IRS provee ayuda a víctimas de huracán Beryl en Texas; varias fechas aplazadas hasta el 3 de febrero de 2025

IR-2024-191SP, 22 de julio de 2024

WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos anunció hoy un alivio tributario para individuos y negocios en 67 condados de Texas afectados por el huracán Beryl que comenzó el 5 de julio de 2024.

Estos contribuyentes ahora tienen hasta el 3 de febrero de 2025 para presentar diversas declaraciones de impuestos federales individuales y comerciales y hacer pagos de impuestos.

El IRS está ofreciendo alivio a cualquier área designada por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA). Esto significa que individuos y hogares que residen o tienen un negocio en los condados de Anderson, Angelina, Aransas, Austin, Bowie, Brazoria, Brazos, Burleson, Calhoun, Cameron, Camp, Cass, Chambers, Cherokee, Colorado, Dewitt, Fayette, Fort Bend, Freestone, Galveston, Goliad, Gregg, Grimes, Hardin, Harris, Harrison, Hidalgo, Houston, Jackson, Jasper, Jefferson, Kenedy, Kleberg, Lavaca, Lee, Leon, Liberty, Madison, Marion, Matagorda, Milam, Montgomery, Morris, Nacogdoches, Newton, Nueces, Orange, Panola, Polk, Refugio, Robertson, Rusk, Sabine, San Augustine, San Jacinto, San Patricio, Shelby, Trinity, Tyler, Upshur, Victoria, Walker, Waller, Washington, Webb, Wharton y Willacy califican para el alivio tributario.

El mismo alivio estará disponible para cualquier otro condado añadido posteriormente a la zona de desastre. La lista de localidades elegibles siempre está disponible en la página de Alivio tributario en situaciones de desastre en IRS.gov.

Alivio de presentación y pago

El alivio tributario pospone varios plazos de presentación y pago de impuestos que ocurrieron desde el 5 de julio de 2024 hasta el 3 de febrero de 2025 (período de aplazamiento). Como resultado, los individuos y negocios afectados tendrán hasta el 3 de febrero de 2025 para presentar declaraciones y pagar cualquier impuesto que vencía durante este período.

Esto significa, por ejemplo, que la fecha límite del 3 de febrero de 2025 se aplicará ahora a:

  • Cualquier individuo, negocio u organización exenta de impuestos que tenga una extensión válida para presentar su declaración federal de 2023. El IRS señaló, sin embargo, que los pagos de estas declaraciones no son elegibles para el tiempo extra porque vencían la primavera pasada antes de que ocurriera el huracán.
  • Pagos trimestrales de impuesto estimados normalmente adeudados el 16 de septiembre de 2024 y el 15 de enero de 2025.
  • Declaraciones trimestrales de impuestos sobre la nómina y los impuestos especiales normalmente vencidas el 31 de julio y el 31 de octubre de 2024, y el 31 de enero de 2025.

Además, las multas por no realizar depósitos de impuestos sobre la nómina y los impuestos especiales adeudados a partir del 5 de julio de 2024 y antes del 22 de julio de 2024 serán eliminadas, siempre y cuando los depósitos se realicen antes del 22 de julio de 2024.

La página de Ayuda y alivio por emergencia en casos de desastre para individuos y negocios tiene detalles sobre otras declaraciones, pagos y acciones relacionadas con los impuestos que califican para el alivio durante el período de aplazamiento.

El IRS automáticamente proporciona alivio de presentación y multas a cualquier contribuyente con una dirección registrada en el IRS ubicada en la zona de desastre. Estos contribuyentes no necesitan contactar a la agencia para este alivio.

Es posible que un contribuyente afectado no tenga una dirección ubicada en la zona de desastre registrada en el IRS, por ejemplo, porque se mudó a la zona de desastre después de presentar su declaración. En estas circunstancias únicas, el contribuyente afectado podría recibir un aviso de multa por presentación o pago tardío del IRS para el período de aplazamiento. El contribuyente debe llamar al número en el aviso para que se elimine la multa.

Además, el IRS trabajará con cualquier contribuyente que reside fuera del área de desastre, pero cuyos registros necesarios para cumplir con un plazo que ocurre durante el período de aplazamiento estén ubicados en el área afectada. Los contribuyentes que califiquen para el alivio y vivan fuera del área de desastre deben comunicarse con el IRS a través del 866-562-5227. Esto también incluye a los trabajadores que asisten en las actividades de alivio que estén afiliados a una organización gubernamental o filantrópica reconocida. Los preparadores de impuestos del área de desastre con clientes ubicados fuera del área de desastre pueden optar por usar la opción de solicitudes masivas de practicantes para alivio por desastre (en inglés), descrita en IRS.gov.

Alivio tributario adicional

Individuos y negocios en un área de desastre declarada a nivel federal que sufrieron pérdidas relacionadas con el desastre no aseguradas o no reembolsadas pueden optar por reclamarlas en la declaración del año en que ocurrió la pérdida (en este caso, la declaración de 2024 que normalmente se presenta el próximo año) o en la declaración del año anterior (la declaración de 2023 presentada este año). Los contribuyentes tienen tiempo adicional, hasta seis meses después del plazo de la declaración federal de impuestos del contribuyente para el año del desastre (sin considerar ninguna extensión de tiempo para presentar), para hacer la elección. Para los contribuyentes individuales, esto significa el 15 de octubre de 2025. Asegúrese de escribir el número de declaración FEMA – 4798-DR − en cualquier declaración que reclame una pérdida. Vea la Publicación 547, Hechos Fortuitos, Desastres y Robos, para obtener más detalles.

Los pagos de alivio por desastre calificados generalmente se excluyen del ingreso bruto. En general, esto significa que los contribuyentes afectados pueden excluir de su ingreso bruto las cantidades recibidas de una agencia gubernamental para gastos personales, familiares, de subsistencia o funerarios razonables y necesarios, así como para la reparación o rehabilitación de su hogar, o para la reparación o reemplazo de su contenido. Vea la Publicación 525, Ingresos tributables y no tributables (en inglés), para obtener detalles.

Se puede disponer de alivio adicional para los contribuyentes afectados que participen en un plan de jubilación o acuerdo de jubilación individual (IRA). Por ejemplo, un contribuyente puede ser elegible para tomar una distribución especial por desastre que no estaría sujeta al impuesto adicional del 10% por distribución anticipada y permite al contribuyente repartir el ingreso a lo largo de tres años. Los contribuyentes también pueden ser elegibles para realizar un retiro por dificultades económicas. Cada plan o IRA tiene reglas y orientaciones específicas para que sus participantes las sigan.

El IRS puede proporcionar alivio adicional por desastre en el futuro.

El alivio tributario es parte de una respuesta federal coordinada al daño causado por estas tormentas y se basa en evaluaciones de daños locales realizadas por FEMA. Para obtener información acerca de la recuperación de desastres, visite DisasterAssistance.gov.

Recordatorio sobre las opciones de preparación de declaraciones de impuestos