La separación de la obligación puede eximirlo de tener que pagar la parte de su cónyuge de los impuestos subestimados de una declaración de impuestos conjunta si ya no están casados o no viven juntos. Los impuestos adicionales adeudados se dividen entre usted y su cónyuge en función de sus propios ingresos y activos. Usted se hace responsable solo de su parte de la factura de impuestos. La separación de la obligación no puede otorgarle un reembolso por los impuestos que ya pagó. Solo puede eximirlo del pago de impuestos adicionales adeudados por los ingresos y activos de su cónyuge. En esta página Usted puede ser elegible Qué hacer en caso de recibir un aviso Conocimiento de errores Excepción para víctimas de maltrato doméstico Cuándo solicitar el alivio Cómo solicitar el alivio Después de solicitar el alivio Apelación de una decisión Usted puede ser elegible Puede ser elegible para el alivio por separación de la obligación si: Ha presentado una declaración conjunta con su cónyuge Sus impuestos fueron subestimados debido a errores en su declaración No tenía conocimiento de los errores Ya no están casados ni viven juntos Ya no están casados ni viven juntos si alguna de estas situaciones es aplicable: Está legalmente separado, divorciado o viudo No han sido miembros del mismo hogar durante los 12 meses anteriores a la solicitud del alivio Cómo saber si son miembros del mismo hogar (en inglés). Las personas casadas que presentan declaraciones por separado en estados de propiedad comunitaria también pueden calificar para el alivio. Para obtener más información, consulte las leyes de propiedad comunitaria. No puede obtener alivio por separación de la obligación si: Tenía conocimiento de la subestimación de impuestos cuando firmó la declaración Usted y su cónyuge transfirieron activos para evadir impuestos o cometer fraude Puede que sea elegible para un alivio parcial si no tenía conocimiento de una parte de una partida en su declaración conjunta. Usted no es elegible para el alivio en cualquier año si: Ha firmado un ofrecimiento de transacción con el IRS Ha firmado un acuerdo de cierre con el IRS que cubre los mismos impuestos Un tribunal tomó una decisión final que le niega el alivio Ha participado en un procedimiento judicial relacionado y no ha solicitado el alivio Qué hacer en caso de recibir un aviso Si recibe un aviso de que adeuda impuestos por una declaración conjunta, siga las instrucciones de la carta sin demora. También puede enterarse de que adeuda impuestos adicionales por una auditoría. Solicite el alivio para el cónyuge inocente tan pronto como tenga conocimiento de los impuestos adeudados. Consulte cómo solicitar alivio por separación de la obligación. Conocimiento de errores No puede solicitar alivio de impuestos por impuestos subestimados si: Usted tenía conocimiento real de que los impuestos estaban subestimados Una persona razonable en circunstancias similares habría tenido conocimiento de que los impuestos estaban subestimados Ha evitado de forma deliberada tener conocimiento de una partida tributable en su declaración Los impuestos se adeudan sobre los bienes que posee en común con su cónyuge Usted tenía conocimiento real de que los impuestos estaban subestimados si: Tenía conocimiento de que su cónyuge recibía ingresos no declarados Tenía conocimiento de hechos que hacían que una deducción o crédito no fuera admisible Tenía conocimiento de que su cónyuge deducía gastos falsos o inflados Excepción para víctimas de maltrato doméstico Usted puede ser elegible para el alivio, incluso si usted sabía acerca de los errores si: Ha sido víctima de maltrato conyugal o violencia doméstica antes de firmar la declaración No cuestionó las partidas de la declaración por miedo Firmó la declaración conjunta porque lo presionaron o amenazaron Cuándo solicitar el alivio Debe solicitar el alivio por separación de la obligación dentro de los 2 años siguientes a la recepción de un aviso del IRS de una auditoría o de los impuestos adeudados debido a un error en su declaración. Cómo solicitar el alivio Para solicitar el alivio, presente el Formulario 8857, Solicitud para Alivio del Cónyuge Inocente. El Formulario 8857 cubre el alivio para el cónyuge inocente, la separación de la obligación y el alivio equitativo. No tiene que intentar averiguar qué tipo de alivio se adapta mejor a su situación. Tendremos en cuenta toda su información y aplicaremos el tipo de alivio, en su caso, para el que sea elegible. Obtenga más información sobre cómo solicitar el alivio equitativo (en inglés). Después de solicitar el alivio Revisaremos su solicitud y nos pondremos en contacto con su cónyuge o ex cónyuge (en inglés) para preguntarle si desea participar en el proceso. Podemos tardar hasta 6 meses o más en revisar su solicitud. Mientras espera, continúe presentando y pagando sus impuestos como de costumbre. Una vez finalizada nuestra revisión, enviaremos una carta de determinación con nuestra decisión. Apelar una decisión En general, ambos cónyuges tienen derecho a apelar una decisión de alivio del cónyuge. Debe apelar en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la carta de determinación. Obtenga más información sobre cómo apelar una decisión sobre el alivio del cónyuge. Relacionados Alivio para el cónyuge inocente Alivio para el cónyuge perjudicado Alivio equitativo Alivio tributario para cónyuges Recursos Instrucciones del Formulario 8857 (en inglés) Acerca de la Publicación 971, Alivio para el Cónyuge Inocente (en inglés)