Deducción de gastos de educador ayuda a maestros a reducir costos de salón de clases

Consejo tributario del IRS 2024-66SP, 5 de agosto de 2024

La deducción de gastos de educador permite a los maestros y administradores elegibles a deducir de sus impuestos parte del costo de la tecnología, los materiales y la capacitación. Pueden reclamar esta deducción solo por gastos que no fueron reembolsados por su empleador, una subvención u otras fuentes.

¿Quién es un educador elegible?

El contribuyente debe ser un maestro, instructor, consejero, director o asistente desde jardín de infantes hasta el grado 12. También deben trabajar al menos 900 horas por año escolar en una escuela que brinde educación primaria o secundaria según lo determina la ley estatal.

Qué debe saber acerca de esta deducción

Los educadores pueden deducir hasta $300 de gastos comerciales que no fueron reembolsados. Si dos educadores casados ​​presentan una declaración conjunta, el límite aumenta a $600. Estos contribuyentes no pueden deducir más de $300 cada uno.

Los gastos calificados son montos que el contribuyente pagó él mismo durante el año tributario.

Algunos de los gastos que un educador puede deducir:

  • Tarifas de cursos de desarrollo profesional
  • Libros y materiales
  • Equipos informáticos, incluidos software y servicios relacionados
  • Otros equipos y materiales usados en el salón de clases
  • Artículos de protección para COVID-19 para detener la propagación de la enfermedad en el salón de clases

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