Bancarrota Capítulo 7 – Liquidación según las normas de bancarrota

La liquidación según las normas del capítulo 7 es una clase común de la bancarrota. Se les ofrece a individuos que no pueden saldar sus deudas con pagos a intervalos mensuales regulares. Los negocios que eligen cerrar sus empresas también pueden optar por declarar la bancarrota según el capítulo 7. Las normas del capítulo 7 conceden alivio a los deudores, sin importar la cantidad que adeudan, o si el deudor se encuentra solvente o insolvente. Un fideicomisario del Capítulo 7 será nombrado para convertir los bienes del deudor en dinero en efectivo, para así repartirlo entre sus acreedores.

Para aprovechar plenamente las leyes de bancarrota, y poder empezar de nuevo, es importante que no siga incurriendo en deudas adicionales. Si la razón por la que se declara en bancarrota se debe completamente, o en parte, a una deuda morosa del impuesto federal, tal vez tendrá que aumentar la cantidad de los impuestos retenidos y/o los pagos del impuesto estimado. Si desea ayuda para determinar la cantidad correcta que debe serle retenida, visite nuestra El Estimador de Retención de Impuestos. Si desea ayuda con sus impuestos estimados, visite nuestra página sobre los Impuestos estimados.

A continuación, verá información básica acerca de la bancarrota del capítulo 7. Si desea información más detallada, en inglés, visite la página web de los Tribunales de los EE.UU., titulada Lo básico sobre la bancarrota (en inglés).

Reembolsos del impuesto federal durante la bancarrota

Usted puede recibir reembolsos de impuestos durante el período de bancarrota. Sin embargo, los reembolsos podrían estar sujetos a demora, la asignación a los acreedores, si el fideicomisario de bancarrota así solicite, o a ser aplicados a pagar sus deudas tributarias. Si usted cree que su reembolso fue demorado, o aplicado a su deuda tributaria, puede averiguar el estado del mismo con la herramienta Dónde está mi reembolso o al comunicarse con la Unidad Central de Operaciones de Insolvencia del IRS, al 800-973-0424. La unidad le atiende los lunes a viernes, desde las 7:00 a.m. a las 10:00 p.m. horario del este.

Cancelación

Al concluir su bancarrota según las normas del capítulo 7, recibirá una cancelación de la deuda. La cancelación le libera a usted (el deudor) de responsabilidad personal por ciertas deudas elegibles para la cancelación. Algunos impuestos podrían ser elegibles para la cancelación. La elegibilidad de la deuda para la cancelación depende de los hechos y circunstancias únicos de cada caso. Consulte con su abogado de bancarrota para determinar cuáles deudas tributarias están elegibles para la cancelación.

Preguntas generales sobre los impuestos

Note por favor: no podemos darle consejo legal ni de otra manera asesorarle sobre su caso de bancarrota. Si tiene preguntas acerca de cómo presentar o pagar sus impuestos federales, podrá encontrar respuestas en nuestra página web, y en la lista de temas relacionados a mano derecha de esta página . Si desea hablar con alguien del IRS, por favor llámenos: