Consejo Tributario del IRS 2022-34SP, 3 de marzo de 2022 Los contribuyentes tienen el derecho de comprender lo que tienen que hacer para cumplir con las leyes relacionadas con los impuestos. No solo durante la temporada de impuestos, sino durante todo el año. Cuando algo le sucede a la cuenta de un contribuyente, ese contribuyente tiene derecho a ser informado sobre la actividad. De hecho, este derecho es uno de los diez descritos en la Carta de Derechos del Contribuyente. El derecho a ser informado significa que los contribuyentes tienen derecho a: Saber lo que deben hacer para cumplir con las leyes tributarias. Tener explicaciones claras de las leyes y los procedimientos del IRS en todas los formularios, instrucciones, publicaciones, avisos y correspondencia. Estar informado de las decisiones del IRS sobre sus cuentas tributarias. Recibir explicaciones claras de los resultados de las decisiones del IRS. Para asegurarse de que los contribuyentes estén informados, el IRS: Incluirá dentro de ciertos avisos cualquier monto del impuesto, intereses y ciertas multas que adeuda el contribuyente. Explicará por qué el contribuyente debe impuestos. Explicará las razones específicas por las que rechazó un reclamo de reembolso. Publicará información en IRS.gov para ayudar a los contribuyentes a entender su notificación o carta del IRS. Enviará una carta cuando la agencia evalúa un impuesto. Esa carta debe incluir: Información acerca de cómo el contribuyente puede apelar la decisión. Una explicación de todo el proceso desde la auditoría hasta la recaudación. Detalles acerca de cómo el Servicio del defensor del contribuyente puede ayudar. Enviará un estado de cuenta anual a los contribuyentes que se suscriban a un plan de pago. La declaración incluirá cuánto el contribuyente: Debe a principios de año. Pagó durante el año. Aún adeuda al final del año. Pondrá a disposición los formularios y publicaciones (en inglés) en IRS.gov. Usará los medios sociales para proporcionar información tributaria útil a una amplia audiencia de contribuyentes. Suscríbase a los Consejos Tributarios del IRS