Crédito general para negocios.

La parte del crédito por el uso personal de la propiedad de reabastecimiento de combustible no puede superar el exceso de la obligación tributaria regular reducida por ciertos créditos permitidos sobre el impuesto mínimo tentativo (si alguno) para el año tributable como se determina en el Formulario 6251. La parte del crédito correspondiente al uso personal se traslada del Formulario 8911 al Anexo 3 del Formulario 1040.

La base de cualquier propiedad de reabastecimiento de combustible para la que se toma un crédito tiene que reducirse por la cantidad del crédito.

El crédito está sujeto a la recuperación si la propiedad para la que se solicitó el crédito deja de calificar en un plazo de tres años completos a partir de la fecha en la que fue puesta en servicio.

Leyes y directrices

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