Preguntas frecuentes sobre la Asistencia de alquiler de emergencia | Internal Revenue Service

Preguntas frecuentes sobre la Asistencia de alquiler de emergencia

Sección 501, División N, de la Ley de Asignaciones Suplementarias de 2021, promulgada el 27 de diciembre de 2020, permite a los estados y subdivisiones políticas, territorios de EE.UU., tribus indígenas y el Departamento de Tierras de origen hawaianas ("entidad distribuidora") usar ciertos fondos asignados por el Departamento del Tesoro para brindar asistencia financiera a los hogares que requieren asistencia financiera para pagar el alquiler, los servicios públicos, los gastos de energía en el hogar y otros gastos relacionados. Sección 3201 de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021, promulgada el 11 de marzo de 2021, asigna fondos adicionales para los estados, subdivisiones políticas y territorios de los EE. UU. para brindar asistencia financiera a los hogares para pagar el alquiler, los servicios públicos, los gastos de energía del hogar y otros gastos relacionados. Los pagos en virtud de cualquiera de las disposiciones se denominan "Asistencia de emergencia para el alquiler" en las siguientes preguntas y respuestas.

R2: No. Los pagos de Asistencia de alquiler de emergencia, incluidos los pagos por servicios públicos o gastos de energía para el hogar, realizados a hogares elegibles no se consideran ingresos para los miembros del hogar.

R4: Sí. La Asistencia de alquiler de emergencia tiene como objetivo ayudar a los hogares elegibles que requieren asistencia financiera para pagar el alquiler, los servicios públicos, los gastos de energía del hogar y otros gastos relacionados, y los pagos están excluidos de los ingresos solo para esos hogares. Los pagos de alquiler que reciba, ya sea de su inquilino o de una entidad distribuidora en nombre de su inquilino a través de un programa de Asistencia de alquiler de emergencia, se incluyen en sus ingresos brutos.

R5: Sí. La Asistencia de alquiler de emergencia tiene como objetico ayudar a los hogares elegibles que requieren asistencia financiera para pagar el alquiler, los servicios públicos, los gastos de energía del hogar y otros gastos relacionados, y los pagos están excluidos de los ingresos solo para esos hogares. Los pagos de servicios públicos que recibe su empresa, ya sea de un cliente o de una entidad distribuidora en nombre del cliente a través de un programa de Asistencia de alquiler de emergencia, se incluyen en los ingresos brutos de su empresa.