IR-2009-69SP, 29 de julio de 2009 WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos (IRS) anunció hoy su primer procesamiento exitoso por fraude relacionado al crédito para primeros compradores de viviendas, y advirtió a los contribuyentes a cuidarse de este tipo de estafa. El jueves, 23 de julio de 2009, un preparador de impuestos de Jacksonville, Florida, James Otto Price III, se declaró culpable de reclamar falsamente el crédito para primeros compradores de viviendas en una declaración de impuestos federales. Price enfrenta la posibilidad de hasta tres años de cárcel, una multa tan alta como $250,000, o ambos. A la fecha, el IRS ha ejecutado siete órdenes de registro y actualmente tiene 24 investigaciones criminales abiertas indagando posibles situaciones de fraude relacionadas al crédito. La agencia cuenta con varias herramientas sofisticadas para la investigación en computadora para identificar rápidamente declaraciones que pudieran incluir reclamos fraudulentos del crédito para primeros compradores de viviendas. “Vamos a perseguir con vigor a cualquiera que intente reclamar de manera fraudulenta este o cualquier otro crédito tributario o deducción”, dijo Eileen Mayer, Jefa de Investigación Criminal del IRS. “Las penalidades del fraude tributario son altas. Los contribuyentes deberían cuidarse de cualquiera que prometa obtenerles un reembolso grande”. Ya sea que el contribuyente prepare su propia declaración de impuestos o use los servicios de un preparador pagado, es el contribuyente quien resulta al fin y al cabo responsable de la veracidad de la declaración. Las declaraciones fraudulentas pueden resultar no solamente en que se requiera el pago de impuestos pasados sino que también en penalidades e intereses. Crédito para Primeros Compradores de Viviendas El Crédito para Primeros Compradores de Viviendas, pasado originalmente en 2008 y modificado en 2009, proporciona hasta $8000 a quienes compran una vivienda por primera vez. Sin embargo, el comprador debe calificar como comprador de un primer hogar, lo cual significa, para propósitos de este crédito, una persona que no ha sido propietaria de una residencia principal en los últimos tres años. Si el contribuyente está casado, este requisito también se aplica al cónyuge del contribuyente. Para calificar, el cierre de compra de la vivienda debe ser antes de 1 de diciembre de 2009, y el crédito no puede reclamarse en la declaración de impuestos de quien efectúa la compra hasta después de que el contribuyente cierra y ha comprado la vivienda. Se aplican reglas distintas para viviendas compradas en 2008. Detalles completos e instrucciones están disponibles.