Los salarios, sueldos y propinas recibidos por usted en la ejecución de servicios como empleado de un empleador tienen que incluirse como parte de su ingreso bruto. Las cantidades retenidas para impuestos incluidos, pero sin limitarse al impuesto sobre el ingreso, los impuestos al Seguro Social y Medicare, se consideran "recibidas" y tienen que incluirse en el ingreso bruto del año en que fueron retenidas. Por lo general, la aportación de su empleador a un plan de pensiones calificado en su nombre no se incluye como ingreso bruto al momento de la aportación. Además, si bien normalmente se excluyen de los ingresos brutos las cantidades retenidas de conformidad con ciertos arreglos de reducción salarial con su empleador, es posible que dichas cantidades tengan que incluirse en los salarios sujetos a los impuestos al Seguro Social y al Medicare en el año que son retenidas. Para información más específica, consulte la Publicación 17(SP). Su empleador deberá proporcionarle el Formulario W-2, Comprobante de salarios y retención de impuestos (en inglés), indicando el total de su ingreso y su retención. Usted tiene que incluir todos los salarios y retenciones declarados en todos los Formularios W-2 que reciba y, si presenta una declaración conjunta, también tiene que incluir todos los ingresos y retenciones de los Formularios W-2 de su cónyuge. Adjunte una copia de cada uno de los Formularios W-2 a la primera página de su declaración de impuestos, tal como lo indican las instrucciones. Para más información sobre propinas, consulte la Publicación 531, Cómo declarar los ingresos de propinas (en inglés), el Tema 761, Propinas - Retención y declaración, y ¿Son mis ingresos de propinas tributables? (en inglés). Para obtener información sobre retención en exceso del impuesto al Seguro Social y de la jubilación ferroviaria ( RRTA, por sus siglas en inglés), consulte el Tema 608 Retención en exceso del impuesto al Seguro Social y de la jubilación ferroviaria (RRTA). Note por favor, que por lo general, se declaran los ingresos del trabajo por cuenta propia en el Formulario 1099-NEC, Remuneración a personas que no son empleados (en inglés). Para más información sobre los ingresos de negocios, consulte el Tema 407, Ingreso de negocios y la Publicación 334, Guía Tributaria para Pequeños Negocios (Para Individuos que Usan el Anexo C). Si recibe otro Formulario W-2 después de presentada su declaración, deberá presentar una declaración de impuestos enmendada, en el Formulario 1040-X, Declaración Enmendada del Impuesto Estadounidense Sobre los Ingresos Personales. Si desea más información acerca de las declaraciones enmendadas, consulte el Tema 308, Declaraciones enmendadas y ¿Debo presentar una declaración enmendada? (en inglés). Los Formularios W-2 deben estar disponibles para usted a más tardar el 31 de enero de 2024. Para información sobre Formularios incorrectos W-2 o si no los recibe, consulte el Tema 154, Formulario W-2 y Formulario 1099-R (Qué hacer si está incorrecto o si no se recibe).