Alivio Tributario disponible a víctimas de los incendios del 8 de noviembre en California

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CA-2018-13SP, 13 de noviembre de 2018

CALIFORNIA — Las víctimas de los incendios que comenzaron el 8 de noviembre en California podrían calificar para recibir alivio tributario del Servicio de Impuestos Internos (IRS).

El presidente ha declarado que existe una zona de desastre en el estado de California. Luego de la declaración de desastre para asistencia individual que emitió la Agencia del Manejo de Emergencias Federales (FEMA), el IRS anunció hoy que aquellos contribuyentes afectados, en ciertos condados podrían calificar para la ayuda tributaria.

Las personas que residen o tienen un negocio en los condados de Butte, Los Angeles y Ventura podrían calificar para alivio tributario. 

La declaración permite al IRS posponer ciertas fechas límite para los contribuyentes que residen o que tienen un negocio en la zona de desastre. Por ejemplo, ciertas fechas límite que caen en o después del 8 de noviembre de 2018 y antes del 30 de abril de 2019, reciben tiempo adicional para presentar la declaración, hasta el 30 de abril de 2019. Esto incluye declaraciones de impuestos individuales que normalmente se vencen el 15 de abril de 2019.   También incluye los pagos estimados trimestrales que deben entregarse el 15 de enero de 2019 y el 15 de abril de 2019, y el impuesto de nómina trimestral, así como las declaraciones de impuestos sobre ventas que regularmente se deben presentar el 31 de enero de 2019.  También incluye las organizaciones exentas de impuestos que operan a base de año calendario y que recibieron una extensión automática que vence el 15 de noviembre de 2018.

Además, cobros por multas sobre depósitos de impuestos de nómina y de ventas que se deben entregar el día 8 de noviembre o después pero antes del 23 de noviembre serán reducidos o eliminados siempre y cuando los depósitos se entreguen para el 23 de noviembre de 2018.

Si un contribuyente afectado recibe un aviso de multa por presentar tarde o hacer pagos tardíos al IRS, pero su fecha límite original o de una prórroga otorgada, cae dentro del periodo de aplazamiento, el contribuyente debe llamar al número telefónico en el aviso para que el IRS reduzca o elimine la multa.

El IRS automáticamente identifica a los contribuyentes ubicados en la zona de desastre cubierta por la declaración y aplica el alivio de presentación y de pagos, automáticamente. Sin embargo, contribuyentes afectados que residen o que tienen un negocio ubicado fuera de la zona cubierta por la declaración de desastre, deben llamar a la línea nacional de desastres del IRS al 866-562-5227 para solicitar el alivio si es aplicable.

Área cubierta por la declaración

El condado nombrado anteriormente constituye la zona de desastre cubierta para propósitos de las regulaciones del departamento del Tesoro §301.7508A-1(d)(2) y tiene derecho al alivio designado a continuación.

Contribuyentes afectados

Los contribuyentes que se consideran afectados y son elegibles para el aplazamiento de tiempo para presentar la declaración de impuestos, pagar impuestos y completar otros asuntos que requieren atención inmediata, son aquellos contribuyentes incluidos en las regulaciones del departamento del tesoro § 301.7508A-1(d)(1), e incluye a personas individuales que viven y que tienen negocio (incluso organizaciones de caridad exentas de impuestos) cuya localidad principal de operaciones está en la zona de desastres cubierta. Los contribuyentes que no se encuentran en la zona de desastres pero que tienen registros y archivos necesarios para satisfacer una fecha límite delineada en las regulaciones del departamento del tesoro § 301.7508A-1(c) que se encontraban en la zona de desastre también tienen derecho al alivio. Además, todas las personas que ayudaron en la zona de desastre por motivo de primeros auxilios, rescates y otras operaciones de ayuda por parte de organizaciones de filantropía, así como cualquier persona que visitó la zona de desastre y que falleció y/o resulto lastimado a raíz del desastre tiene derecho al alivio.

