El IRS anuncia alivios tributarios para las víctimas de tormentas severas, vientos en línea recta, tornados e inundaciones en Misuri; varias fechas límite de presentación se extienden hasta el 3 de febrero de 2025

MO-2024-14SP, 29 de julio de 2024

WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) anunció hoy un alivio tributario para las personas físicas y negocios en Misuri que fueron afectadas por tormentas severas, vientos en línea recta, tornados e inundaciones que comenzaron el 19 de mayo de 2024. Estos contribuyentes ahora tienen hasta el 3 de febrero de 2025 para presentar varias declaraciones de impuestos federales para personas físicas y empresariales y realizar pagos de impuestos.

Luego de la declaración de desastre emitida por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en ingles), individuos y familias que residen o tienen un negocio en los condados de Barry, Bollinger, Butler, Carter, Howell, Madison, McDonald, New Madrid, Oregon, Reynolds, Ripley, Scott, Shannon, Stoddard y Texas califican para el alivio tributario.

La declaración permite al IRS extender ciertas fechas límite de presentación y pago de impuestos para los contribuyentes que residen o tienen un negocio en el área del desastre. Por ejemplo, ciertas fechas limite en o después del 19 de mayo de 2024, y antes del 3 de febrero de 2025, se les concede tiempo adicional para presentar hasta el 3 de febrero de 2025. Como resultado, las personas físicas y negocios afectados tendrán hasta el 3 de febrero de 2025 para presentar las declaraciones y pagar cualquier impuesto que se debía originalmente durante este período.

El plazo de presentación del 3 de febrero de 2025 se aplica a:

  • Las personas físicas que tenían una extensión válida para presentar su declaración de 2023 que se venció el 15 de octubre de 2024. El IRS señaló, sin embargo, que como los pagos de impuestos relacionados con estas declaraciones de 2023 que vencían el 15 de abril de 2024, esos pagos no son elegibles para este alivio tributario.
  • Empresas con una fecha de vencimiento original o extendida que incluyen, entre otros, asociaciones del año calendario y sociedades anónimas S cuyas extensiones de 2023 se vencen el 16 de septiembre de 2024, y sociedades anónimas del año calendario cuyas extensiones de 2023 se vencen el 15 de octubre de 2024.

La fecha límite del 3 de febrero de 2025 también se aplica a cualquier pago normalmente adeudado durante este período, incluidos los pagos de impuestos estimados trimestrales adeudados el 17 de junio de 2024, el 16 de septiembre de 2024 y el 15 de enero de 2025, y las declaraciones trimestrales de nómina e impuestos especiales normalmente adeudadas el 31 de julio de 2024, el 31 de octubre de 2024 y el 31 de enero de 2025. Además, las penalizaciones sobre los depósitos de nómina e impuestos especiales debidos a partir del 19 de mayo de 2024 y antes del 3 de junio de 2024 se reducirán siempre que los depósitos tributarios se realicen antes del 3 de junio de 2024.

Si un contribuyente afectado recibe una notificación de multa por presentación tardía o pago tardío del IRS que tiene una fecha de vencimiento de presentación, pago o depósito original que cae dentro del período de postergación, el contribuyente debe llamar al número de teléfono en la notificación para que el IRS reduzca la multa.

El IRS identifica automáticamente a los contribuyentes ubicados en el área de desastre cubierta y aplica la presentación de declaraciones y la ayuda para el pago. Pero los contribuyentes afectados que residen o tienen un negocio ubicado fuera del área de desastre cubierta deben llamar a la línea directa de desastre del IRS al 866-562-5227 para solicitar este alivio tributario. Los preparadores de impuestos del área de desastre con clientes ubicados fuera del área de desastre pueden elegir usar las solicitudes masivas de los profesionales para la opción de alivio de desastres (en inglés), que se describen en IRS.gov.

Área de desastre cubierta

Las localidades enumeradas anteriormente constituyen una zona de desastre cubierta a los efectos de la Regulación del Tesoro, Treas. Reg. §301.7508A-1(d)(2) y tienen derecho a las medidas detalladas a continuación.

Contribuyentes afectados

Los contribuyentes que se consideran afectados y que pueden optar por el aplazamiento de la presentación de declaraciones, el pago de impuestos y la realización de otras acciones urgentes son los contribuyentes enumerados en la Regulación del Tesoro, Treas. Reg. § 301.7508A-1(d)(1), e incluye a las personas físicas que viven, y a las empresas (incluidas las organizaciones exentas de impuestos) cuyo principal lugar de negocios está ubicado, en el área de desastre cubierta. Contribuyentes que no se encuentran en la zona de desastre cubierta, pero cuyos registros son necesarios para cumplir con un plazo enumerado en la Regulación del Tesoro, Treas. Reg. § 301.7508A-1(c) están en el área cubierta de desastre, también tienen derecho al alivio. Además, todo el personal de auxilio afiliado a un gobierno reconocido u organización filantrópica que preste asistencia en las actividades de auxilio en la zona de desastre cubierta y toda persona que visite la zona de desastre cubierta que haya resultado muerta o herida como resultado del desastre tienen derecho a recibir el alivio.

Según la sección 7508A, el IRS da a los contribuyentes afectados hasta el 3 de febrero de 2025, para presentar la mayoría de las declaraciones de impuestos (incluyendo declaraciones de impuestos de personas físicas, sociedades anónimas, y herencias y fideicomisos; declaraciones de sociedades, declaraciones de sociedades anónimas S y declaraciones de fideicomiso; declaraciones de impuestos sobre caudal hereditario, regalos y declaraciones de transferencias que saltan generaciones; declaraciones de información anuales de organizaciones exentas de impuestos; y declaraciones de impuestos sobre el empleo y ciertos impuestos especiales), que tienen una fecha de vencimiento original o extendida que ocurre el 19 de mayo de 2024, y antes del 3 de febrero de 25, se les concede tiempo adicional para presentar hasta el 3 de febrero de 2025.

