FS-2020-6SP, mayo de 2020 La Ley Familias Primero en Respuesta al Coronavirus proporciona créditos tributarios (en inglés) para reembolsar a los empleadores los costos de proporcionar licencia por enfermedad, familiar y médica pagada a los empleados que no pueden trabajar debido al coronavirus (COVID-19). Estos créditos son reembolsables. Esto significa que, si el monto del crédito excede el monto del impuesto adeudado, el resto se reembolsa a la empresa u organización. La ley está destinada a permitir a los empleadores mantener a los empleados en sus nóminas, al mismo tiempo que se aseguran de que los empleados no se ven obligados a elegir entre sus cheques de pago y las medidas de salud pública necesarias para combatir COVID-19. Estos créditos están disponibles para los empleadores elegibles a partir del 1ro de abril de 2020, para la licencia calificada que proporciona entre el 1ro de abril de 2020 y el 31 de diciembre de 2020. Empleadores elegibles Los empleadores elegibles son empresas y organizaciones exentas de impuestos con menos de 500 empleados a tiempo completo y a tiempo parcial dentro de los Estados Unidos o cualquier territorio o posesión de los Estados Unidos y que tienen que cumplir con los requisitos de licencia pagada del empleador (en inglés). Las preguntas y respuestas (en inglés) y regulaciones emitidas por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos tienen más información acerca del umbral de 500 empleados y los requisitos de licencia pagada. La ley permite créditos equivalentes para los trabajadores por cuenta propia en circunstancias similares. Para obtener más información, consulte las disposiciones específicas relacionadas con los trabajadores por cuenta propia en las preguntas frecuentes acerca de los créditos tributarios relacionados con COVID-19 para licencias pagadas requeridas proporcionadas por pequeñas y medianas empresas (en inglés). Requisito de licencia por enfermedad pagada y crédito Los empleados de empleadores elegibles que no pueden trabajar o teletrabajar porque están en cuarentena o experimentan síntomas de COVID-19 y buscan un diagnóstico médico pueden recibir hasta 80 horas de licencia por enfermedad pagada. Este salario es a su tasa regular de pago o, si es mayor, el salario mínimo aplicable, hasta $511 por día y $5,110 en total. Los empleados pueden recibir hasta 80 horas de licencia por enfermedad pagada a dos tercios (⅔) de su salario regular o, si es mayor, el salario mínimo aplicable, hasta $200 por día y $2,000 en total. Los empleados pueden recibir este beneficio si necesitan cuidar de: una persona sujeta a cuarentena, un niño cuya escuela o lugar de cuidado está cerrado, o un niño cuyo proveedor de cuidado infantil no está disponible, debido a COVID-19 o porque experimentan condiciones sustancialmente similares a las especificadas por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos. Un empleado es elegible para licencia por enfermedad pagada, independientemente de la duración del empleo. El empleador elegible tiene derecho a un crédito tributario totalmente reembolsable igual a los salarios requeridos de licencia por enfermedad pagada. Los empleadores elegibles también pueden obtener un crédito adicional por la parte del impuesto de Medicare del empleador sobre los salarios calificados de licencia por enfermedad y el costo de mantener la cobertura de seguro de salud para el empleado durante el período de licencia por enfermedad. El empleador no está sujeto a la porción del impuesto de Seguro Social del empleador sobre esos salarios. Requisito de licencia por enfermedad y familiar pagada y crédito Además del crédito de licencia por enfermedad pagada, un empleado que no puede trabajar o teletrabajar debido a la necesidad de cuidar a un niño cuya escuela o lugar de cuidado está cerrado o cuyo proveedor de cuidado infantil no está disponible debido a COVID-19, tiene derecho a licencia por familiar y enfermedad pagadas iguales a dos tercios (⅔) del salario regular del empleado, hasta $200 por día y $10,000 en total. Se pueden contar hasta 10 semanas de licencia calificada para el crédito de licencia familiar pagada. Un empleado califica para la licencia por enfermedad y familiar pagada si ha estado en la nómina de un empleador durante 30 días calendario o más. El empleador elegible tiene derecho a un crédito tributario totalmente reembolsable igual a los salarios por licencia familiar pagados requeridos. Los empleadores elegibles también pueden obtener un crédito adicional por la porción del impuesto de Medicare del empleador sobre esos salarios y su costo de mantener la cobertura de seguro de salud para el empleado durante el período por licencia familiar. El empleador elegible no está sujeto a la porción del impuesto de Seguro