Estas preguntas frecuentes se actualizaron en la Hoja de datos 2022-22SP PDF, el 25 de marzo de 2022. Si no recibió la tercera ronda del Pago de impacto económico, o no obtuvo el monto total, puede ser elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2021 y debe presentar una declaración de impuestos de 2021, incluso si no normalmente no presenta declaraciones de impuestos, para reclamarlo. Su Crédito de recuperación de reembolso de 2021 reducirá cualquier impuesto que deba para 2021 o se incluirá en su reembolso de impuestos. Si su ingreso es de $73,000 o menos, puede presentar su declaración federal de impuestos electrónicamente de forma gratuita a través del Programa Free File del IRS. La manera más rápida y segura de obtener su reembolso de impuestos es presentar su declaración electrónicamente y depositarla directamente, sin contacto y de forma gratuita, en su cuenta financiera. Puede hacer que su reembolso se deposite directamente en su cuenta bancaria, tarjeta de débito prepagada o aplicación móvil, y deberá proporcionar números de ruta y de cuenta. Si no recibió los montos completos del primer y segundo Pago de impacto económico, puede ser elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 y debe presentar una declaración de impuestos de 2020, incluso si normalmente o presenta impuestos, para reclamarlo. NO incluya ninguna información sobre el primer y segundo Pago de impacto económico o el Crédito de recuperación de reembolso de 2020 en su declaración de 2021. ¿Qué puedo hacer si otra persona me reclamó como dependiente en 2020 y no recibí la tercera ronda del Pago de impacto económico? (actualizada el 25 de marzo de 2022) Si usted fue reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de otra persona para 2020, no fue elegible para la tercera ronda del Pago de impacto económico. Si nadie puede reclamarlo como dependiente para 2021 y usted es elegible, puede reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2021 y debe presentar una declaración de impuestos de 2021 para reclamar el crédito. ¿Quién fue elegible para la tercera ronda del Pago de impacto económico? (actualizada el 25 de marzo de 2022) Por lo general, si era ciudadano estadounidense o extranjero residente en los EE. UU. durante 2021es elegible para recibir $1,400 ($2,800 para parejas casadas), más $1,400 por cada dependiente calificado, si usted (y su cónyuge presentan una declaración conjunta) y no era dependiente de otro contribuyente en una declaración de impuestos de 2020, tiene un número de Seguro social (SSN, por sus siglas en inglés) válido (vea las preguntas sobre la excepción para personas casadas que presentan una declaración conjunta y la excepción para dependientes calificados) y su ingreso bruto ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) no se excedió: $150,000 si está casado y presenta una declaración conjunta o si se presenta como viudo/a calificado/a; $112,500 si presenta como jefe de familia o $75,000 para personas elegibles que usen cualquier otro estado civil tributario, como declarantes solteros y personas casadas que presentan declaraciones separadas. Los pagos fueron eliminados o reducidos gradualmente por encima de esos montos de AGI. Esto significa que los contribuyentes no recibieron un tercer pago si su AGI excedió: $160,000 si está casado y presenta una declaración conjunta o si se presenta como viudo/a calificado/a; $120,000 si presenta como jefe de familia o $80,000 para personas elegibles que usen cualquier otro estado civil tributario, como declarantes solteros y personas casadas que presentan declaraciones separadas. No fue elegible para un pago si se aplican alguna de las siguientes condiciones: Podría ser reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de 2020 de otro contribuyente Era un extranjero no residente. No tenía un SSN válido emitido para la fecha límite de su declaración de impuestos (incluida una extensión hasta el 15 de octubre si lo solicitó). Además, no se realizaron pagos a bienes patrimoniales o fideicomisos ni a personas que fallecieron antes del 1ro de enero de 2021. ¿Las personas fallecidas son elegibles para el tercer pago? (actualizada el 25 de marzo de 2022) Una persona que falleció antes del 1ro de enero de 2021, no es elegible para recibir una tercera ronda del Pago de impacto