PR-2020-02SP, 10 de septiembre de 2020 Puerto Rico — Las víctimas de la tormenta tropical Isaías que comenzó el 29 de julio, ahora tienen hasta el 30 de noviembre de 2020 para presentar varias declaraciones de impuestos individuales y comerciales y hacer pagos de impuestos, anunció hoy el Servicio de Impuestos Internos. Luego de la declaración de desastre reciente para asistencia individual emitida por la Agencia Federal del Manejo de Emergencias (FEMA), el IRS anunció hoy que los contribuyentes afectados en cetras áreas recibirán alivio tributario. Individuos y hogares que residen o tienen un negocio en los municipios de Aguada, Hormigueros, Mayagüez, y Rincón califican para alivio tributario. Los contribuyentes en localidades agregadas más tarde al área de desastre recibirán automáticamente el mismo alivio de presentación y pago. La declaración permite al IRS posponer varios plazos de presentación y pago de impuestos para contribuyentes que residen o tienen un negocio en el área de desastre. Por ejemplo, ciertos plazos que caen en o luego del 29 de julio de 2020, y antes del 30 de noviembre de 2020, se posponen hasta el 30 de noviembre de 2020. Esto incluye a las personas y contribuyentes empresariales que tenían una prórroga válida para presentar su declaración de 2019 que se vence el 15 de octubre de 2020. El IRS señaló, sin embargo, que debido a que los pagos de impuestos relacionados con estas declaraciones de 2019 vencían el 15 de julio de 2020, esos pagos no se consideran elegibles para este alivio. La fecha límite del 30 de noviembre de 2020 también se aplica a los pagos de impuestos que se hacen cada trimestre y que vencen el 15 de septiembre de 2020. También aplica a los formularios trimestrales de nómina y declaraciones de impuestos de artículos por uso y consumo que normalmente se entregarían el 2 de noviembre. Además, aplica a organizaciones exentas de impuestos, que operan en año calendario y que tenían una prórroga válida que se vence el 16 de noviembre. Además, multas a depósitos que vencían en o antes del 29 de julio de 2020, y antes del 13 de agosto de 2020 serán reducidas siempre y cuando los depósitos se hayan realizado antes del 13 de agosto de 2020. Si un contribuyente afectado recibe un aviso de multa por presentación o pago tardío del IRS que tiene una fecha de vencimiento de presentación, pago o depósito original o extendida que se encuentra dentro del período de aplazamiento, el contribuyente debe llamar al número de teléfono que figura en el aviso para que el IRS reduzca la multa. Para obtener información acerca de los servicios disponibles actualmente, visite la página de operaciones y servicios del IRS en IRS.gov/coronavirus. El IRS automáticamente identifica a los contribuyentes en el área de desastre y aplica alivio de presentación y pago. Pero los contribuyentes afectados que viven o tienen un negocio fuera del área del desastre deben comunicarse con la línea de desastres del IRS al 866-562-5227 para solicitar este alivio. Área de desastre cubierta Los municipios mencionados anteriormente constituyen un área de desastre cubierta para propósitos de los Reglamentos del Departamento del Tesoro (Treas. Reg.) Sección 301.7508A-1 (d)(2) y tienen derecho a la siguiente ayuda detallada. Contribuyentes afectados Los contribuyentes que son considerados afectados y elegibles para el aplazamiento para presentar sus declaraciones, pagar sus impuestos y hacer otros arreglos referentes a los impuestos, son los contribuyentes mencionados en el Reglamento Tributario S 301.7508A-(d)(1), e incluye personas que viven, y empresas que incluyen organizaciones benéficas que su principal fuente de ingresos está localizada en el área de desastre cubierta. Los contribuyentes que no están en el área de desastre, pero cuyos libros y documentos necesarios para cumplir con la fecha límite requerida por la sección del Reglamento Tributario 301.7508A-1(c)) se encuentran en el área de desastre cubierta, también califican para esta ayuda. Además, todos los trabajadores de ayuda auxiliar afiliados con una organización reconocida de gobierno o filantrópica que participan en estas actividades de ayuda y cualquier individuo que visitó esta área y resultó muerto o herido en las áreas de desastre también califican para el alivio tributario. Bajo la sección 