Recordatorios de Último Minuto para Padres y Estudiantes; No Pase por Alto Beneficios Tributarios para la Universidad

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Video de YouTube del IRS: Crédito Tributario Educacional - Reclámelo

IR-2012-46SP, 11 de abril de 2012

WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos (IRS) hoy recordó a los padres y estudiantes que se apresuran por cumplir con la fecha límite de este año del 17 de abril que estén seguros de fijarse en varios beneficios tributarios relacionados a la universidad antes de presentar sus declaraciones del 2011.

Dos créditos tributarios y una deducción de impuestos están disponibles a los contribuyentes que pagaron por la matrícula y otros gastos de un estudiante elegible durante el 2011. Ya que un estudiante elegible puede ser el contribuyente, su cónyuge o su dependiente, estos beneficios pueden, por ejemplo, ayudar a trabajadores que están tomando cursos de educación continua y personas volviendo a la escuela, como también a los padres que están pagando la educación universitaria de sus hijos.Tomando en cuenta la cantidad de créditos y deducciones diferentes para la educación superior, el IRS recuerda a los contribuyentes a revisar los requisitos de elegibilidad para que no pasen por alto estos importantes beneficios universitarios. Los beneficios tributarios incluyen los siguientes:

  • El Crédito Tributario de la Oportunidad Americana ayuda a pagar los primeros cuatro años de la educación postsecundaria. Generalmente califican la matrícula, cuotas requeridas para registrarse, libros y otro material requerido para los cursos, y los estudiantes elegibles deben estar matriculados por lo menos a medio tiempo. Gastos calificados de $4,000 o más en 2011 pueden rendirle al contribuyente el crédito máximo de $2,500 por estudiante por año. Incluso los contribuyentes que no adeudan ningún impuesto pueden obtener un pago del crédito de hasta $1,000 por cada estudiante elegible. El crédito se reclama en el Formulario 8863. Pero el IRS alerta a los contribuyentes que eviten una estafa de impuestos que suele resultar costosa, que está siendo bastante promovida actualmente a personas de edad avanzada, familias de bajos ingresos y miembros de iglesias alegando falsamente que los reembolsos en base al crédito están disponibles incluso si no están matriculados en la universidad actualmente e incluso si atendieron a la escuela décadas antes. Además se ha indicado indebidamente a algunos estudiantes internacionales, normalmente considerados extranjeros no residentes para propósitos de los impuestos, que ellos califican para el crédito.
  • El Crédito por Aprendizaje Perpetuo, limitado a $2,000 por contribuyente por año, puede ser reclamado en base a la matrícula y las cuotas requeridas para registrarse pagadas para la educación postsecundaria a cualquier nivel. Debido a las diferencias entre los dos créditos y el hecho que el Crédito Tributario de la Oportunidad Americana generalmente rinde mayores ahorros tributarios al nivel de bachillerato, el Crédito por Aprendizaje Perpetuo pudiera ser especialmente beneficioso para estudiantes graduados, estudiantes que están tomando un solo curso y aquellos que no están buscando titularse. El Crédito por Aprendizaje Perpetuo también se reclama en el Formulario 8863.
  • La deducción por matrícula y cuotas está disponible tanto para estudiantes de tiempo completo como aquellos a tiempo parcial en todos los niveles de educación postsecundaria. La deducción de hasta $4,000 es reclamada en el Formulario 8917.

Cada año, un estudiante recibe normalmente un Formulario 1098-T de su universidad mostrando los pagos por matrícula y otra información.

Aunque un contribuyente con frecuencia califica para más de uno de estos beneficios, él o ella solamente pueden reclamar uno de ellos por un estudiante en particular en el 2011. Límites de impuestos y otras reglas especiales se aplican a cada uno de estos beneficios. La tabla de comparación especial en la Publicación 970 PDF (en inglés) puede ser una guía útil para los contribuyentes en determinar su elegibilidad para cada uno de estos créditos.

A menudo, los créditos tributarios son más valiosos, ya que reducen la cantidad adeudada en impuestos, mientras que las deducciones reducen los ingresos sobre los que se calculan los impuestos. El software tributario muchas veces puede ayudar a los padres y estudiantes a determinar qué beneficio resulta en el mayor ahorro de impuestos.

Aparte de estos beneficios tributarios, padres, estudiantes y quienes antes fueran estudiantes que efectuaron pagos de préstamos estudiantiles durante el 2011 pueden deducir hasta $2,500 de intereses de préstamos estudiantiles. Normalmente, los prestatarios reciben un Formulario 1098-E de su institución financiera mostrando los intereses pagados por préstamos estudiantiles para el año. Esta deducción se reclama en el Formulario 1040 Línea 33 o el Formulario 1040A Línea 18. Límites de ingresos y otras reglas especiales aplican. Por ejemplo, el estudiante debe de haber estado registrado por lo menos a medio tiempo en un programa hacia un diploma o un certificado. Una hoja de trabajo en las instrucciones del formulario de impuestos puede ayudar a los contribuyentes a calcular correctamente la deducción.

La deducción por intereses sobre préstamos estudiantiles, la deducción por matrícula y cuotas y ambos créditos tributarios pueden ser reclamados por contribuyentes elegibles, independientemente de si detallaron sus deducciones en el Anexo A. Estos beneficios están disponibles tanto para quienes presentan el Formulario 1040 como el 1040A. Detalles acerca de estos y otros créditos y deducciones relacionados a la educación pueden encontrarse en el Centro de Beneficios Tributarios para Los Estudios Superiores en IRS.gov.

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