Carta CP3219A del IRS: Aviso reglamentario de deficiencia - YouTube video text script

HOLA, SOY CHARLOTTE Y TRABAJO PARA EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, EL IRS.

SI USTED RECIBIÓ UNA CARTA C-P-3219-A, UN AVISO REGLAMENTARIO DE DEFICIENCIA, Y NO SABE QUÉ HACER… LA SIGUIENTE INFORMACIÓN PODRÍA AYUDARLE.

ESTA CARTA EXPLICA POR QUÉ HAY UN AUMENTO PROPUESTO DE SUS IMPUESTOS Y LO QUE DEBE HACER SI NO ESTÁ DE ACUERDO.

ANTES DE RECIBIR ESTA CARTA… USTED DEBIÓ HABER RECIBIDO UNA CARTA… USUALMENTE LA C-P-2000… EN LA QUE SE EXPLICA QUE NUESTROS ARCHIVOS NO CONCUERDAN CON LA INFORMACIÓN QUE USTED REPORTÓ EN SU DECLARACIÓN DE IMPUESTOS.

SI NO RECIBIMOS RESPUESTA DE USTED O NO PUDIMOS RESOLVER LA SITUACIÓN CON LA INFORMACIÓN PROVISTA POR USTED… LE ENVIAMOS OTRA CARTA.

ESTA CARTA LE EXPLICA LOS CAMBIOS… Y SU DERECHO A APELAR ESTE AUMENTO EN LA CORTE TRIBUTARIA.

REVISE LOS CAMBIOS Y COMPÁRELOS CON SU DECLARACIÓN DE IMPUESTOS.

SI ESTÁ DE ACUERDO … FIRME EL FORMULARIO 5564 INCLUIDO CON LA CARTA Y ENVÍELO POR CORREO O POR FAX A LA DIRECCIÓN O AL NÚMERO DE FAX INCLUIDO EN LA CARTA.

SI VA A HACER UN PAGO… INCLÚYALO CON EL FORMULARIO 5564.

SI USTED PAGA LA CANTIDAD ADEUDADA AHORA … REDUCIRÁ LA SUMA DE LOS INTERESES Y MULTAS.

SI NO ESTÁ DE ACUERDO… RESPONDA AL IRS DE INMEDIATO.

ENVÍENOS UNA DECLARACIÓN FIRMADA JUNTO CON CUALQUIER DOCUMENTO O EXPLICACIÓN QUE USTED DESEA TOMEMOS EN CONSIDERACIÓN.

ENVÍE FOTOCOPIAS… EN LUGAR DE DOCUMENTOS ORIGINALES.

ENVIARNOS INFORMACIÓN ADICIONAL NO EXTENDERÁ LA FECHA LÍMITE PARA PRESENTAR UNA PETICIÓN CON LA CORTE TRIBUTARIA.

ENVÍE SUS RESPUESTAS POR CORREO O POR FAX A LA DIRECCIÓN O NÚMERO DE FAX INCLUIDO EN LA CARTA.

INCLUYA SU NOMBRE… NÚMERO DE SEGURO SOCIAL… Y AŇO TRIBUTARIO EN CADA PÁGINA.

SI SU EXPLICACIÓN ES ACEPTADA… LE ENVIAREMOS UNA CARTA QUE CONFIRME QUE LA SITUACIÓN ESTÁ RESUELTA.

SI USTED VA A APELAR LA DECISIÓN… DEBE PRESENTAR UNA PETICIÓN CON LA CORTE TRIBUTARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS… NO CON EL IRS… Y YA NO PODREMOS TRABAJAR DIRECTAMENTE CON USTED.

PRESENTE SU PETICIÓN ANTES DE QUE SE CUMPLAN LOS 90 DÍAS DE LA FECHA DE LA CARTA… O 150 DÍAS SI SE ENVIÓ A UNA PERSONA QUE SE ENCUENTRA FUERA DE LOS ESTADOS UNIDOS.

LA CORTE TRIBUTARIA NO PODRÁ CONSIDERAR SU PETICIÓN SI LA PRESENTA TARDE.

SI NO ESCUCHAMOS DE USTED O SI USTED NO PRESENTA UNA PETICIÓN CON LA CORTE … LE ENVIAREMOS UNA FACTURA POR LA SUMA ADICIONAL DE IMPUESTOS Y MULTAS O INTERESES APLICABLES.

PARA MÁS INFORMACIÓN… VISITE I-R-S-PUNTO-G-O-V… Y BUSQUE C-P-3219-A O LA PUBLICACIÓN 5181.