Los ganaderos y agricultores afectados por la sequía en 48 estados y Puerto Rico tienen más tiempo para reemplazar el ganado

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IR-2015-110SP, 29 de septiembre de 2015

WASHINGTON — Los agricultores y ganaderos que anteriormente se vieron obligados a vender su ganado debido a la sequía, la cual actualmente está afectando una gran parte del país, tienen un amplio periodo adicional para reemplazar el ganado y diferir el impuesto sobre las ganancias de las ventas forzadas, anunció hoy el Servicio de Impuestos Internos (IRS).

Los agricultores y ganaderos que, debido a la sequía, venden más ganado de lo que normalmente hubiesen vendido, pueden diferir el impuesto sobre las ganancias adicionales de las ventas. Para calificar, el ganado generalmente debe ser sustituido en un período de cuatro años. El IRS tiene la autorización de ampliar este plazo si la sequía continúa.

La prórroga de un año del período de reemplazo que se anunció hoy, generalmente se aplica a las ganancias de capital realizadas por los agricultores y ganaderos elegibles sobre la venta de animales usados ​​para las faenas del campo, de ordeña o sementales debido a la sequía. Las ventas de otro tipo de ganado, como animales criados para matanza o reservados para propósitos de deporte, así como las aves de corral no son elegibles. 

El IRS está ofreciendo este alivio a cualquier granja ubicada en un condado, subdivisión de condado, ciudad, municipio, área o distrito reconocido por el censo y declarado por el Centro Nacional de Mitigación de Sequía (National Drought  Mitigation Center, (NDMC, por sus siglas en inglés) durante cualquier periodo semanal entre el 1ro de septiembre de 2014 y el 31 de agosto de 2015. Todos o parte de los 48 estados están en la lista. Cualquier condado contiguo a un condado reconocido por el NDMC también califica para el alivio. 

Como resultado, los agricultores y ganaderos de estas zonas cuyo período de venta de reemplazo por sequía debería caducar a finales de este año tributario, el 31 de diciembre de 2015, en la mayoría de los casos, ahora tendrán hasta el final del siguiente año tributario. Debido a que el plazo normal de venta de reemplazo por sequía es de cuatro años, esta prórroga inmediatamente afecta las ventas por sequía del año 2011. Sin embargo, previas extensiones de tiempo que se concedieron por otras sequías que afectaron algunas de estas localidades, los períodos de reemplazo para algunas ventas por sequía antes del 2011 también son afectadas. Prórrogas adicionales se concederán si persisten condiciones severas por la sequía.

Los detalles sobre este alivio, incluyendo una lista de los condados designados por NDMC, están disponibles en el Aviso 2015-69 PDF, publicado hoy en IRS.gov. Los detalles sobre cómo reportar ventas por sequía y otros temas de impuestos relacionados con las granjas, se pueden encontrar en la Publicación 225, (en inglés) Farmer’s Tax Guide,  disponible en el sitio web del IRS.