Cinco Datos Sobre los Beneficios de Desempleo

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Consejo Tributario del IRS 2014-25SP, 4 de marzo de 2014

Si usted pierde su trabajo o lo despide su empleador, podría calificar para recibir beneficios de desempleo. Los pagos le podrían llegar como un alivio cuando más lo necesita pero tome en cuenta que estos beneficios están sujetos al impuesto federal.

Aquí le presentamos cinco datos importantes del IRS sobre la compensación por desempleo:

  1. Usted debe incluir toda la compensación por desempleo que recibió en el año como un ingreso. Debería recibir un Formulario 1099-G, Ciertos Pagos de Gobierno (en inglés). Este formulario mostrará el monto de lo que se le pagó y cualquier cantidad de impuestos federales retenidos.
  1. Hay varios tipos de compensación por desempleo. Generalmente incluyen cualquier cantidad que haya recibido bajos las leyes federales o del estado. Para más información sobre los distintos tipos de compensación, vea la Publicación 525, Ingreso tasable y no tasable (en inglés).
  1. Debe incluir como ingreso los beneficios que se le hayan pagado por parte de un sindicato. Hay diferentes reglas que aplican si usted contribuye a un fondo especial de un sindicato y esas contribuciones no son deducibles. En ese caso, solamente se incluya como ingreso cualquier cantidad recibida que sobrepase al monto que contribuyó.
  1. Puede optar por que le retengan el impuesto federal de su compensación por desempleo. Puede eligir esta opción, usando el Formulario W-4V, Petición para retención voluntaria (en inglés). Si opta por que no le hagan retención de impuestos, podría tener que hacer pagos estimados durante el año.
  1. Si está en viviendo momentos difíciles económicamente, debería visitar el sitio oficial IRS.gov "Que sucede si…" Para contribuyentes con problemas económicos aquí le explica las consecuencias tributarias de tales cosas como la pérdida de un trabajo. Por ejemplo, si sus ganancias disminuyen, usted podría calificar para algunos créditos tributarios, como el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC). Si debe impuestos federales y no puede pagar su cuenta, comuníquese con el IRS lo más pronto posible. En muchos casos, el IRS puede tomar medidas para ayudarle a mejorar su agobio financiero.

Para más información, vea la Publicación 17 (SP), El Impuesto Federal sobre los Ingresos, o la Publicación 525. Usted puede bajar estos libretos y el formulario W-4V en el sitio oficial IRS.gov. También puede ordenarlos llamando al 800-TAX-FORM (800-829-3676).

Recursos adicionales del IRS: