Informe cuentas bancarias y financieras extranjeras cada mes de abril

Aviso: Contenido Histórico


Este es un documento de archivo o histórico y puede no reflejar la ley, las políticas o los procedimientos actuales.

FS-2018-7SP, abril de 2018

En una economía global, muchas personas en los Estados Unidos tienen cuentas financieras extranjeras. La ley exige que los propietarios de cuentas financieras extranjeras informen sus cuentas al Departamento del Tesoro de los EE. UU., incluso si las cuentas no generan ningún ingreso tributable. Los propietarios de las cuentas deben informar las cuentas antes de la fecha de vencimiento de abril, siguiente al año calendario en que poseen una cuenta financiera extranjera.

El gobierno de los EE. UU. requiere que las personas presenten cuentas financieras extranjeras porque las instituciones financieras extranjeras pueden no estar sujetas a los mismos requisitos de información que las nacionales.

Quién debe informar

Desde 1970, la Ley de Secreto Bancario (BSA, por sus siglas en inglés) requiere que las personas de los EE. UU. que posean una cuenta bancaria, una cuenta de corretaje, un fondo mutuo, un fideicomiso u otra cuenta financiera extranjera, presenten un Informe de Cuentas Bancarias y Financieras Extranjeras (FBAR, por sus siglas en inglés) (en inglés) si tienen:

  1. Interés financiero en, autoridad de firma, u otra autoridad sobre una o más cuentas en un país extranjero, y
  2. Valor agregado de todas las cuentas financieras extranjeras supera los $10,000 en cualquier momento durante el año calendario.

Una persona de los EE. UU. es un ciudadano o residente de los Estados Unidos o cualquier entidad legal doméstica, como una sociedad, corporación, compañía de responsabilidad limitada, patrimonio o fideicomiso.

Un país extranjero incluye cualquier área fuera de los Estados Unidos o fuera de estos territorios y posesiones de los EE. UU.:

  • Islas Marianas del Norte,
  • Distrito de Columbia,
  • Samoa Americana,
  • Guam,
  • Puerto Rico,
  • Islas Vírgenes de los Estados Unidos,
  • Territorios en fideicomiso de las Islas del Pacífico y
  • Tierras indias, tal como se define en la Ley Reguladora de Juegos Indios (en inglés).

Cómo presentar el informe

Los que deben informar sus cuentas en el extranjero deben presentar el FBAR electrónicamente a través del Sistema de Presentación Electrónica de la BSA. El FBAR vence el 15 de abril. Si el 15 de abril cae sábado, domingo o feriado legal, el FBAR vence el siguiente día laborable. Los contribuyentes no presentan el FBAR con declaraciones de impuestos individuales, comerciales, fiduciarias o de patrimonio.

Cuentas de propiedad conjunta. Si dos personas mantienen conjuntamente una cuenta financiera extranjera o si varias personas poseen cada una un interés parcial en una cuenta, entonces cada persona tiene un interés financiero en esa cuenta. Cada persona debe informar el valor completo de la cuenta en un FBAR.

Cónyuges. Los cónyuges no necesitan presentar un FBAR por separado si completan y firman el Formulario 114a, Registro de Autorización para Presentar FBAR Electrónicamente (en inglés) PDF, y:

  1. Todas las cuentas financieras declarables son propiedad conjunta del cónyuge que presenta la declaración, y 
  2. El cónyuge que presenta, informa las cuentas de propiedad conjunta en un FBAR presentado a tiempo.

De lo contrario, ambos cónyuges deben presentar un FBAR por separado, y cada cónyuge debe informar el valor total de las cuentas de propiedad conjunta.

El sistema de presentación electrónica no permitirá las firmas de ambos cónyuges en el mismo formulario electrónico. Los cónyuges deben completar el Formulario 114a para designar cuál de los dos presentará el FBAR. El Formulario 114a no se envía con el FBAR, sino que debe guardarse junto con otros archivos financieros y de impuestos.

Niños. En general, un niño es responsable de presentar su propio FBAR. Si un niño no puede presentar su propio FBAR por algún motivo, como la edad, el padre o tutor del niño debe presentarlo. Si el niño no puede firmar su FBAR, un padre o tutor debe firmarlo.

Cuentas no reportadas en FBAR

Las personas no informan las cuentas individuales de retiro y los planes de retiro calificados que se describen en el Código de Impuestos Internos, Secciones 401(a), 403(a) o 403(b) en el FBAR. Las instrucciones del FBAR (en inglés) PDF enumera otras excepciones.

Cómo calcular el mayor valor de cuenta de las cuentas financieras extranjeras

Los que presentan el FBAR deben calcular e informar razonablemente el mayor valor de los activos monetarios o no monetarios en sus cuentas durante el año calendario. Pueden confiar en sus estados de cuenta periódicos si las declaraciones muestran razonablemente el mayor valor de la cuenta durante el año.

Los declarantes calculan el mayor valor en la moneda de la cuenta, luego convierten ese valor en dólares estadounidenses al usar la tasa de cambio del último día del año calendario (en inglés). Pueden usar otra tasa de cambio válida e informar la fuente de la tasa, si no hay una tasa disponible del Servicio de Administración Financiera del Tesoro. Por ejemplo, alguien normalmente valoraría una cuenta ubicada en Japón en yenes. Calcularían el mayor valor de la cuenta en yenes y luego lo convertirían en dólares estadounidenses.

