IRS 2017-25SP, 30 de agosto de 2017 El comienzo del año escolar es un buen momento para un recordatorio de los beneficios tributarios para la educación. Estos beneficios pueden ayudar a compensar los gastos calificados de la educación. A continuación, se ofrece información acerca de dos créditos tributarios y una deducción, disponibles para quienes pagan gastos de educación superior para sí mismos, un cónyuge o un dependiente. El Crédito tributario de oportunidad para los estadounidenses (AOTC, por sus siglas en inglés): Brinda un beneficio máximo de hasta $2,500 por estudiante elegible. Sólo está disponible durante los primeros cuatro años en una escuela educativa o vocacional elegible. Es para estudiantes que cursan un bachillerato u otra credencial reconocida de educación. Es parcialmente reembolsable. Los contribuyentes que reúnen los requisitos pueden recibir hasta $1,000 del crédito como un reembolso, aun si no adeudan ningún impuesto. El crédito vitalicio por aprendizaje (LLC, por sus siglas en inglés): Brinda un beneficio máximo de $2,000 por declaración de impuestos, por año, independiente de cuántos estudiantes reúnen los requisites. Está disponible para todos los años de educación postsecundaria y cursos para adquirir o mejorar las destrezas laborales. Está disponible para un número ilimitado de años tributarios. Además: Un estudiante debe tener un Formulario 1098-T, Declaración de matrícula, en inglés, para tener derecho a un beneficio de educación. Recibe este formulario de la escuela a la que asistió. Los contribuyentes solo pueden usar los gastos calificados (en inglés) pagados para calcular el crédito tributario. Éstos incluyen la matrícula y cuotas, y otros gastos relacionados para un estudiante elegible. Las escuelas educativas elegibles (en inglés), son aquellas que ofrecen educación postsecundaria e incluyen la mayoría de universidades. Los contribuyentes solo pueden reclamar los gastos calificados en el año en que los pagan. Los contribuyentes no pueden reclamar ningún crédito si alguien más los reclama como un dependiente. Los límites sobre los ingresos podrían reducir la cantidad de créditos o deducciones. Los contribuyentes no pueden reclamar el AOTC o el LLC por el mismo estudiante, ni el mismo gasto en el mismo año. La herramienta el Asistente tributario interactivo en IRS.gov/espanol, puede ayudar a determinar la elegibilidad para ciertos créditos educativos o deducciones, incluso el AOTC y el LLC. Vea la Publicación 970 del IRS, Beneficios tributarios por la educación, en inglés, para los detalles, reglas, ejemplos y una explicación completa de los beneficios. Evite las estafas. El IRS nunca inicia contacto por los medios sociales o mensajes de texto. El primer contacto generalmente le llega por correo. Aquellos que se preguntan si adeudan dinero al IRS, pueden ver la información de su cuenta tributaria en IRS.gov/espanol para averiguarlo. Recursos adicionales del IRS: Beneficios tributarios para la educación: Centro de información (en inglés) Créditos para la educación – AOTC y LLC (en inglés) Preguntas y respuestas acerca del AOTC (en inglés) Asistente tributario interactivo, ¿Tengo derecho a reclamar un crédito por educación? (en inglés) Tema tributario 310, Cuentas de ahorro para la educación Coverdell Mapa tributario del IRS, Educación (en inglés)