Si obtiene ganancias de capital a raíz de la venta de su residencia principal, podría tener derecho a excluir de sus ingresos hasta $250,000 de esas ganancias o hasta $500,000 de esas ganancias, si presenta una declaración conjunta con su cónyuge. La Publicación 523, Venta de su hogar (en inglés), proporciona ciertas reglas y unas hojas de trabajo pertinentes. El Tema 409 cubre información general sobre pérdidas y ganancias de capital. Cómo calificar para la exclusión Por lo general, para calificar para la exclusión conforme a la sección 121 del Código de Impuestos Internos, es necesario satisfacer tanto la prueba de propiedad como la prueba del uso. Usted es elegible para la exclusión si ha sido dueño de su propiedad y la ha utilizado como hogar principal de residencia, durante un período total de al menos dos años del período de los 5 años anteriores a la fecha de su venta. Puede cumplir el requisito de titularidad y uso durante períodos distintos de 2 años. No obstante, tiene que cumplir ambos requisitos durante el período de 5 años que concluya en la fecha de la venta. Por lo general, usted no es elegible para la exclusión si excluyó la ganancia de la venta de otra residencia durante el período de dos años antes de la venta de su hogar. Consulte la Publicación 523 (en inglés) que contiene todos los requisitos de elegibilidad, los límites del monto de exclusión, y las excepciones a la regla de los dos años. Declaración de la venta Si recibe un documento de información sobre la declaración del ingreso, tal como el Formulario 1099-S, Producto de transacciones de bienes raíces (en inglés), tiene que declarar la venta de la casa, incluso si la ganancia de la venta es excluible. Además, tiene que declarar la venta del hogar si no puede excluir todas sus ganancias de capital de sus ingresos. Utilice el Anexo D (Formulario 1040), Pérdidas y ganancias de capital (en inglés) y el Formulario 8949, Ventas y otras enajenaciones de bienes de capital (en inglés), cuando se le requiera declarar la venta de la casa. Consulte la Publicación 523 (en inglés), que contiene las reglas sobre cómo indicar la venta en su declaración de impuestos. Suspensión del período de prueba de cinco años Si usted o su cónyuge prestan servicio activo prolongado calificado en las fuerzas armadas, en el Servicio de relaciones exteriores o en la comunidad de inteligencia, puede optar por suspender el período de prueba de 5 años por un máximo de 10 años. Usted se considera que se encuentra en el servicio prolongado oficial calificado si, durante más de 90 días o durante un período indefinido, usted se encuentra: En una estación oficial de servicio ubicada por lo menos a 50 millas de distancia de su residencia principal, o Residiendo bajo órdenes del gobierno en una vivienda del gobierno. Consulte la Publicación 523 (en inglés) para obtener más información sobre esta regla especial para suspender la prueba de 5 años. Ventas a plazos Si usted vendió su vivienda conforme a un contrato en el que se indica que parte o todo el precio de venta sea pagado en un año posterior, usted llevó a cabo una venta a plazos. Si usted tiene una venta a plazos, declare la venta conforme al método de plazos, a menos que renuncie a esa opción. Aun si usa el método de venta a plazos para diferir parte de las ganancias; la exclusión de ganancias conforme a la sección 121 sigue estando disponible. Para obtener más información sobre ventas a plazos, consulte la Publicación 537, Ventas a plazos (en inglés), el Formulario 6252, Ganancias de ventas a plazos (en inglés), y el Tema 705, Ventas a plazos.