Algunas reglas tributarias afectan a cada persona que tiene que presentar una declaración de impuestos federal - estas reglas incluyen dependientes y exenciones. Aquí están seis hechos importantes que el IRS quiere que usted sepa sobre los dependientes y las exenciones que le ayudarán a presentar su declaración de impuestos del 2010. Las exenciones reducen sus impuestos tasables. Hay dos tipos de exenciones: exenciones personales y exenciones para los dependientes. Para cada exención usted puede deducir $3,650 en su declaración de impuestos del 2010. Su cónyuge nunca se considera su dependiente. En una declaración en conjunto, usted puede reclamar una exención para usted y una para su cónyuge. Si está presentando una declaración por separada, usted podría reclamar la exención de su cónyuge solamente si él o ella no tienen ingresos, no está presentando una declaración, y no es dependiente de otro contribuyente. Exenciones para dependientes. Usted puede tomar generalmente una exención por cada uno de sus dependientes. Un dependiente es su hijo calificado o un familiar calificado. Usted debe anotar el número de Seguro Social del dependiente por el cual usted reclama una exención. Aunque otra persona lo reclame como dependiente, probablemente, usted tendrá que presentar su propia declaración de impuestos. El que usted presente una declaración depende de varios factores incluyendo la cantidad de ingresos no ganados, ganados, su estado civil, otros impuestos especiales que usted deba y cualquier pago recibido por anticipado del crédito tributario por ingreso del trabajo (EITC). Si usted es un dependiente, no podrá reclamar una exención. Si alguien - por ejemplo su padre - lo reclama como dependiente, usted no puede reclamar su exención personal en su declaración de impuestos. Algunas personas no pueden ser reclamadas como sus dependientes. Generalmente, usted no puede reclamar como dependiente a una persona casada si esta presenta una declaración en conjunto. Para reclamar a alguien como dependiente, esta persona debe ser un ciudadano, extranjero residente de los E.E.U.U. nacional o residente de Canadá o de México por cierta parte del año. Hay una excepción a esta regla para ciertos niños adoptados. Vea la publicación 501 del IRS, Exenciones, Deducción Estándar, e Información de la Declaración para pruebas adicionales para determinar a quién se puede reclamar como dependiente. Para más información sobre exenciones, dependientes y si usted o sus dependientes necesitan presentar una declaración de impuestos, vea la publicación 501 del IRS. La publicación está disponible en http://www.irs.gov o puede ordenarla llamando al: 800-TAX-FORM (800-829-3676). Usted puede también utilizar El Asistente Tributario Interactivo (ITA) en http://www.irs.gov para determinar quién lo puede reclamar como dependiente y cuánto es la deducción por cada exención. La herramienta ITA es un recurso tributario en el sitio Web del IRS que lo lleva paso a paso con una serie de preguntas y provee las respuestas a las preguntas tributarias.