Recordatorio del IRS: Programas de asistencia educativa pueden usarse para pagar prestamos estudiantiles de trabajadores hasta el 31 de diciembre de 2025

IR-2024-227SP, 28 de agosto de 2024

WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos emitió hoy un recordatorio acerca de empleadores que ofrecen programas de asistencia educativa pueden usarlos para ayudar a pagar las obligaciones de préstamos estudiantiles de sus empleados hasta el 31 de diciembre de 2025.

Aunque los programas de asistencia educativa se han usado por muchos años, la opción de usarlos para pagar prestamos estudiantiles ha estado disponible solo para pagos hechos después del 27 de marzo de 2020 y, bajo la ley actual, la disposición de préstamo estudiantil expirará el 31 de diciembre de 2025.

Tradicionalmente, los programas de asistencia educativa se han usado para pagar por libros, equipo, materiales, cuotas, matricula y otros gastos educativos del empleado. Estos programas ahora también se pueden usar para efectuar el pago del principal e interés de los préstamos estudiantiles elegibles de un empleado. Los pagos que se efectúan directo al prestamista, al igual que aquellos dirigidos al empleado, podrían ser elegibles.

En la mayoría de los casos, los beneficios de asistencia educativa están excluidos de la retención del impuesto federal, el impuesto del Seguro Social, el impuesto al Medicare y el impuesto al empleo (FUTA). Por ley, los beneficios exentos de impuestos bajo un programa de asistencia educativa son limitados a $5,250 por cada empleado por año. Normalmente, la asistencia que se provee por encima de ese nivel está sujeta a impuestos como salario.

Empleadores que no ofrecen un programa de asistencia educativa deben considerar establecer uno. Los beneficios complementarios de valor como los programas de asistencia educativa pueden ayudar a los empleadores a atraer y retener trabajadores capacitados.

Estos programas deben de estar por escrito y no pueden discriminar en favor a empleados con compensación alta. Para información acerca de otros requisitos, consulte la Publicación 15-B, Guía tributaria para empleadores sobre beneficios complementarios (en inglés).

Para detalles acerca de qué califica como préstamo estudiantil, consulte el capítulo 10 de la Publicación 970, Beneficios tributarios para la educación (en inglés).

Para más información visite las siguientes páginas en IRS.gov: