Consejo Tributario del IRS 2021-106SP, 22 de julio de 2021 A medida que se acerca un nuevo año escolar, los estudiantes consideran qué clases necesitan tomar y cuánto costarán. Ya sea una universidad comunitaria, una escuela vocacional, una universidad de cuatro años o un título posgrado, la educación superior es costosa. La buena noticia es que los créditos tributarios pueden ayudar a compensar estos costos. Estos créditos reducen la cantidad de impuestos que alguien debe. Si el crédito reduce a cero la cantidad de impuestos adeudados, el contribuyente podría incluso recibir un reembolso. Los contribuyentes que pagan por educación superior en 2021 pueden ver ahorros tributarios cuando presentan su declaración de impuestos el próximo año. Si los contribuyentes, sus cónyuges o sus dependientes toman cursos universitarios, pueden ser elegibles para un beneficio tributario. Hay dos créditos disponibles para ayudar a los contribuyentes a compensar los costos de la educación superior. El Crédito Tributario de la Oportunidad Americana (en inglés) y el Crédito Perpetuo de Aprendizaje (en inglés). Los contribuyentes pueden reclamar los créditos en el Formulario 8863, Créditos de educación (en inglés). Estas son algunas cosas importantes que los contribuyentes deben saber acerca de cada uno de estos créditos: El Crédito Tributario de la Oportunidad Americana Provee un beneficio máximo de hasta $2,500 por estudiante elegible Sólo durante los primeros cuatro años en una universidad elegible o escuela vocacional Para estudiantes que buscan un título u otra credencial reconocida de educación El crédito es parcialmente reembolsable. Las personas pueden recibir hasta $1,000 más en sus reembolsos. El Crédito Perpetuo de Aprendizaje: Provee un beneficio máximo de hasta $2,000 por declaración de impuestos, por año, sin importar cuántos estudiantes califiquen Disponible para todos los años de educación postsecundaria y para cursos para adquirir o mejorar destrezas laborales Disponible para un número indefinido de años tributarios Para ser elegible para reclamar cualquiera de ambos créditos, un contribuyente o un dependiente debe haber recibido un Formulario 1098-T de una institución educativa elegible. Hay excepciones para algunos estudiantes. Los contribuyentes pueden usar la herramienta Asistente Tributario Interactivo (en inglés) en IRS.gov para ver si son elegibles para estos créditos. Más información: Comparar los créditos educativos (en inglés) Publicación 970, Beneficios tributarios de educación (en inglés) Suscríbase a los Consejos Tributarios del IRS