económico. Si presentó una declaración conjunta de 2020 y su cónyuge falleció antes del 1ro de enero de 2021, no incluimos al difunto cónyuge en el cálculo del tercer pago. Si usted es el cónyuge sobreviviente y fue elegible para el tercer pago, le emitiremos hasta $1,400 para usted y $1,400 para cualquier dependiente que califique. Si no puede cobrar o depositar el pago conjunto porque se le emitió a usted y a un cónyuge que falleció en el 2021: Devuelva el cheque como se describe en ¿Qué debo hacer para devolver un Pago de impacto económico que se recibió como depósito directo o cheque en papel? Presente una declaración de impuestos de 2021 para reclamar el Crédito de recuperación de reembolsos, si elegible. Si no puede cobrar o depositar el pago en nombre de cualquier otra persona que falleció en el 2021: Devuelva el cheque como se describe en ¿Qué debo hacer para devolver un Pago de impacto económico que se recibió como depósito directo o cheque en papel? y Presente una declaración de 2021 para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso de 2021, si es elegible, e incluya uno de los siguientes: Si usted no es un abogado nombrado por la corte – Un Formulario 1310, Declaración de la persona que reclama un reembolso adeudado a un contribuyente fallecido (en inglés) Si usted es un abogado nombrado por la corte – Un certificado de la corte que muestra su nombramiento ¿Califiqué para el tercer pago si soy un extranjero residente? (actualizada el 25 de marzo de 2022) Una persona que es un extranjero residente calificado con un número de Seguro Social válido fue elegible para el pago sólo si es un extranjero residente calificado en el 2021 y no es reclamado como dependiente de otro contribuyente. Un extranjero no residente en el 2021 no fue elegible para el pago. Un extranjero que recibió un pago, pero no era un extranjero residente calificado para 2021 debe devolver el pago al IRS siguiendo las instrucciones que se describen en las preguntas y respuestas sobre la Devolución del tercer Pago de impacto económico. ¿Una persona encarcelada fue elegible para el tercer pago? (actualizada el 25 de marzo de 2022) A las personas no se les negaron los Pagos de impacto económico únicamente porque estaban encarceladas. Es posible que se haya emitido un pago a una persona encarcelada si cumplieron todos los requisitos de elegibilidad y la persona presentó una declaración de impuestos de 2020 o 2019 y esta fue procesada por el IRS. Si presenté una declaración como casado que presenta una declaración conjunta en 2020, ¿tanto mi cónyuge como yo necesitamos tener un SSN válido para recibir un pago? (actualizada el 25 de marzo de 2022) Si presenta la declaración junto con su cónyuge y sólo una persona tuvo un número de Seguro Social (SSN) válido, por lo general usted fue elegible para recibir pagos de hasta $1,400 y $1,400 por cada dependiente calificado reclamado en la declaración de impuestos. Si ninguno de los dos cónyuges tiene un SSN válido, por lo general fue elegible sólo para recibir hasta $1,400 por cada dependiente calificado reclamado en la declaración de impuestos. Un SSN válido para la tercera ronda del Pago de impacto económico es un número que emite la Administración del Seguro Social en o antes de la fecha límite de su declaración de impuestos (incluida una extensión hasta el 15 de octubre si lo solicita). Miembro militar activo: Si alguno de los cónyuges era miembro activo de las Fuerzas Armadas de los EE. UU. en cualquier momento durante el año tributario, sólo uno de los cónyuges debió tener un SSN válido para que la pareja reciba hasta $2,800, más $1,400 por cada dependiente calificado. ¿Quién se considera un dependiente calificado para la tercera ronda del Pago de impacto económico? (actualizada el 25 de marzo de 2022) Si pudo ser reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de 2020 de otra persona, entonces usted no puede reclamar una exención en su propia declaración de impuestos. Tampoco fue elegible para la tercera ronda del Pago de impacto económico. El tercer pago incluyó hasta $1,400 adicionales por cada dependiente que reclamó en su declaración de impuestos de 2020 (o su declaración de 2019 si no se ha presentado o procesado una declaración de 2020) con un número de seguro social (SSN) válido o un número de identificación