Si no recibió el Pago de impacto económico completo, puede ser elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso. Vea el Crédito de recuperación de reembolso para obtener más información. Todos los Pagos de impacto económico se han enviado. Para encontrar la cantidad de pagos de impacto económico que se le emitieron, consulte su Cuenta en línea. Si no recibió ningún pago o recibió un monto menor que el total, puede calificar para el Crédito de recuperación de reembolso y debe presentar una declaración de impuestos para reclamar el crédito, incluso si normalmente no presenta una declaración de impuestos. P J1. ¿Tendré que proveer información sobre mi Pago de impacto económico para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso en mi declaración de impuestos de 2020? (actualizada el 22 de marzo de 2021) R1. Sí. Consulte el aviso que recibió sobre su primer Pago de impacto económico. Estos avisos se enviaron por correo a la última dirección conocida de cada destinatario dentro de los 15 días posteriores a la realización del primer pago. Si no recibió el primer pago o no recibió la cantidad máxima, puede ser elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 cuando presente su declaración de impuestos de 2020. P J2. ¿El pago está incluido en mi ingreso bruto ajustado? (actualizada el 22 de marzo de 2021) R2. No, el pago no está incluido en su ingreso bruto. Por lo tanto, no incluirá el pago en su declaración de impuestos federales ni pagará el impuesto sobre el ingreso en su pago. No reducirá su reembolso ni aumentará la cantidad que debe cuando presente su declaración de impuestos federales 2020. Un pago tampoco afectará sus ingresos para determinar la elegibilidad para programas de asistencia o beneficios del gobierno federal. P J3. Recibí un Pago de impacto económico. ¿Debo reembolsar todo o parte del pago si, en función de la información informada en mi declaración de impuestos de 2020, no califico para el monto que ya recibí? (actualizada el 22 de marzo de 2021) R3. No, no hay ninguna disposición en la ley que requiera que las personas que califican para un Pago basado en sus declaraciones de impuestos de 2018 o 2019 paguen todo o parte del pago, si se basan en la información reportada en sus declaraciones de impuestos de 2020, ya no califica para el pago o calificaría para una cantidad menor del pago. Por ejemplo, recibió $500 por su hijo que, según su declaración de impuestos de 2018 o 2019, cumplió con los requisitos de hijo calificado. Ese niño cumplió 17 años en 2020 y ya no cumple con los requisitos de hijo calificado. No tendrá que devolver los $500. O, por ejemplo, recibió $500 por su hijo a quien reclamó en su declaración de impuestos de 2018 o 2019. No reclama al niño en su declaración de impuestos de 2020 porque el otro padre del niño lo reclama. No tendrá que pagar los $500 incluso si el otro padre del niño reclama $500 por el mismo niño en su declaración de impuestos de 2020. Mantenga el Aviso 1444, Su pago de impacto económico, con sus registros de impuestos de 2020. El IRS le envió el Aviso 1444 a su última dirección conocida dentro de los 15 días posteriores a la realización del pago. Temas de Pago de impacto económico Tema A: Elegibilidad EIP Tema B: Solicitar mi primer Pago de impacto económico Tema C: Cálculo de mi primer Pago de impacto económico Tema D: Recibo del pago Tema E: Tarjetas EIP Tema F: Pago emitido pero perdido, robado, destruido o no recibido Tema G: Herramienta Non-Filers Tema H: Beneficiarios del Seguro Social, Jubilación Ferroviaria y Departamento de Asuntos de Veteranos Tema I: Devolver el Pago de impacto económico Tema J: Conciliar en su declaración de impuestos de 2020 Tema K: Información general