IR-2010-117SP, 2 de diciembre de 2010 WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos (IRS) emitió directrices finales hoy para las pequeñas empresas elegibles a reclamar el nuevo crédito tributario para el cuidado de salud para el año tributario 2010. El anuncio de hoy incluye un formulario de una página e instrucciones que las pequeñas empresas utilizarán para reclamar el crédito para el año tributario 2010. El nuevo Formulario 8941 (en inglés). Primas de Seguro del Crédito de Cuidado de Salud para Pequeñas Empresas y el Formulario 990-T recientemente revisado están ahora disponible en IRS.gov. El IRS también ha colocado en su página las instrucciones del formulario 8941 PDF y el Aviso 2010-82 PDF (en inglés), ambos designados para ayudar a las pequeñas empresas a computar y reclamar el crédito correctamente. El crédito tributario por cuidados de salud para pequeñas empresas que fue incluido en el Acta del Cuidado de Salud de Bajo Precio en marzo, está diseñado para incentivar tanto a los empleadores a pequeña escala y a las organizaciones exentas de impuestos a ofrecer cobertura de seguro de salud por primera vez o mantener la cobertura que ya tienen. Las nuevas directrices contestan preguntas para la pequeña empresa sobre cuales entidades califican para el crédito aclarando que una amplia gama de empleadores cumplen los requisitos de elegibilidad, incluyendo instituciones religiosas que proveen cobertura a través de sus organizaciones corporativas, pequeñas empresas que aseguran a sus empleados a través de planes de salud y bienestar que cubren a varios empleadores, y los empleadores suministran los costos del cuidado médico de sus empleados por medio de una amplia gama de arreglos de contribución. El crédito está generalmente disponible para las pequeñas empresas que pagan por lo menos la mitad de las primas por cobertura singular de un seguro médico para sus empleados. Está diseñado específicamente para ayudar a las pequeñas empresas y a las organizaciones exentas de impuestos que emplean primordialmente a trabajadores de moderados y bajos ingresos. Las pequeñas empresas pueden reclamar el crédito desde el 2010 hasta el 2013 y por dos años después de cualquiera de esos. Para los años tributarios del 2010 al 2013, el crédito máximo es de 35 por ciento de primas pagadas por empleadores elegibles de pequeñas empresas y 25 por ciento de primas pagadas por las organizaciones exentas de impuestos elegibles. Empezando en el 2014, el crédito tributario máximo aumentará al 50 por ciento de primas pagadas por empleadores de pequeñas empresas elegibles y 35 por ciento de primas pagadas por organizaciones exentas de impuestos elegibles. El crédito máximo va a los empleadores de escala más pequeña – aquellos con 10 o menos empleados al equivalente de tiempo completo (FTEs, por sus siglas en inglés) – pagando un promedio de salarios anuales de $25,000 o menos. El crédito se disminuye hasta cancelarse por completo para los empleadores que tienen 25 FTEs o más o que pagan sueldos promedios de $50,000 por año o más. Ya que las reglas de elegibilidad están basadas en parte en el número de FTEs, y no simplemente el número de empleados, las empresas que usan ayuda a tiempo parcial pudieran calificar aun si emplean a más de 25 individuos. Las pequeñas empresas elegibles primero utilizarán el formulario 8941 para computar el crédito y después incluyen el monto del crédito como parte del crédito general para negocios en su declaración de impuestos. Las organizaciones exentas de impuestos primero utilizarán el formulario 8941 para computar el crédito reembolsable, y después reclaman el crédito en la línea 44f del formulario 990-T. Aunque el Formulario 990-T es primordialmente presentado por aquellas organizaciones obligadas a pagar impuesto sobre negocios no relacionados, también será utilizado por cualquier organización exenta de impuestos elegible para reclamar el crédito, sin importar si están sujetos a este impuesto. Más información acerca del crédito, incluyendo una guía paso por paso PDF y respuestas a preguntas frecuentes, está disponible en la página Acta del Cuidado de Salud de Bajo Precio en el sitio de Internet de IRS.gov.