Renuevan las Transferencias Exentas de Impuestos a Organizaciones Benéficas para Dueños de Cuentas IRA de 70½ Años o Más; Reinversiones Realizadas este Mes Aun Cuentan para 2014

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IR-2014-117SP, 23 de diciembre de 2014

WASHINGTON — Ciertos dueños de cuentas de arreglos individuales de retiro (IRA, por sus siglas en inglés) tienen un tiempo limitado para realizar transferencias exentas de impuestos a organizaciones benéficas elegibles y hacer que cuenten para el año contributivo  2014, dijo hoy el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés).

Los dueños de cuentas IRA, de 70½ años o más, tienen hasta el miércoles, 31 de diciembre para realizar una transferencia directa de una parte o de la totalidad de sus distribuciones de IRA a una organización benéfica elegible.

La Ley de Prevención de Aumento de Impuestos, promulgada el 19 de diciembre, extendió para 2014 la disposición que autoriza a estas distribuciones calificadas a organizaciones benéficas (QCD, por sus siglas en inglés). La disposición expiró a finales de 2013. Con esta renovación retroactiva, cualquier distribución elegible de IRA distribuida apropiadamente a una organización benéfica elegible durante 2014 cuenta como una QCD.

Como resultado, nuevamente los dueños envejecientes de cuentas IRA tienen una manera distinta de contribuir a organizaciones benéficas. Un dueño de IRA de 70½ años o más puede transferirle directamente, libre de impuestos, hasta $100,000 por año, a una organización benéfica elegible. Esta opción, disponible por primera vez en 2006, puede usarse para distribuciones de cuentas IRA, independientemente de si los dueños detallan sus deducciones.

Los planes de incentivos de ahorro para empleados en los que el empleador aporta cantidades y que incluyen planes SIMPLE IRA, y los planes de pensión simplificada para empleados (SEP, por sus siglas en inglés) no son elegibles.

Para cualificar, los fondos deben transferirse directamente por el fideicomisario de la IRA a la organización benéfica elegible. Las cantidades distribuidas podrían excluirse del ingreso del dueño de la IRA – lo que resultaría en un ingreso tributable menor para el dueño de la IRA. Sin embargo, si el dueño de la IRA excluye la distribución del ingreso, ninguna deducción, tal como una deducción de contribución a organizaciones benéficas, podría restarse para la cantidad distribuida.

No todas las a organizaciones benéficas son elegibles. Por ejemplo, fondos designados por los donantes y organizaciones de apoyo no son recipientes elegibles.

Las cantidades transferidas de una IRA a una organización benéfica se cuentan para determinar si el dueño ha cumplido con la distribución mínima requerida (RMD, por sus siglas en inglés) de la IRA.

Mientras que individuos han hecho contribuciones no deducibles a sus cuentas IRA tradicionales, una regla especial determina que las cantidades distribuidas a organizaciones benéficas provienen primeramente de fondos tributarios, en lugar de proporcionalmente de fondos tributarios y no tributarios, como sería el caso con distribuciones regulares.

Las QCDs se reportan en el Formulario 1040, Línea 15. La cantidad total del QCD se muestra en la Línea 15a. No incluya ninguna de estas cantidades en la Línea 15b sino escriba “QCD” en esa línea.