IRS continúa ofreciendo ayuda a agricultores y ganaderos afectados por sequías en 44 estados, otras regiones

IR-2022-166SP, 28 de septiembre de 2022

WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos les recuerda a agricultores y ganaderos en regiones aplicables forzados a vender ganado debido a condiciones de sequía que pueden tener más tiempo para reemplazar su ganado y diferir impuestos sobre cualquier ganancia de las ventas forzadas.

El IRS publicó hoy el Aviso 2022-43 (en inglés) PDF que enumera las regiones, condado u otra jurisdicción aplicable, designadas como elegibles para recibir asistencia federal en IRS.gov. Esto incluye 44 estados, dos territorios de EE. UU. y dos naciones independientes en un Pacto de Asociación Libre con los Estados Unidos. El alivio aplica a las ganancias de capital realizadas por agricultores y ganaderos elegibles en las ventas de ganado para trabajo en el campo, lechería o reproducción. Las ventas de otros animales, como aquellos criados para el sacrificio o mantenidos con fines deportivos, o aves de corral, no son elegibles.

Las ventas deben estar directamente relacionadas con la sequía que cause que se designe la región como elegible para asistencia federal. El ganado generalmente debe reemplazarse dentro de un período de cuatro años, en lugar del período usual de dos años. Además, el IRS está autorizado a extender aún más este periodo si la sequía continúa.

La prórroga de un año, anunciada en el aviso, otorga a los agricultores y ganaderos elegibles hasta el fin del año tributario después del primer año libre de sequía para reemplazar el ganado vendido. Detalles que incluyen un ejemplo de cómo funciona esta disposición, se pueden encontrar en el Aviso 2006-82 (en inglés).

El IRS provee esta prórroga a los agricultores y ganaderos que fueron elegibles para el período de reemplazo de cuatro años si cualquier condado incluido en la región aparece como que sufre condiciones excepcionales, extremas o severas de sequía durante cualquier período semanal entre el 1ro de septiembre de 2021 y el 31 de agosto de 2022. Esta determinación la realiza el Centro Nacional para la Mitigación de la Sequía (en inglés).

Como resultado y, en la mayoría de los casos, los agricultores y ganaderos elegibles cuyo período de reemplazo de venta por sequía estaba programado para vencer el 31 de diciembre de 2022 ahora tendrán hasta el final de su próximo año tributario para reemplazar el ganado que hayan vendido. Debido a que el período normal de reemplazo de venta por sequía es de cuatro años, esta prórroga afecta inmediatamente las ventas por sequía ocurridas durante 2018. Debido a extensiones anteriores relacionadas con la sequía que afectan algunas de estas localidades, también se afectan los períodos de reemplazo para algunas ventas por sequía antes de 2018.

Información adicional acerca del reporte de ventas por sequía y otros asuntos tributarios relacionados con fincas se puede encontrar en la Publicación 225, Guía de Impuestos de Agricultor (en inglés), disponible en IRS.gov.