De qué se trata este aviso Si recibió un Aviso CP521, CP521 (SP) o CP621, el IRS le recuerda que tiene un pago de su plan de pagos a plazos pendiente. Envíe su pago inmediatamente. Consulte este aviso y gestione su preferencia de comunicación en línea Inicie sesión en su cuenta en línea para: Ver y descargar este aviso No utilizar papel para ciertos avisos Recibir notificaciones por correo electrónico para nuevos avisos Lo que usted tiene que hacer Lea su aviso cuidadosamente. Es un recordatorio para enviar su pago mensual. Pague a más tardar en la fecha de vencimiento. Visite la página de pagos para obtener más información sobre sus opciones de pago. Preguntas frecuentes ¿Qué me dice el aviso? Su pago mensual del plan de pagos a plazos vence con nosotros en una fecha específica. ¿Qué tengo que hacer? Pagar la cantidad indicada en el aviso. Envíenos su pago por correo en el sobre que le hemos enviado. Incluya la parte inferior del aviso para asegurar que acreditamos correctamente el pago a su cuenta. ¿Qué sucede si no pago? Si usted no nos envía su pago, los intereses y las multas que tendrá que pagar aumentarán y se podría cancelar su plan de pagos a plazos. ¿Con quién debo comunicarme? Si tiene preguntas sobre el aviso, llámenos al número en la parte superior del aviso. Un representante de servicio al cliente le asistirá. Herramientas de referencia Publicación 1 (SP), Derechos del Contribuyente Publicación 594 (sp), El Proceso de Cobro del IRS PDF Publicación 1660 (SP), Derechos para la Apelación de Cobros PDF Aviso 746, Información Sobre su Aviso, Multas e Intereses PDF Pago de impuestos Lista completa de formularios y publicaciones tributarios (en inglés) ¿Necesita ayuda? Puede autorizar a alguien para comunicarse con el IRS en su nombre. Vea si califica para recibir ayuda de una Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos. Si no puede encontrar lo que necesita en línea, llame al número del IRS que se indica en la parte superior de su carta o aviso. Si no recibió una carta o aviso, utilice la asistencia telefónica. Si no puede resolver la multa por su cuenta, comuníquese con el Servicio del Defensor del Contribuyente, una organización independiente dentro del IRS.