La Guía de Referencia del FBAR del IRS (en inglés) PDF tiene otros ejemplos de cómo informar el valor de la cuenta. El sitio web de la Red de Cumplimiento de Delitos Financieros (FinCEN, por sus siglas en inglés) tiene pasos para informar el valor máximo de la cuenta (en inglés).

Comparación de los requisitos del Formulario 8938 y FBAR

Ciertos contribuyentes de los EE. UU. presentan el Formulario 8938, Declaración de activos financieros extranjeros especificados (en inglés) PDF, como parte de su declaración de impuestos, pero estas cuentas a menudo también se deben informar en el FBAR. A diferencia del FBAR, los contribuyentes presentan el Formulario 8938 con sus declaraciones de impuestos.

La presentación del Formulario 8938 (en inglés) PDF no exime a los contribuyentes del requisito por separado de presentar el FBAR. Dependiendo de la situación del contribuyente, es posible que deba presentar el Formulario 8938 o el FBAR o ambos formularios, y es posible que deba informar ciertas cuentas extranjeras en ambos formularios. Los contribuyentes pueden encontrar una comparación de los requisitos del Formulario 8938 y FBAR (en inglés) en IRS.gov.

Fecha de vencimiento extendida para presentar el FBAR

Aquellos que no cumplieron con la fecha de vencimiento del 15 de abril deben presentar antes del 15 de octubre, la fecha de vencimiento extendida automáticamente para el FBAR. No necesitan solicitar prórroga. Si no tienen toda su información para presentar antes de la fecha de vencimiento extendida, deben presentar la declaración más completa posible y modificar el informe cuando tengan más información.

Enmendar un FBAR

Aquellos que usaron el sistema de presentación electrónica de la BSA para presentar su FBAR original pero luego necesitaron cambiarlo, deben completar un nuevo FBAR y marcar la casilla de "Enmendar" en la Línea 1. Tendrán que ingresar su Identificador de Informe Previo del BSA. Los declarantes reciben este identificador por correo electrónico o mensaje seguro del Sistema de Presentación Electrónica de la BSA cuando presentan. Para aquellos que no conocen su identificador, deben ingresar 00000000000000 en el campo de Identificador de Informe Previo de la BSA.

Presentación tardía de FBAR

Si una persona se entera de que debería haber presentado un FBAR el año anterior, debe presentar electrónicamente el FBAR tardío tan pronto como sea posible. El Sistema de Presentación Electrónica de la BSA les permite ingresar al año calendario que están informando, incluidos los años anteriores. También les ofrece una opción para explicar el motivo de la presentación tardía o mostrar si es parte de un programa de cumplimiento del IRS.

Multas por no presentar un FBAR

Las personas que no presentan un FBAR cuando es necesario pueden estar sujetos a multas civiles y penales. La multa civil más grande por una violación voluntaria de los requisitos de FBAR es la mayor de $124,588 o el 50 por ciento del saldo en la cuenta en el momento de la violación. Las infracciones no voluntarias pueden resultar en una multa de hasta $12,459 por cada violación. Las infracciones criminales de las reglas de FBAR pueden resultar en una multa y/o cinco años de prisión. El gobierno ajusta las multas anualmente por inflación. La sección de multas de la Guía de Referencia del FBAR del IRS (en inglés) PDF del IRS contiene más detalles acerca de multas.

El IRS no penalizará a aquellas personas que reporten adecuadamente las cuentas financieras extranjeras en un FBAR de presentación tardía y el IRS considera que tienen motivos razonables para la presentación tardía.

Archivos

En general, las personas que presentan un FBAR deben mantener registros de las cuentas que necesitan informar durante cinco años a partir de la fecha de vencimiento del informe. Deben mantener el:

  • Nombre de cada cuenta,
  • Número de cuenta u otra designación,
  • Nombre y dirección del banco extranjero u otra persona que mantiene la cuenta,
  • Tipo de cuenta, y
  • Mayor valor de cada cuenta durante el período de informe.

También deben conservar copias de sus FBAR presentados. Sin embargo, los funcionarios o empleados que presentan un FBAR para informar el control sobre la cuenta financiera extranjera de un empleador no necesitan mantener personalmente los registros de las cuentas de sus empleadores.

Ayuda de FBAR

Para obtener ayuda para completar el FBAR, llame al 866-270-0733 (línea gratuita dentro de los EE. UU.) o al 313-234-6146 (línea no gratuita, para quienes llaman fuera de EE. UU.), de lunes a viernes de 8 a.m. a 4:30 p.m. Hora del Este. Los contribuyentes también pueden enviar preguntas por correo electrónico a FBARquestions@irs.gov.

Para obtener ayuda con la presentación electrónica, envíe sus preguntas por correo electrónico a BSAEFilingHelp@fincen.gov o llame a la Línea de Ayuda de Presentación Electrónica de la BSA al 866-346-9478. Está abierta de lunes a viernes de 8 a.m. a 6 p.m. Hora del Este.

Para respuestas a preguntas sobre las regulaciones de la BSA o para discutir alternativas aceptables a la presentación electrónica, comuníquese con la Línea de Ayuda Regulatoria de FinCEN al 800-949-2732. Las personas que llaman desde fuera de los Estados Unidos pueden comunicarse con la línea de ayuda al 703-905-3975.

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