7508A, el IRS permite a los contribuyentes afectados hasta el 30 de noviembre de 2020 para que presenten la mayoría de las declaraciones de impuestos (incluyendo individuales, corporaciones, patrimoniales y fideicomiso, sociedad colectiva, corporación tipo S, fideicomisos, regalos, del patrimonio de la sucesión, informativas de organizaciones benéficas, nómina, y algunos de artículo de uso y consumo), que tenían fecha de vencimiento original o prorrogada en o después del 29 de julio del 2020 y antes del 30 de noviembre de 2020. Los contribuyentes afectados que tengan un pago estimado del impuesto que originalmente vencía en o después del 29 de julio del 2020 y antes del 30 de noviembre de 2020, se posponen hasta el 30 de noviembre de 2020 y no estarán sujetos a multas por no pagar las cuotas de impuestos estimados siempre y cuando dichos pagos se efectúen en o antes del 30 de noviembre de 2020. El IRS también otorga a los contribuyentes afectados hasta el 30 de noviembre de 2020 para hacer otros arreglos pertinentes como esta descrito en Treas. Reg. § 301.7508A-1 (c) (1) y Procedimientos Tributarios (Rev. Pro) 2018-58, 2018-50, IRB 990 (10 de diciembre del 2018), que tenía fecha límite en o después del 29 de julio del 2020 y antes del 30 de noviembre de 2020. Esta ayuda también incluye a la declaración de la serie de formas 5500, que vencían en o después del 29 de julio del 2020 y antes del 30 de noviembre de 2020, como están descritas en la sección 8 del Procedimiento Tributario 2018-58 (Rev. Proc). El alivio descrito en la sección 17 del Procedimiento Tributario 2018-58, que se refiere al intercambio de propiedades similares o parecidas, también aplica a ciertos contribuyentes que no fueron afectados de otra manera y puede incluir acciones requeridas que deben ser efectuadas después o antes del período mencionado. A menos que una ordenanza lo enumere específicamente en el Procedimiento Tributario 2018-58 (Rev. Proc.), el aplazamiento para presentar y pagar no aplica a las declaraciones de información de las series W-2, 1094, 1095, 1097, 1098 o 1099; para los formularios 1042-S, 3921, 3922, 8025 u 8027; o para los depósitos de impuestos sobre la nómina y por artículos de uso y consumo. Sin embargo, las multas sobre los depósitos que vencían en o después del 29 de julio de 2020 y antes del 13 de agosto de 2020, se reducirán siempre y cuando los depósitos de impuestos se efectuaron el 13 de agosto de 2020. Pérdidas fortuitas Los contribuyentes afectados en una zona de desastre declarada por el gobierno federal tienen la opción de reclamar pérdidas fortuitas relacionadas al desastre en su declaración de impuestos de este año cuando ocurrió el evento o en la del año pasado. Para más detalles vea la Publicación 547 (SP). Los contribuyentes pueden tomar las pérdidas personales no cubiertas por seguro u otros reembolsos. Para más detalles vea el Formulario 4684, Víctimas y Robos (en inglés) PDF y sus instrucciones (en inglés) PDF Los contribuyentes afectados que reclamen sus pérdidas en sus declaraciones de los años 2019 o 2020 deberán escribir con tinta roja la designación de desastre "Estado Libre Asociado de Puerto Rico, tormenta tropical Isaías" en la parte superior de su declaración para que el IRS acelere el proceso del reembolso. Asegúrese de agregar el número de declaración de desastre FEMA 4560 en cualquier declaración. Para más detalles consulte la Publicación 547 (SP), Hechos Fortuitos, Desastres, y Robos. Alivio adicional El IRS anulará las cuotas de usuario y acelerará peticiones de copias de declaraciones previas para contribuyentes afectados. Los contribuyentes deberán escribir con tinta roja la designación de desastre "Estado Libre Asociado de Puerto Rico, tormenta tropical Isaías" en la parte superior del Formulario 4506, Petición de Copia de Declaración de Impuestos (en inglés) PDF, o Formulario 4506-T, Petición de Copia de Transcripción de la Declaración de Impuestos (en inglés) PDF, según corresponda y enviarla al IRS. Los contribuyentes afectados que reciben una llamada el IRS con un asunto de acción de cobro o auditoria deberán explicar cómo les afectó el desastre para que se le proporcione la consideración apropiada a su caso. Los contribuyentes pueden bajar los formularios y publicaciones (en inglés) de la página oficial del IRS en irs.gov.