Consejo Tributario del IRS 2012-39SP, 28 de febrero de 2012 La deuda cancelada normalmente está sujeta a impuestos que usted paga pero hay ciertas excepciones. Una de esas excepciones está disponible a los propietarios de viviendas cuya deuda hipotecaria es perdonada parcial o completamente durante los años tributarios 2007 hasta el 2012. El IRS quisiera que usted esté al tanto de estos 10 hechos acerca de la Deuda Hipotecaria Perdonada: Normalmente, la deuda perdonada resulta en ingresos sujetos a impuestos. Sin embargo, bajo el Acta de Alivio por Deuda Hipotecaria Perdonada del 2007, usted pudiera tener la opción de excluir hasta $2 millones de deuda perdonada sobre su residencia principal. El límite es de $1 millón para una persona casada presentando una declaración por separado. Usted puede excluir la deuda reducida a través de una reestructuración hipotecaria, así como también la deuda hipotecaria absuelta en una ejecución hipotecaria. Para calificar, la deuda debe haber sido usada para construir o mejorar de manera substancial su residencia principal y debe de estar asegurada bajo esa residencia. Remuneraciones de deudas refinanciadas usadas con el propósito de mejorar substancialmente su residencia principal también califican para la exclusión. Remuneraciones de deudas refinanciadas para otros propósitos – por ejemplo, para pagar deudas de tarjetas de crédito – no califican para la exclusión. Si usted califica, reclame la exclusión especial completando el Formulario 982, Reducción de Atributos Tributarios Debido a Absolución de Deuda, y adjuntándolo a su declaración de impuestos federal por ingresos para el año tributario en el que fue perdonada la deuda calificada. La deuda perdonada de viviendas secundarias, propiedades de alquiler, propiedades de negocios, tarjetas de crédito o préstamos para automóviles no califica para la disposición de alivio tributario. No obstante, en algunos casos, otras disposiciones de alivio tributario – tal como la bancarrota – pudieran aplicarse. El Formulario 982 del IRS proporciona más detalles acerca de estas disposiciones. Si su deuda es reducida o eliminada normalmente usted recibirá un estado de cuenta a fin de año, el Formulario 1099-C, Cancelación de Deuda, de su prestamista. Según la ley, este formulario debe mostrar el monto de la deuda perdonada y el valor justo en el mercado de cualquier propiedad ejecutada. Examine cuidadosamente el Formulario 1099-C. Notifique al prestamista de inmediato si cualquier información que aparece está incorrecta. Usted debería prestar especial atención al monto de deuda cancelada en la Casilla 2 como también el valor asignado a su vivienda que aparece en la Casilla 7. Para más información acerca del Acta de Alivio de Deuda Hipotecaria Perdonada del 2007, visite www.irs.gov. La Publicación 4681 IRS, Deudas Canceladas, Ejecuciones Hipotecarias, Recuperación por el Acreedor y Abandono de Propiedad (en inglés), también es un excelente recurso. Usted también puede usar el Asistente de Impuestos Interactivo (ITA, por sus siglas en inglés) disponible en el sitio de Internet del IRS para determinar si su deuda cancelada está sujeta a impuestos. El ITA lo guía a través de una serie de preguntas y le proporciona respuestas a preguntas de leyes tributarias. Finalmente, usted puede obtener copias de los formularios y publicaciones del IRS ya sea bajándolos de www.irs.gov o llamando al 800-829-3676.