de contribuyente en proceso de adopción emitido por el IRS. Un SSN válido para el tercer Pago de impacto económico es uno que emite la Administración del Seguro Social en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración de impuestos (incluida una extensión hasta el 15 de octubre si lo solicita). Una persona fue su dependiente si era su hijo o un pariente calificado. Un hijo era su hijo calificado si se cumplían las siguientes condiciones: Parentesco con la persona que es elegible para el pago: El hijo es su hijo, hija, hijastro, hijo adoptivo elegible, hermano, hermana, hermanastro, hermanastra, medio hermano, media hermana o un descendiente de cualquiera de ellos (por ejemplo, nieto, sobrina o sobrino). Edad del hijo: el hijo tenía: menos de 19 años a finales del año tributario, o menos de 24 años a finales del año tributario, estudiante y menor que usted, o cualquier edad y con discapacidad total y permanente. Ciudadanía del hijo: el hijo es ciudadano estadounidense, nacional de EE. UU. o extranjero residente de los Estados Unidos. Residencia del hijo: el hijo vivió con usted durante más de la mitad de 2019. Manutención para el hijo: el hijo no proporcionó más de la mitad de su propia manutención en 2019. Declaración de impuestos del hijo: el hijo no presenta una declaración conjunta del año (o la presenta sólo para reclamar un reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o del impuesto estimado pagado). Una persona era su pariente calificado si se cumplían las siguientes condiciones: La persona no puede ser su hijo ni ser el hijo calificado de ningún otro contribuyente. La persona está relacionada con usted de varias maneras o vivió con usted todo el año como miembro de su hogar (y su relación no debe violar las leyes locales). La persona es un ciudadano de los EE. UU., un extranjero residente de los EE. UU. o un residente de Canadá o México. El ingreso bruto de la persona para el año debe ser inferior a $4,200 para las declaraciones de impuestos de 2019 o $4,300 para las declaraciones de impuestos de 2020. (Existen excepciones si la persona está discapacitada). Debe proporcionar más de la mitad de la manutención total de la persona durante el año. (Existen excepciones para acuerdos de manutención múltiple, hijos de padres divorciados o padres que viven separados). La persona no presenta una declaración conjunta para el año (o la presenta sólo para reclamar un reembolso del impuesto sobre los ingresos retenidos o del impuesto estimado pagado). Si reclama el Crédito de recuperación de reembolso vea ¿Quién es elegible para reclamar el crédito? ¿Recibí la tercera ronda del Pago de impacto económico para un niño que agregué a mi familia en 2021, ya sea a través del nacimiento, la adopción o la colocación en mi cuidado de crianza? (actualizada el 25 de marzo de 2022) No, la tercera ronda del Pago de impacto económico en 2021 no incluyó una cantidad para niños agregados a su familia porque la tercera ronda de los Pagos de impacto económico se basaron en información de su declaración de impuestos de 2020 o 2019. Importante: Si su nuevo hijo es su dependiente en 2021, puede reclamar un Crédito de recuperación de reembolso de 2021 para el hijo si todos los requisitos de elegibilidad se han cumplido. Además, si todos los requisitos de elegibilidad están satisfechos, puede reclamar en su declaración de impuestos de 2021 un Crédito tributario por hijos de hasta $3,600 para un nuevo hijo o un Crédito para otros dependientes de hasta $500 para los dependientes que no son hijos calificados para el Crédito tributario por hijos. Para reclamar a una persona como dependiente en su declaración de impuestos de 2021, esa persona debe ser su hijo o pariente calificado. Vea ¿A quién puedo reclamar como dependiente? (en inglés) para determinar si puede reclamar a alguien como dependiente. Si una persona se convirtió en mi dependiente en 2021, ¿recibí la tercera ronda del Pago de impacto económico para él como dependiente calificado? (actualizada el 25 de marzo de 2022) No, el pago no incluyó un monto adicional para este dependiente porque la tercera ronda de los Pagos de impacto económico se basaron únicamente en la información de su declaración de impuestos de 2020 o 2019. Importante: Puede reclamar un Crédito de recuperación de reembolso de 2021 