IR-2011-63SP, 8 de junio de 2011 WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos (IRS) anunció hoy que aproximadamente 275,000 organizaciones han perdido automáticamente su estatus de exención de impuestos porque en los últimos tres años no han presentado informes anuales como es requerido por obligación legal. El IRS supone que la gran mayoría de estos grupos no están en operación, pero también anunció medidas especiales para ayudar a cualquier organización que solicite el restablecimiento de su estatus exento de impuestos. El Congreso aprobó la Ley de Protección de Pensiones (PPA, por sus siglas en inglés) en el 2006, la cual requiere que la mayoría de las organizaciones exentas de impuestos presenten una declaración anual de información o aviso con el IRS. Para las organizaciones pequeñas, la ley impuso un requisito de presentación por primera vez en el 2007. Además, la ley automáticamente revoca la exención de impuestos a organizaciones que no declaren durante tres años consecutivos. Por varios años, el IRS hizo un gran esfuerzo para informar a las organizaciones de los cambios en la ley a través de múltiples esfuerzos comunitarios y de educación, incluyendo el envío por correo de más de 1 millón de avisos a organizaciones que no habían declarado. Además, el año pasado el IRS publicó una lista de los grupos en riesgo y les extendió otros cinco meses a las organizaciones más pequeñas para que cumplieran presentando sus declaraciones. Alrededor de 50,000 organizaciones presentaron sus declaraciones durante este período de prórroga. En general, el IRS considera que la gran mayoría de las organizaciones pequeñas exentas de impuestos se encuentran ahora en cumplimiento de la ley del 2006. "Durante los últimos años, el IRS ha hecho un gran esfuerzo para ayudar a que los grupos exentos de impuestos estén informados de su obligación legal de presentar sus declaraciones y permitirles tiempo adicional para declarar", dijo el Comisionado del IRS Doug Shulman. "Sin embargo, nos damos cuenta de que pueden haber algunas organizaciones legítimas, especialmente las que son muy pequeñas, que no estaban informadas de su obligación de presentar una declaración. Estamos tomando medidas adicionales con estos grupos para que mantengan su estatus de exención de impuestos sin poner en peligro sus operaciones o perjudicar a sus donantes. " Como parte de esto, el IRS emitió hoy directrices sobre cómo las organizaciones pueden solicitar para el restablecimiento de su estatus exento de impuestos, incluyendo el restablecimiento retroactivo. Además, el IRS anunció un alivio para la transición de algunas organizaciones más pequeñas exentas de impuestos - aquellas con ingresos brutos anuales de $50,000 ó menos para el año 2010 - que están sujetas a la nueva "postal" de presentación en virtud de la ley PPA. El alivio le permite a las organizaciones pequeñas elegibles a recuperar el estatus de exención de impuestos retroactivo a la fecha de revocación y pagar una solicitud reducida de $100 en lugar de la tarifa típica de $400 ó $850. Los detalles completos están disponibles en Aviso 2011-43 PDF, Aviso 2011-44 PDF y Procedimiento Tributario 2011-36 PDF (en ingles) publicados hoy. Si una organización aparece en la lista de organizaciones revocadas, es porque los registros del IRS indican que la organización tiene una obligación de presentación y no han presentado las declaraciones o las notificaciones requeridas para el 2007, 2008 y 2009. La lista de organizaciones revocadas (en inglés) de su estatus de exención por no seguir el requerimiento de declarar, disponible en el sitio Web del IRS en www.IRS.gov, incluye el nombre de cada organización, Número de Identificación Patronal (EIN, por sus siglas en inglés) y la última dirección conocida. Se puede buscar por estado. También incluye la fecha de vigencia de la revocación automática y la fecha en que se publicó en la lista. El IRS actualizará la lista mensualmente para incluir a otras organizaciones que pierdan su estatus de exención de impuestos. La gran mayoría de los grupos exentos de impuestos presentan sus declaraciones requeridas y no se ven afectados por la lista de revocación. Además, el IRS piensa que la gran mayoría de los grupos recién revocados ya no están en existencia y necesitan ser retirados de la lista de exención de impuestos como la ley del 2006 requiere. La lista debe tener poco o ningún impacto a los contribuyentes que han hecho donaciones deducibles de impuestos a organizaciones revocadas porque las donaciones hechas antes de la publicación del nombre de una organización en la lista permanecen siendo deducibles de impuestos. Sin embargo en el futuro, las organizaciones que están en la lista de revocación que no reciben reintegro, ya no son elegibles para recibir contribuciones deducibles de impuestos, y cualquier ingreso que reciban puede ser tributable. La publicación de la lista de organizaciones cuyo estatus como exentas de impuestos han sido revocadas sirve como notificación a los donantes y a otros que ya no dependen de un anuncio en la Publicación 78, “Cumulative List of Organizations”, como una indicación de la exención de impuestos de una organización o su elegibilidad para recibir contribuciones deducibles de impuestos. Una versión actualizada de la Publicación 78 con una lista reciente será publicada en la página Web del IRS esta semana. Los donantes tampoco pueden contar con una carta de determinación del IRS emitida a la organización antes de la fecha de revocación automática. Las organizaciones existentes que buscan que su estatus exento de impuestos sea reintegrado deben completar una solicitud y pagar una cuota de utilización, sin tener en cuenta si se veían obligados a presentar dicha solicitud. Más información sobre el proceso de reintegración(en inglés), incluyendo la reintegración retroactiva, se puede encontrar en el sitio Web del IRS.gov. Recursos Adicionales: (en inglés) Preguntas y respuestas sobre la revocación automatica ( versión pdf PDF) Automatic Revocation of Exemption Announcement 2011-35 PDF, Publication of the Auto-Revocation List Revenue Procedure 2011-33 PDF Conéctese con el IRS a través de Medios Sociales