Hay ciertas exenciones tributarias disponibles para los miembros de las fuerzas armadas y sus dependientes: Beneficios por defunción del miembro militar La compensación por defunción pagada a los sobrevivientes de miembros de las fuerzas armadas que fallecieron es de $100,000 y no está sujeta a impuestos, vigente para las defunciones ocurridas después del 10 de septiembre de 2001. Venta de residencia principal Un contribuyente en calidad de servicio extendido oficial calificado en las Fuerzas Armadas de los EE. UU. o el servicio exterior puede suspender el período de prueba de 5 años para la propiedad y uso por hasta 10 años durante cualquier período que el miembro del servicio o su cónyuge sirva como miembro de las fuerzas armadas en servicio extendido oficial calificado. Los miembros del servicio están en servicio oficial extendido calificado si trabajan por un período de más de 90 días o por un período indefinido, si están en un lugar de destino al menos de 50 millas de su hogar principal, o viviendo en una residencia gubernamental bajo las órdenes del gobierno. Esta elección se aplica solo a una propiedad a la vez. Deducción por gastos de viaje durante la noche de miembros de la guardia nacional y la reserva Los reservistas que pasan la noche a más de 100 millas de su hogar mientras están en servicio (por ejemplo, para entrenamiento o reunión) pueden deducir los gastos de viaje no reembolsables (transporte, comestibles y alojamiento) como una deducción máxima. La deducción se limita a las tarifas para dichos gastos autorizados para los empleados federales, incluidos los viáticos en lugar de gastos de estadía. Los contribuyentes usan el Formulario 2106, de Gastos comerciales del empleado (en inglés) PDF para calcular el monto de la deducción e ingresarlo como un ajuste a los ingresos en el Formulario 1040, línea 24. Programa de asistencia para propietarios de viviendas (HAP) del Departamento de Defensa (DoD) Los pagos provistos bajo este programa, hechos para compensar los efectos adversos sobre el valor de las viviendas del reajuste y cierre de bases militares (BRAC), serán excluibles de los ingresos como beneficio adicional. Además, los pagos a miembros de las fuerzas armadas tampoco están sujetos a impuestos del Seguro Social o Medicare. El programa se ha extendido a los miembros de las fuerzas armadas (con 30 por ciento o más de discapacidad) que sufren una herida, lesión o enfermedad en el cumplimiento del servicio durante un despliegue en apoyo de las fuerzas armadas a partir del 11 de septiembre de 2001; las personas civiles heridas del Departamento de Defensa y de la guardia costera que son dueños de vivienda reasignados para promover el tratamiento médico o rehabilitación o debido a la jubilación médica en relación con una discapacidad incurrida en el desempeño de sus funciones durante un despliegue avanzado que ocurrió durante o después del 11 de septiembre de 2001 en apoyo de las fuerzas armadas; y cónyuges sobrevivientes de guerreros caídos que se muden dentro de los dos años posteriores al fallecimiento de dicho empleado o miembro. Nota: en este momento, solo se aceptan solicitudes de militares heridos, lesionados o enfermos y de los solicitantes de cónyuges sobrevivientes. Actualmente no hay ningún HAP aprobado para personal afectado por el realineamiento y cierre de bases (BRAC). Las prórrogas por zona de combate se expandieron a operaciones de contingencia Las prórrogas para presentar declaraciones o pagar impuestos, otorgadas a los miembros del servicio que prestan servicio en zonas de combate (en inglés) o tienen un servicio calificado fuera de una zona de combate, también se aplicarán a aquellos miembros militares que presten servicios en operaciones de contingencia fuera de los Estados Unidos, según lo designe el Secretario de Defensa. Asistentes a la academia militar El impuesto del diez por ciento sobre los pagos de un programa de matrícula calificado o una cuenta de ahorros para educación Coverdell que no se usan para gastos educativos no se aplica a los asistentes a las academias militares, navales, de la Fuerza Aérea, de la Guardia Costera o de la Marina Mercante de EE. UU. no exceda los costos de la educación avanzada. Cónyuges militares dueños de empresas Los cónyuges de miembros militares pueden encontrar información tributaria, herramientas y recursos para trabajadores por cuenta propia y dueños de empresas en varios idiomas en el sitio web Centro de ayuda tributaria para trabajadores por cuenta propia y pequeños negocios. La página incluye información sobre cómo iniciar un negocio, administrar su negocio, preparar sus impuestos, presentar o pagar sus impuestos y otra información detallada según su tipo de negocio. Otros recursos para propietarios de empresas incluyen un índice alfabético para empresas, el taller virtual de impuestos para pequeñas empresas y más. Información adicional Acerca de la Publicación 3, Guía de impuestos de las fuerzas armadas (en inglés) Información tributaria para los miembros de las fuerzas armadas Consejos y recursos para cónyuges militares dueños de empresas (en inglés) PDF Preguntas y respuestas sobre las disposiciones tributarias de las zonas de combate (en inglés) Información tributaria para militares en servicio activo y de reserva (en inglés) PDF