para el dependiente en su declaración de impuestos de 2021 si todos los requisitos de elegibilidad están satisfechos, puede reclamar en su declaración de impuestos de 2021 un Crédito tributario por hijos de hasta $3,600 para un nuevo hijo o un Crédito para otros dependientes de hasta $500 para los dependientes que no son hijos calificados para el Crédito tributario por hijos. Para reclamar a una persona como dependiente en su declaración de impuestos 2021, esa persona debe ser su hijo calificado o pariente calificado. Vea la página ¿A quién puedo reclamar como dependiente? (en inglés) para determinar si puede reclamar a alguien como dependiente. Si vivo en Puerto Rico, las Islas Vírgenes de EE. UU., Samoa Americana, Guam o el Estado Libre Asociado de las Islas Marianas del Norte, ¿fui elegible? (actualizada el 25 de marzo de 2022) En muchos casos, la respuesta es sí. Pero se aplicaron reglas especiales en la ley a estos cinco territorios de EE. UU. En general, las autoridades tributarias de cada territorio de EE. UU. realizaron pagos a los residentes elegibles. Si es residente de uno de estos territorios de EE. UU. y tiene preguntas sobre un pago, debe comunicarse con la autoridad tributaria local. Residente de un territorio de EE. UU. Si recibió un pago del IRS y una agencia tributaria del territorio de EE. UU. y es residente de un territorio de EE. UU. para el año tributario 2021, por favor consulte con la agencia tributaria de su territorio de EE. UU. Con respecto a la información sobre un pago incorrecto o duplicado. No es residente de un territorio de EE. UU. Si recibió un pago de más de una jurisdicción y NO es residente de un territorio de EE. UU. para el año tributario 2021, debe devolver cualquier pago incorrecto o duplicado recibido del IRS siguiendo las instrucciones sobre reembolsos. Vaya al Tema I: Devolución del tercer Pago de impacto económico para obtener instrucciones. No se comunique con el territorio para solicitar un pago emitido por el IRS. Soy ciudadano o residente de uno de los Estados libremente asociados (Estados Federados de Micronesia, República de las Islas Marshall y República de Palau). ¿Fui elegible para recibir un pago? (actualizada el 25 de marzo de 2022) El estado de ciudadanía o de residencia en los Estados libremente asociados, por sí solo, no le dió derecho a un pago. Sin embargo, si es residente de un territorio de EE. UU. para el año tributario 2021 a efectos del impuesto sobre el ingreso del territorio de EE. UU., usted pudo haber sido elegible para un pago de la agencia tributaria del territorio de EE. UU. Para determinar si es elegible para un pago, consulte con la agencia tributaria de su territorio de EE. UU. Alternativamente, si no es residente de un territorio de EE. UU. para el año tributario 2021, pero es ciudadano de EE. UU. o residente de EE. UU. a efectos del impuesto federal sobre el ingreso, puede ser elegible para un pago del IRS. Residente de un territorio de EE. UU.: No debe recibir un pago del IRS ni de una agencia tributaria del territorio de EE. UU. Si recibió un pago de más de una jurisdicción y es residente de un territorio de EE. UU. durante el año tributario 2021, consulte con la agencia tributaria de su territorio de EE. UU. para obtener información sobre los pagos recibidos, incluido cualquier pago incorrecto o duplicado. No es residente de un territorio de EE. UU.: Si ha recibido un pago de más de una jurisdicción y NO es residente de un territorio de EE. UU. para el año tributario 2021, debe devolver cualquier pago incorrecto o duplicado recibido del IRS siguiendo las instrucciones sobre reembolsos. Vaya al Tema I: Devolución del tercer Pago de impacto económico para obtener instrucciones. No se comunique con el territorio para solicitar un pago emitido por el IRS. Temas del tercer Pago de impacto económico Tema A: Información general Tema B: Elegibilidad y cálculo del tercer pago Tema C: Pagos adicionales Tema D: Tarjetas EIP Tema E: Solicitar mi pago Tema F: Destinatarios de beneficios del Seguro Social, Jubilación Ferroviaria y del Departamento de Asuntos de los Veteranos Tema G: Recibir mi pago Tema H: Ajustar su declaración de impuestos de 2021 Tema I: Devolución de la tercera ronda del Pago de impacto económico Tema J: Pago emitido pero perdido, robado, destruido o no recibido