Social del empleador sobre esos salarios. Ejemplo. El proveedor de cuidado infantil de un empleado no está disponible indefinidamente debido a la epidemia de COVID-19, lo que deja al empleado incapaz de trabajar o teletrabajar debido a la necesidad de cuidar a su hijo. Por hasta las primeras 80 horas de cualquier período de licencia para cuidar a su hijo, el empleado tiene derecho a salarios calificados de licencia por enfermedad, hasta $200 por día y $2,000 en total. Después de eso, el empleado tiene derecho a salarios de licencia familiar calificados por hasta 10 semanas de licencia adicional necesaria, hasta $200 por día y $10,000 en total. Cómo reclamar los créditos Los empleadores elegibles reportan el total de sus salarios calificados por licencia y los créditos relacionados para cada trimestre en su declaración de impuestos federales sobre la nómina, generalmente el Formulario 941, Declaración de impuestos federales trimestrales del empleador (en inglés). Pueden recibir el beneficio de los créditos al reducir sus depósitos de impuestos federales sobre el empleo para ese trimestre por el monto de los salarios calificados por licencia, los gastos calificados del plan de salud y la porción de impuesto de Medicare del empleador por los salarios. Ellos tendrán en cuenta la reducción en los depósitos debido a los créditos por licencia en el Formulario 941 que presentan al final del trimestre. El IRS recientemente publicó preguntas frecuentes acerca de la capacidad tanto de reducir los depósitos para los créditos como para diferir el depósito de toda la parte del impuesto de seguro social del empleador adeudado antes del 1ro de enero de 2021 bajo una disposición separada en la Ley de asistencia, alivio y seguridad económica debido al coronavirus (CARES). Si los empleadores no tienen suficientes impuestos federales sobre la nómina para cubrir el monto de los créditos, después de haber diferido los depósitos de los impuestos del Seguro Social del empleador bajo la Ley CARES como se menciona en las preguntas frecuentes, pueden solicitar un pago anticipado de los créditos del IRS a través del Formulario 7200 (SP), Anticipo de Pago de Créditos del Empleador Debido al COVID-19. Pueden enviar por fax sus formularios completos al 855-248-0552. Ejemplos Un empleador elegible tiene derecho a un crédito de $5,000 por pagar salarios calificados por licencia por enfermedad y salarios de licencia familiar calificados, incluidos gastos del plan de salud asignables y de lo contrario está obligado a depositar $8,000 en impuestos federales sobre la nómina retenidos de todos sus empleados por pagos de salarios realizados durante el mismo trimestre que los $5,000 en salarios calificados por licencia. El empleador puede mantener hasta $5,000 de los $8,000 de impuestos que iba a depositar, y no adeudará una multa (en inglés) PDF por mantener los $5,000. El empleador elegible reclamará el crédito y reflejará la responsabilidad reducida por los $5,000 cuando presenta el Formulario 941. Un empleador elegible tiene derecho a un crédito de $10,000 por pagar salarios calificados por licencia, incluidos los gastos calificados del plan de salud asignables y de lo contrario está obligado a depositar $8,000 en impuestos federales sobre la nómina retenidos de todos sus empleados en pagos de salarios realizados durante el mismo trimestre. El empleador puede mantener la totalidad de $8,000 de impuestos que se le requería a depositar sin multas como una porción de los créditos que de otra manera tiene derecho a reclamar en el Formulario 941. El empleador puede solicitar un anticipo de pago de crédito por los $2,000 restantes al presentar el Formulario 7200 (SP). Mantener archivos para justificar reclamos Los empleadores elegibles que reclaman los créditos deben mantener archivos y documentación que respalde la licencia de cada empleado. Las preguntas frecuentes acerca de los créditos tributarios relacionados con COVID-19 para licencias pagadas requeridas proporcionadas por pequeñas y medianas empresas (en inglés) tienen más información acerca de los documentos necesarios para justificar la licencia del empleado y el crédito del empleador. Un empleador debe mantener todos los archivos de impuestos sobre la nómina durante al menos cuatro años. Las preguntas y respuestas (en inglés) emitidas por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos tienen más información acerca de los requisitos de licencia. Más información: Alivio tributario por coronavirus IR-2020-57SP, Tesoro, IRS y Departamento del Trabajo anuncian plan para implementar licencias relacionadas con el COVID-19 para los trabajadores y créditos para pequeñas y medianas empresas para recuperar rápidamente costo de proporcionar licencias relacionadas con virus