Empleadores pueden reclamar crédito tributario por proporcionar licencia familiar y médica pagada a empleados

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FS-2019-12SP, octubre de 2019

Los empleadores que brindan licencia familiar y médica pagada a sus empleados pueden reclamar un crédito para los años tributarios 2018 y 2019. El crédito del empleador para licencia familiar y médica pagada es un crédito comercial que se basa en un porcentaje de los salarios pagados a los empleados que califican mientras están en licencia familiar y médica (en inglés).

Para reclamar el crédito, los empleadores elegibles deben tener una política escrita que cumpla con ciertos requisitos, que incluyen:

  • Al menos dos semanas de licencia pagada para empleados a tiempo completo (prorrateados para empleados a tiempo parcial), y
  • La licencia pagada debe ser de al menos el 50 por ciento del salario que normalmente se paga al empleado.

El crédito generalmente es efectivo para los salarios pagados en los años tributables que comienzan después del 31 de diciembre de 2017 y antes del 1ro de enero de 2020. Los empleadores elegibles usan el Formulario Formulario 8994, Crédito del empleador para licencia familiar y médica pagada (en inglés), para calcular el crédito.

Empleados calificados

Un empleado calificado es cualquier empleado bajo la Ley de Normas Laborales Justas que ha estado empleado por el empleador durante un año o más y que, en el año anterior, no recibió una compensación de más de una cierta cantidad. Para el año tributario 2018 y 2019, la compensación del año anterior por parte del empleador al empleado debe haber sido de $72,000 o menos. Además, cualquier requisito de que un empleado trabaje 12 meses consecutivos o un número mínimo de horas para ser un empleado calificado no se consideraría un método razonable para determinar si un empleado ha estado empleado durante un año.

Licencia familiar y médica

La licencia y médica es para uno o más de los siguientes:

  • Nacimiento del hijo de un empleado y para su cuido;
  • Colocación de un niño con el empleado para adopción o cuidado temporal;
  • Para cuidar al cónyuge, hijo o padre del empleado que tiene una condición de salud grave;
  • Una condición de salud grave que impida que el empleado realice las funciones de su puesto;
  • Cualquier exigencia calificada debido a que el cónyuge, hijo o padre de un empleado esté en servicio activo cubierto (o haya sido notificado de una llamada inminente u orden de servicio activo cubierto) en las Fuerzas Armadas; y
  • Para cuidar a un miembro del servicio que es el cónyuge, hijo, padre o pariente del empleado.

La licencia de vacaciones pagada por el empleador, la licencia personal o la licencia médica o por enfermedad (que no sea la licencia específicamente designada para uno o más de los fines indicados anteriormente y que no se puede usar por razones distintas a la Ley de Licencia Familiar y Médica o por cualquier otro motivo) no se considera licencia familiar y médica. Además, los empleadores no pueden tomar en cuenta ninguna licencia pagada por un gobierno estatal o local o requerida por la ley estatal o local al determinar la cantidad de licencia familiar y médica pagada proporcionada por el empleador.

Los salarios pagados a un empleado calificado por un tercer pagador, como una compañía de seguros o una organización profesional de empleadores, por los servicios prestados a un empleador elegible se consideran salarios para fines del crédito. Pero, solo el empleador elegible, no el tercero pagador, puede tener en cuenta estos salarios al calcular el crédito.

Cálculo de crédito

El crédito es un porcentaje del monto de los salarios pagados a un empleado calificado mientras está en licencia familiar y médica por hasta 12 semanas por año contributivo. El porcentaje aplicable es igual a 12.5% y aumenta en 0.25% por cada punto porcentual por el cual el monto pagado a un empleado calificado excede el 50% del salario del empleado. El porcentaje máximo aplicable es del 25%. En ciertos casos, se puede aplicar un límite adicional.

Un empleador no puede deducir sueldos o salarios pagados o incurridos iguales a la cantidad reclamada como crédito. Además, el empleador no puede usar los salarios que se tienen en cuenta para determinar otros créditos comerciales al calcular este crédito.

Cuando reclamar el crédito

Un empleador puede reclamar el crédito solo por licencia tomada después de que la política escrita de la licencia esté vigente. La política escrita se considera vigente en la fecha posterior a la fecha de adopción de la política o la fecha de vigencia de la política. Se aplica una regla de transición para el primer año contributivo de un empleador que comience después del 31 de diciembre de 2017.

Consulte el Aviso 2018-71 (en inglés) PDF y las Preguntas frecuentes en IRS.gov para obtener más información acerca de la regla de transición.

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