Agricultores y ganaderos afectados por sequía tienen tiempo adicional para vender ganado

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Consejo Tributario del IRS 2019-163SP, 20 de noviembre de 2019

La sequía puede ser devastadora para los agricultores y ganaderos. Aquellos que se vieron obligados a vender ganado debido a la sequía pueden obtener tiempo adicional para reemplazarlo. También pueden tener más tiempo para diferir impuestos sobre cualquier ganancia de las ventas forzadas.

Aquí hay algunos datos para ayudar a los agricultores a entender cómo funciona el aplazamiento y si son elegibles.

  • La extensión de un año otorga a los agricultores y ganaderos elegibles hasta el final del año tributario después del primer año libre de sequía para reemplazar el ganado vendido.
     
  • El agricultor o ganadero debe estar en una región aplicable. Una región aplicable es un condado designado como elegible para asistencia federal, así como condados contiguos a ese condado.
     
  • El condado, ciudad o distrito del agricultor incluido en la región correspondiente debe estar catalogado por el Centro Nacional de Mitigación de la Sequía (en inglés) en condiciones excepcionales, extremas o severas. Se enumeran todos o parte de 32 estados, además de Guam, las Islas Vírgenes de los EE. UU., Puerto Rico y las Islas Marianas del Norte. La lista de regiones aplicables se encuentra en el Aviso 2019-54 (en inglés) PDF en IRS.gov.
     
  • La ayuda se aplica a los agricultores afectados por la sequía que ocurrió entre el 1ro de septiembre de 2018 y el 31 de agosto de 2019.
     
  • Este alivio generalmente se aplica a las ganancias de capital en las ventas de ganado para fines de tiro, lechería o cría.
     
  • Las ventas de otros animales, como los criados para el sacrificio o con fines deportivos, o las aves de corral no son elegibles.
     
  • Para calificar, las ventas deben deberse únicamente a sequías, inundaciones u otras condiciones climáticas severas que hacen que la región sea designada como elegible para asistencia federal.
     
  • Los agricultores generalmente deben reemplazar el ganado dentro de un período de cuatro años, en lugar del período habitual de dos años.
     
  • Debido a que el período normal de reemplazo de la venta por sequía es de cuatro años, esta extensión afecta inmediatamente las ventas por sequía que ocurrieron durante 2015. Sin embargo, debido a extensiones anteriores relacionadas con la sequía que afectan algunas de estas áreas, los períodos de reemplazo de algunas ventas por sequía antes de 2015 también se ven afectados.
     
  • Los detalles, incluido un ejemplo de cómo funciona esta disposición, se pueden encontrar en el Aviso 2006-82 (en inglés) PDF en IRS.gov.

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