Preguntas frecuentes sobre Planes de Pagos con Débito Directo

Aviso: Contenido Histórico


Este es un documento de archivo o histórico y puede no reflejar la ley, las políticas o los procedimientos actuales.

Para ayudar a las personas que enfrentan los retos de los asuntos relacionados a COVID-19, el IRS a través de la Iniciativa de Personas Primero, temporalmente ajustará y suspenderá programas claves de acciones de cumplimiento.

Para los contribuyentes bajo un plan de pago existente, los pagos que vencen entre el 1ro de abril y el 15 de julio se suspenden. Los contribuyentes que actualmente no pueden cumplir con los términos de un plan de pago a plazos, que incluye un plan de Pago Directo, pueden suspender los pagos durante este período, si lo prefieren. A los contribuyentes no se les considerará como en incumplimiento de sus acuerdos si deciden suspender algunos o todos los pagos durante este periodo. De acuerdo con la ley, los intereses seguirán acumulando a los saldos no pagados.

Q. ¿Durante el período de suspensión seguirán deduciendo de mi cuenta bancaria los pagos del Acuerdo de Pago Directo de Debito (DDIAs, por sus siglas en inglés)

R. Si. El IRS continuara con el retiro de pagos de débito de su cuenta bancaria durante el período de suspensión.  Sin embargo, las personas que no puedan cumplir con los términos del Acuerdo de Pagos Directo de Debito pueden pausar esos pagos durante este período. Los acuerdos de pagos no serán marcados por incumplimiento de pago durante el período de suspensión que permanecerá hasta el 15 de julio de 2020.

Q. ¿De ser necesario, cual es la mejor manera de suspender los pagos de débito directo para un Acuerdo de Pago a Plazos?

R. Los contribuyentes deben contactar a su banco directamente para detener los pagos si prefieren suspender los pagos de débito directo durante el período de suspensión. Los bancos están requeridos a cumplir con las solicitudes de los contribuyentes para detener los pagos recurrentes dentro de un plazo especifico.

Los siguientes recursos bridan información sobre como trabajar con el banco para suspender los pagos.

El IRS puede suspender ciertos pagos de los Acuerdos de Pago Directo de Debito a petición del El IRS puede suspender ciertos pagos únicos de DDIA a pedido, pero debido a interrupciones causadas por problemas con COVID-19, puede ser difícil comunicarse con un asistente. Tenga en cuenta que si se suspenden los pagos, para evitar un posible incumplimiento del acuerdo una vez que el período de suspensión expire el 15 de julio de 2020, los contribuyentes deben informar a su banco para permitir que los débitos se reanuden al menos dos semanas antes de que venza su próximo pago.