Actualizado: 30 de diciembre de 2021 IR-2021-254SP, 22 de diciembre de 2021 WASHINGTON — Las víctimas del huracán Ida en seis estados ahora tienen hasta el 15 de febrero de 2022, fecha extendida desde el 3 de enero, para presentar varias declaraciones de impuestos individuales y comerciales y realizar pagos de impuestos, anunció hoy el Servicio de Impuestos Internos. El alivio actualizado incluye todos los estados de Luisiana y Mississippi, así como partes de Nueva York, Nueva Jersey, Connecticut y Pensilvania. La lista actual de localidades elegibles siempre está disponible en la sección Alrededor de la nación de la página de Alivio en situaciones de desastre en IRS.gov. El alivio actualizado pospone varios plazos de presentación y pago de impuestos que ocurrieron a partir de fechas que varían según el estado: 26 de agosto de 2021 para Luisiana, 28 de agosto de 2021 para Mississippi, 31 de agosto de 2021 para Pensilvania y 1ro de septiembre para Nueva York, Nueva Jersey y Connecticut. Como resultado, las personas y empresas afectadas tendrán hasta el 15 de febrero de 2022 para presentar declaraciones y pagar los impuestos que debían originalmente durante este período. Esto significa que las personas que tenían una extensión válida para presentar su declaración de 2020 que se agotó el 15 de octubre de 2021, ahora tendrán hasta el 15 de febrero de 2022 para presentarla. Sin embargo, el IRS señaló que debido a que los pagos de impuestos relacionados con estas declaraciones de 2020 vencían el 17 de mayo de 2021, esos pagos no son elegibles para este alivio. La fecha límite extendida del 15 de febrero también se aplica a los pagos de impuestos estimados trimestrales que vencen el 15 de septiembre de 2021 y el 18 de enero de 2022. La fecha límite del 15 de febrero también se aplica a las declaraciones trimestrales de impuestos sobre nómina e impuestos de uso y consumo que normalmente vencen el 1ro de noviembre de 2021 y el 31 de enero de 2022. Las empresas con una fecha de vencimiento original o extendida también tienen el tiempo adicional que incluye, entre otros, sociedades y corporaciones S de año calendario cuyas extensiones de 2020 vencieron el 15 de septiembre de 2021 y corporaciones de año calendario cuyas extensiones de 2020 vencieron el 15 de octubre de 2021. También se aplica a las organizaciones exentas de impuestos de año calendario cuyas extensiones de 2020 vencieron el 15 de noviembre de 2021. La página de Ayuda y alivio por emergencia en casos de desastre para las personas y los negocios del IRS tiene detalles acerca de otras declaraciones, pagos y acciones relacionadas con los impuestos que califican para el tiempo adicional. El IRS proporciona automáticamente alivio de impuestos y multas a cualquier contribuyente con una dirección de registro del IRS ubicada en el área del desastre. Por lo tanto, los contribuyentes no necesitan comunicarse con la agencia para obtener este alivio. Sin embargo, si un contribuyente afectado recibe un aviso de multa por presentación o pago tardío del IRS que tiene una fecha de vencimiento de presentación, pago o depósito original o extendida dentro del período de aplazamiento, el contribuyente debe llamar al número que figura en el aviso para que se le perdone la multa. Además, el IRS trabajará con cualquier contribuyente que viva fuera del área del desastre, pero cuyos archivos necesarios para cumplir con una fecha límite que ocurra durante el período de aplazamiento estén ubicados en el área afectada. Los contribuyentes que califiquen para recibir ayuda y que vivan fuera del área del desastre deben comunicarse con el IRS al 866-562-5227. Esto también incluye a los trabajadores que ayudan en las actividades de ayuda que están afiliados a una organización gubernamental o filantrópica reconocida. Las personas y empresas en un área de desastre declarada por el gobierno federal que sufrieron pérdidas relacionadas con el desastre no aseguradas o no reembolsadas pueden optar por reclamarlas en la declaración del año en que ocurrió la pérdida (en este caso, la declaración de 2021 normalmente presentada el próximo año) o en la declaración para el año anterior (2020). Consulte la Publicación 547 para obtener más detalles. La ayuda tributaria es parte de una respuesta federal coordinada al daño causado por el huracán Ida y se basa en evaluaciones de daños locales de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA). Para obtener información acerca de la recuperación de desastres, visite DisasterAssistance.gov.