Concesión del Alivio

Bajo la sección 7508A, el IRS le da a los contribuyentes hasta el 30 de abril noviembre de 2019, para presentar la mayoría de las declaraciones tributarias (incluso declaraciones de personas individuales, corporaciones, y declaraciones de hacienda e ingresos por fideicomisos; declaraciones de asociaciones, declaraciones de corporaciones “S”, y declaraciones de hacienda, regalos, y transferencia por titular de beneficios tributarios; y empleo y ciertas declaraciones de impuestos de ventas y declaraciones anuales de información de organizaciones exentas de impuestos; así como por empleos y ciertas declaraciones de impuestos por ventas), que tienen ya sea una fecha límite original o con prórroga el día 8 de noviembre de 2018 y antes del 30 de abril de 2019.  

Los contribuyentes afectados que tienen un pago de impuestos estimado con fecha límite del día 8 de noviembre de 2018 o después y antes del 30 de abril de 2019, no serán sujetos a multas por fallar a pagar las instalaciones del impuesto estimado siempre y cuando tales pagos se hagan en día 30 de abril de 2019 o antes. El IRS también ofrece a contribuyentes afectados hasta el 30 de abril de 2019 a completar otros asuntos que requieren la mayor brevedad posible descritos en las regulaciones del departamento del Tesoro § 301.7508A-1(c)(1) y procedimientos de 2007-56, 2007-34 I.R.B. 388 (20 de agosto de 2007), que se deben completar el día 8 de noviembre de 2018 o después pero antes del 30 de abril de 2019.

Este alivio también incluye la presentación de declaraciones de la serie de formularios 5500, (que tenían que haberse presentado para el 8 de noviembre de 2018 y antes del 30 de abril de 2019, en la manera que se describió en la sección 8 le procedimiento del departamento. 2007-56. El alivio descrito en la sección 17 del procedimiento 2007-56, pertenece a intercambios de propiedad similar, también aplica a ciertos contribuyentes que, de otra manera, no serían afectados y podrían incluir diligencias que deben completarse antes o después del periodo delineado anteriormente.

A menos de que un asunto se describa específicamente en el procedimiento enumerado 2007-56, el aplazamiento de tiempo para presentar y pagar no aplica a declaraciones de información en el formulario W-2, 1094, 1095, 1097, 1098, o serie 1099; a los formularios 1042-S, 3921, 3922 o 8027; o a los depósitos de impuestos de empleo y de ventas. Sin embargo, las multas sobre depósitos que debieron entregarse el 8 de noviembre de 2018 y antes del 23 de noviembre de 2018, se reducirán o eliminarán siempre y cuando los depósitos tributarios se hayan hecho para el 23 de noviembre de 2018.

Pérdidas

Los contribuyentes afectados en una zona declarada desastre federal, tienen la opción de reclamar pérdidas por siniestro en su declaración de impuestos federal ya sea para el año entero en que sucedió el desastre o el año anterior. Vea la publicación 547 para más detalles.

Personas individuales pueden deducir pérdidas a su propiedad personal que no fueron cubiertas por el seguro u otros reembolsos. Para más detalles, vea el Formulario 4684, Robos y pérdidas PDF y las instrucciones PDF(en inglés).

Los contribuyentes afectados reclamando la pérdida de desastres en una declaración de impuestos del 2017 debe incluir la siguiente designación de desastres (en inglés): “California, Wildfires” en la parte superior del formulario para que el IRS pueda acelerar el procesamiento del reembolso.

Otro tipo de alivio

El IRS eliminará las tarifas usuales y acelerará los requisitos para copias de declaraciones de impuestos previamente presentadas para aquellos contribuyentes afectados. Los contribuyentes deben anotar con tinta roja en la parte superior del Formulario 4506 PDF Petición para recibir una copia de la declaración de impuestos o el Formulario 4506-T PDF, petición para una transcripción de la declaración de impuestos, con la siguiente frase (en inglés): “California, Wildfires” y presentarla al IRS.

Los contribuyentes afectados quienes reciban comunicación del IRS sobre un asunto de colección o auditoria deben explicar de qué manera les ha afectado el desastre para que el IRS le pueda proporcionar consideración apropiada para su caso. Los contribuyentes pueden descargar formularios o publicaciones del sitio oficial del IRS, irs.gov u ordenarlas llamando al 800-829-3676. La línea nacional del IRS para preguntas generales de impuestos es 800-829-1040.