Los contribuyentes afectados que tengan un pago estimado del impuesto que vence originalmente el 19 de mayo de 2024 o después, se posponen hasta el 3 de febrero de 2025, no estarán sujetos a penalizaciones por incumplimiento en el pago de los pagos de impuestos estimados, siempre y cuando dichos pagos se paguen el 3 de febrero de 2025 o antes.

El IRS también da a los contribuyentes afectados hasta el 3 de febrero de 2025, para realizar otras acciones sensibles al tiempo descritas en la Regulación del Tesoro, Treas. Reg. § 301.7508A-1(c)(1) y Rev. 2018-58, 2018-50 IRB 990 (10 de diciembre de 2018), que deben de realizarse el 19 de mayo de 2024 o después y antes del 3 de febrero de 2025, se les concede tiempo adicional para presentar hasta el 3 de febrero de 2025.

Este alivio también incluye la presentación de declaraciones de la serie del Formulario 5500 que se requirieron para ser presentadas el 19 de mayo de 2024 o después, y antes del 3 de febrero de 2025, se posponen hasta el 3 de febrero de 2025, en la forma descrita en la sección 8 del Procedimiento de Ingresos Internos, Rev. Proc. 2018-2058. El alivio descrito en la sección 17 del Procedimiento de Ingresos Internos, Rev. Proc. 2018-58, relativo a los aportes en especie, también se aplica a ciertos contribuyentes que no son contribuyentes afectados de otra manera y pueden incluir actos que deben realizarse antes o después del período anterior.

A menos que un acto esté específicamente enumerado en el Procedimiento de Ingresos Internos, Rev. Proc. 2018-58, el aplazamiento del tiempo de presentación y pago no se aplica a las declaraciones de información en las series W-2, 1094, 1095, 1097, 1098 o 1099; a los formularios 1042-S, 3921, 3922 o 8027; o a los depósitos de empleo e impuestos especiales. Sin embargo, las penalizaciones sobre depósitos con vencimiento el 19 de mayo de 2024 y antes del 3 de febrero de 2025 se reducirán siempre que los depósitos fiscales se hayan realizado antes del 3 de febrero de 2025.

Pérdidas por siniestros

Los contribuyentes afectados en un área de desastre declarada por el gobierno federal tienen la opción de reclamar pérdidas por víctimas relacionadas con el desastre en su declaración de impuestos federales para el año en que ocurrió el evento, o el año anterior. En este caso, la declaración de 2024 (presentada normalmente el año próximo) o la declaración del año anterior (presentada este año la declaración de 2023). Los contribuyentes tienen tiempo adicional - hasta seis meses después de la fecha de vencimiento de la declaración federal de impuestos del contribuyente para el año del desastre (sin tener en cuenta ninguna extensión de tiempo para presentar) - para hacer la elección. Consulte la Publicación 547 para más detalles. Las personas físicas pueden deducir las pérdidas de bienes personales que no estén cubiertas por el seguro u otros reembolsos. Para más detalles, consulte el Formulario 4684, Bajas y robos (en inglés) PDF y sus instrucciones (en inglés) PDF. Los contribuyentes afectados que reclamen la pérdida del desastre en su declaración deben poner el número de declaración de desastre de FEMA, 4803-DR en cualquier devolución. Consulte la Publicación 547 para más detalles.

Otro alivio

El IRS exonerará de los cargos habituales y a las solicitudes de copias de declaraciones de impuestos previamente presentadas para los contribuyentes afectados. Los contribuyentes deben poner el número de declaración asignado de FEMA (4803-DR), en letras en negrita en la parte superior del Formulario 4506 PDF, Solicitud de Copia de la Declaración de Impuestos, o Formulario 4506-T, Solicitud de Transcripción de la Declaración de Impuestos PDF, según corresponda, y enviarlo al IRS.

Los pagos calificados por alivio en casos de desastre generalmente están excluidos de los ingresos brutos. Esto significa que los contribuyentes afectados pueden excluir de sus ingresos brutos las cantidades recibidas de una agencia gubernamental para gastos personales, familiares, de vida o funerarios razonables y necesarios, así como para la reparación o rehabilitación de su vivienda, o para la reparación o reemplazo de su contenido. Consulte la Publicación 525 (en inglés) para obtener más información.

Los contribuyentes afectados que participen en un plan de jubilación o en un acuerdo individual de jubilación (IRA, por sus siglas en inglés) pueden beneficiarse de un alivio tributario adicional. Por ejemplo, un contribuyente puede ser elegible para tomar una distribución especial en caso de desastre que no estaría sujeta al impuesto adicional de distribución anticipada del 10% y le permite al contribuyente distribuir los ingresos en tres años. Los contribuyentes también pueden ser elegibles para hacer un retiro por dificultades. Cada plan o IRA tiene reglas y directrices específicas que sus participantes deben seguir.

El IRS puede proporcionar alivio adicional en casos de desastre en el futuro.

Los contribuyentes afectados que son contactados por el IRS en un asunto de recaudación o revisión deben explicar cómo les afecta el desastre para que el IRS pueda brindar la consideración adecuada a su caso. Los contribuyentes pueden descargar formularios y publicaciones (en inglés) del sitio de internet oficial del IRS, IRS.gov.

Recordatorio sobre las opciones de preparación de declaración de impuestos