De qué se trata este aviso Hicimos cambio(s) para el año contributivo indicado en el aviso. Lo que debe hacer Leer el aviso con atención – el aviso explica los cambios que hicimos a su cuenta contributiva. Si está de acuerdo, haga su pago (si tiene saldo pendiente) para la fecha de vencimiento. Visite la página de pagos para conocer más acerca de las opciones de pago. Si no está de acuerdo, comuníquese con nosotros al teléfono libre de cargos en la esquina derecha superior del aviso. Corrija la copia de la planilla de contribuciones que usted guardó en sus récords. Tal vez usted quiera Descargar la información adicional (en inglés) relacionada con su cuenta contributiva. Preguntas frecuentes ¿El aviso dice "De acuerdo con la información que usted nos proporcionó, hemos cambiado su Formulario XXXX del año 20XX, para corregir su...", pero no recuerdo haber enviado ningún cambio al IRS. ¿Cómo averiguo qué información el IRS recibió que les llevó a hacer este cambio? Por favor comuníquese con nosotros al teléfono indicado en la esquina derecha superior del aviso, para conocer información específica referente con su planilla de contribuciones. ¿Qué digo cuando llame al IRS? Explique que recibió el aviso CP910 o CP 920 y necesita revisar su cuenta con un representante de servicio al cliente. Asegúrese de tener a la mano una copia del aviso y de la planilla de contribuciones antes de llamar. ¿Qué debo hacer si no estoy de acuerdo con los cambios que se hicieron? Si no está de acuerdo, por favor comuníquese con nosotros al teléfono libre de cargos indicado en la esquina derecha superior del aviso. ¿Qué pasa si no puedo pagar todo el saldo que adeudo? Averigüe si puede establecer un plan de pagos a través de la Solicitud en Línea para un Plan de Pagos. ¿Me cobrarán intereses sobre el saldo que adeudo? Si no paga el saldo que adeuda en su totalidad para la fecha indicada en su aviso, los intereses se acumularán sobre el saldo no pagado a partir de esa fecha. ¿Me cobrarán una multa si no puedo pagar la cantidad total? Sí. Si no paga el impuesto en su totalidad, se le cobra una multa por pagar tarde. Usted puede comunicarse con nosotros al teléfono indicado en su aviso si, debido a circunstancias fuera de su control, no puede pagar toda la cantidad indicada en su aviso en específico. Comuníquese con nosotros a más tardar para la fecha en que el pago vence, y dependiendo de su situación, tal vez podamos eliminar la multa. ¿Qué pasa si se me debe un reintegro, y no lo he recibido dentro de 2 a 3 semanas? Si usted no adeuda ninguna otra contribución, ni tiene otra deuda que nos vemos obligados a cobrarle, tal como manutención para hijos, y ha esperado su reintegro por 3 semanas, llámenos al teléfono libre de cargos indicado en la esquina derecha superior de su aviso. ¿Me darán información acerca del interés que debo declarar en mi próxima planilla de contribuciones? Si recibió $10 o más en intereses, usted recibirá del IRS el Formulario 1099-INT a más tardar el 31 de enero del próximo año. Por favor tome nota, que aunque la cantidad de intereses que recibió en el año sea menos de $10, deberá declarar la cantidad en su planilla de contribuciones. ¿Qué pasa si necesito corregir otro error en mi cuenta? Usted tendrá que presentar una planilla enmendada. ¿Qué pasa si me he comunicado varias veces con el IRS intentando obtener respuesta a mis preguntas, y no he podido conseguirlo? Llame al Defensor del Contribuyente al 877-777-4778, o si es usuario de TTY/TDD, llame al 800-829-4059. ¿Qué debo hacer si creo que he sido víctima del robo de identidad? Por favor comuníquese con nosotros al teléfono anotado en la esquina derecha superior del aviso. Consulte la página de página de recursos sobre el robo de identidad para más información. Consejos para el próximo año Opte por radicar las contribuciones electrónicamente en el futuro, si es que no radicó su planilla electrónicamente. La radicación electrónica le ayuda a evitar errores. Aprenda más acerca de la presentación electrónica (e-file). Herramientas de referencia Publicación 1 (SP), Derechos del Contribuyente Publicación 17 (SP), El Impuesto Federal sobre los Ingresos Lista completa de formularios y publicaciones tributarios (en inglés) ¿Necesita ayuda? Puede autorizar a alguien para comunicarse con el IRS en su nombre. Vea si califica para recibir ayuda de una Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos. Si no puede encontrar lo que necesita en línea, llame al número del IRS que se indica en la parte superior de su carta o aviso. Si no recibió una carta o aviso, utilice la asistencia telefónica. Si no puede resolver la multa por su cuenta, comuníquese con el Servicio del Defensor del Contribuyente, una organización independiente dentro del IRS.