¿Se le pasó la fecha límite y adeuda impuestos? Presente para el 14 de junio y evite una multa mayor

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IR-2018-133SP, 7 de junio de 2018

WASHINGTON — Los contribuyentes que adeudan impuestos y presentan su declaración de impuestos federales más de 60 días después de la fecha límite, generalmente se enfrentarán a una multa por presentación tardía. Por esa razón, el Servicio de Impuestos Internos urge a los contribuyentes afectados a evitar un aumento de la multa al presentar su declaración el jueves, 14 de junio.

Ordinariamente, la multa por presentación tardía, también conocida como la multa por no presentar, se aplica cuando un contribuyente no puede presentar una declaración de impuestos o no solicita una prórroga para la fecha límite. Esta multa, que solo se aplica si hay impuestos no pagados, es usualmente de un 5 por ciento por cada mes o parte de un mes en que una declaración de impuestos está atrasada.

Si una declaración de impuestos se presenta más de 60 días después de la fecha límite de abril, o más de 60 días después de la fecha límite de octubre si se obtuvo una prórroga, la multa mínima es de $210 o el 100 por ciento del impuesto no pagado, lo que sea menor. Esto significa que si el impuesto adeudado es de $210 o menos, la multa es igual al monto del impuesto adeudado. Si el impuesto adeudado es mayor de $210, la multa es por lo menos de $210.

La multa por presentación tardía no se aplica a los más de 135 millones de contribuyentes que cumplieron con la fecha límite del 18 de abril de este año para presentar su declaración de impuestos individual. Tampoco se aplicará a los 14 millones contribuyentes aproximados que pidieron una prórroga de seis meses al IRS para presentar su declaración, siempre y cuando presenten antes del 15 de octubre de 2018. Aunque una declaración de impuestos que reclama un reembolso tampoco está sujeta a una multa, el IRS les recuerda a los contribuyentes que, por ley, sólo tienen tres años para presentar para un reembolso.

Para aquellos que no presentaron ni solicitaron una prórroga, el IRS recomienda presentar antes del 14 de junio para evitar un aumento en la multa. La multa por presentación tardía dejará de acumularse una vez el contribuyente presente.

Además, el IRS insta a los contribuyentes a pagar lo que deben para evitar multas adicionales por pagos atrasados y cargos por intereses. La multa por pago tardío, también conocida como la multa por falta de pago, es usualmente la mitad del 1 por ciento del impuesto no pagado por cada mes o parte de un mes en que el pago está atrasado. El interés, actualmente a una tasa del 5 por ciento al año, acumulado diariamente, también se aplica a cualquier pago realizado después de la fecha límite original del 18 de abril.

Luego de que se presente una declaración, el IRS calculará la multa y el interés adeudado y facturará al contribuyente. Normalmente, el contribuyente tendrá 21 días para pagar cualquier cantidad adeudada.

Los contribuyentes pueden usar su cuenta en línea para ver la cantidad adeudada, hacer pagos y solicitar un acuerdo de pago en línea. Antes de acceder a su cuenta en línea, los contribuyentes deben validar su identidad a través del proceso de acceso seguro.

Alivio de multa puede estar disponible

Los contribuyentes que tienen antecedentes de presentar y pagar a tiempo a menudo califican para que se les reduzcan las multas por presentación y pago tardío. Un contribuyente suele calificar para este alivio si no se le ha aplicado multas durante los últimos tres años y cumple con otros requisitos. Para obtener más información, consulte la página de reducción de multa por primera vez (en inglés) en IRS.gov.

Incluso si un contribuyente no califica para este alivio especial, es posible que todavía se le pueda reducir o eliminar multas si su fallo al presentar o pagar a tiempo se debió a una causa razonable y no por negligencia intencional. Asegúrese de leer atentamente el aviso de multa y siga las instrucciones para solicitar este alivio.

Opciones de pago

Muchos contribuyentes retrasan la presentación porque no pueden pagar lo que deben. A menudo, estos contribuyentes califican para una de las opciones de pago disponibles en el IRS, que incluyen:

  • Acuerdos de pagos a plazos — Un acuerdo de pagos a plazos, o plan de pago, permite a un contribuyente pagar a lo largo del tiempo. Las personas que adeudan $50,000 o menos en impuestos, multas e intereses combinados pueden solicitar un plan de pago al usar la solicitud para el plan de pagos en línea del IRS. Los que tienen un balance menor de $100,000 pueden también calificar para un acuerdo a corto plazo. El acuerdo se puede establecer generalmente en minutos y los solicitantes reciben la notificación inmediata de la aprobación. Para reducir las probabilidades de falta de pago y evitar tener que escribir y enviar un cheque cada mes, seleccione la opción de débito directo para realizar estos pagos. Para otras formas de establecer un plan de pago, visite Información adicional sobre los planes de pago.
  • Ofrecimiento de transacción — Algunos contribuyentes con dificultades pueden calificar para saldar su cuenta de impuestos por menos de la cantidad que adeudan al presentar un ofrecimiento de transacción. Para ayudar a determinar la elegibilidad, use la herramienta en inglés, Verificación preliminar para el ofrecimiento de transacción.

Reglas especiales de presentación aplican a miembros de las fuerzas armadas que sirven en zonas de combate (en inglés), contribuyentes que viven fuera de los EE. UU. (en inglés) y aquellos que viven en áreas declaradas zonas de desastre. Para aquellos que califiquen, estas fechas límites especiales afectan cualquier cálculo de multas e intereses. Visite IRS.gov para obtener más detalles acerca de estas reglas especiales de presentación.

Haga una verificación de su cheque de pago ahora

Los contribuyentes que adeudan impuestos para 2017 pueden evitar tener el mismo problema para 2018 si aumentan la cantidad de impuestos retenidos de sus cheques de pago. Para ayudar a determinar la cantidad correcta para retener, use la Calculadora de Retención en IRS.gov.