Consejo Tributario del IRS 2019-78SP, 18 de junio de 2019 Es posible que este año, ciertos contribuyentes recibirán una carta del IRS. Se llama Aviso CP 2000 del IRS. Proporciona información detallada acerca de problemas identificados por el IRS. Además, prrovee los pasos que los contribuyentes deben tomar para resolverlos. Aquí hay información acerca de estos avisos para ayudar a los contribuyentes a entender por qué recibieron uno y qué hacer cuando llegue: El IRS envía un aviso al contribuyente cuando la información de una declaración de impuestos no coincide con los datos reportados al IRS por bancos y otros terceros. Este aviso no es una notificación de auditoría formal. Simplemente es un aviso para ver si el contribuyente está de acuerdo o en desacuerdo con los cambios de impuestos propuestos. Los contribuyentes deben responder al Aviso CP2000. Generalmente, el contribuyente tiene 30 días después de la fecha impresa en el aviso para responder. El IRS provee un número de teléfono en cada aviso. Los asistentes telefónicos del IRS pueden explicar el aviso y lo deben hacer los contribuyentes para resolver cualquier problema. El IRS le enviará otro aviso al contribuyente si el contribuyente no responde al primer Aviso CP2000, o si la agencia no puede aceptar la información adicional proporcionada. Se llama Aviso CP3219A del IRS, Aviso regulatorio de deficiencia (en inglés). El Aviso CP3219A provee información detallada acerca de por qué el IRS propone un cambio de impuestos y cómo la agencia determinó el cambio. El aviso informa a los contribuyentes sobre su derecho a impugnar la decisión en el Tribunal Tributario si deciden hacerlo. Incluso si deciden no acudir al tribunal, el IRS continuará trabajando con el contribuyente para ayudar a resolver el problema. Más información: Entendiendo su aviso CP2000 (en inglés) Carta de Derechos del Contribuyente Videos de YouTube del IRS: Carta CP2000 del IRS Cambios propuestos a su declaración de impuestos Carta CP3219A del IRS: Aviso reglamentario de deficiencia Suscríbase a los Consejos Tributarios del IRS