Nuevos créditos benefician a empleadores que proveen licencia familiar y médica pagada

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Consejo de Tributario del IRS 2018-149SP, 25 de septiembre de 2018

Los empleadores elegibles que proporcionan a sus empleados licencia familiar y médica pagada durante los años tributarios 2018 y 2019 podrían calificar para un nuevo crédito tributario para negocios.

Este nuevo crédito de empleador para la licencia familiar y médica es parte de la legislación de reforma tributaria aprobada en diciembre de 2017.  A continuación, se muestran algunos datos acerca del crédito para ayudar a los empleadores a descubrir si es posible que puedan reclamarlo.

Para ser elegible, un empleador debe:

  • Tener una política escrita que cumpla con varios requisitos, tal como se detalla en el Aviso 2018-71 PDF (en inglés). Proveer:
    • Por lo menos dos semanas de licencia familiar y médica pagada a empleados a tiempo completo.
    • Una cantidad prorrateada de la licencia pagada a empleados a tiempo parcial.
  • Proporcione la paga para la licencia que es por lo menos 50 por ciento de los salarios pagados normalmente a ese empleado.

El crédito aplica a estas fechas:

  • Está disponible para los salarios pagados en los años tributables que comienzan después del 31 de diciembre de 2017, y antes del 1 de enero de 2020.

La cantidad del crédito:

  • El crédito es generalmente igual a 12.5 a 25 por ciento de la licencia familiar y médica pagada para los empleados que califiquen.

Este es el tipo de licencia que califica:

  • La licencia puede ser por cualquiera o todas las razones especificadas en la Ley de Licencia Familiar y Médica:
    • Nacimiento del hijo de un empleado.
    • Cuidado del niño.
    • Colocación de un niño con el empleado para adopción o cuidado de crianza.
    • Para cuidar al cónyuge, hijo o padre de un empleado que tenga una condición de salud grave.
    • Una condición de salud grave que hace que el empleado no pueda desempeñar las funciones de su posición.
    • Cualquier exigencia que califique debido al cónyuge, hijo o padre de un empleado que este en servicio activo cubierto – o que haya sido notificado de una llamada inminente u orden para cubrir el servicio activo – en las fuerzas armadas.
    • Para cuidar a un miembro del servicio que es cónyuge del empleado, hijo, padre o pariente más cercano.
  • Sin embargo, la licencia pagada por un estado o gobierno local, o que se requiere que sea proporcionada por la ley estatal o local, no cuenta hacia el 50 por ciento.

Algunos empleadores son elegibles para reclamar el crédito retroactivamente al comienzo de su año tributario:

  • Normalmente, los empleadores solo pueden reclamar el crédito basándose en una licencia elegible tomada después que su política nueva o enmendada entre en vigor.
  • Lea el Aviso 2018-71 PDF (en inglés) para una descripción de las reglas especiales para cuando un patrón puede reclamar el crédito retroactivo.

Para reclamar el crédito los empleadores deberán:

  • Adjuntar el Formulario 8994 a sus declaraciones de impuestos.  El IRS espera tener este nuevo formulario disponible más adelante en 2018.

El Aviso establece reglas y limitaciones especiales que aplican:

  • Por ejemplo, solamente licencia familiar y médica pagada proporcionada a empleados cuya remuneración el año anterior estaba en o debajo de una cierta cantidad califica para el crédito.
    • Generalmente, para el año tributario 2018, la compensación de 2017 del empleado por parte del empleador debe ser de $72,000 o menos.

Mas información:

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