IR-2011-42SP, 12 de abril de 2011 WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos (IRS) recordó hoy a los contribuyentes que aún no han presentado sus declaraciones de impuestos que las declaraciones individuales y pagos del 2010 vencen el próximo Lunes, 18 de abril de 2011. Hay varias opciones de pago disponibles para los contribuyentes que tienen un saldo a pagar. Los pagos pueden hacerse por: Retiros Electrónicos de Fondos Tarjeta de Crédito o Debito Sistema Electrónico de Pago de Impuestos Federales o Cheque o Giro Postal La información detallada de cada uno de estos tipos de pago se puede encontrar en IRS.gov Página Principal de Opciones de Pago Electrónico. (en inglés) Algunos contribuyentes que detallan sus deducciones pueden ser elegibles para reclamar como deducción detallada miscelánea la comisión por transacción para pagar impuestos individuales por tarjeta de crédito o débito. Los contribuyentes que pagan con cheque o giro postal deben hacer el pago a "United States Treasury." Deben incluir en el cheque o giro postal, el año fiscal, número de formulario y número de Seguro Social. También deben incluir el Formulario 1040-V, Comprobante de Pago, junto con el pago y la declaración de impuestos. Si ya ha presentado su declaración de impuestos, pero aún tiene que pagar todo o parte del saldo, usted puede enviar el cheque o giro postal al IRS con el Formulario 1040-V. Para los miembros de las fuerzas armadas (en inglés) y otros que sirven en zonas de combate, la presentación y plazo de pago normalmente se extiende hasta después de por lo menos 180 días después que el miembro del servicio sale de la zona de combate, así que la fecha límite del18 de abril para presentar y pagar no se aplica. Si usted es elegible, usted recibe el tiempo adicional sin tener que pedirlo. Evite Multas e Intereses Si usted tiene un saldo que pagar, es importante pagar su factura de impuestos para el 18 de abril para evitar multas e intereses. Pero incluso si usted no puede pagar su cuenta por completo, pague lo más que pueda para reducir las multas e intereses. Acuerdos de Plazo de Pago Para aquellos contribuyentes que no pueden pagar su totalidad para el 18 de abril, un acuerdo de pago puede ser apropiado. Hay varias opciones disponibles para programar un acuerdo de pago con el IRS: La mayoría de las personas pueden establecer un acuerdo de pago en línea en cuestión de minutos. Los que deben $25,000 o menos en impuesto combinado, multas e intereses califican para usar el Acuerdo de Pago en Línea (OPA, por sus siglas en inglés). Puede elegir esta opción incluso si usted no ha recibido todavía una factura o notificación del IRS. Presente el Formulario 9465 PDF (PDF), Solicitud de Acuerdo a Plazos. Este formulario puede ser presentado electrónicamente, junto con su declaración o bajándolo de IRS.gov y enviándolo por correo junto con su declaración en papel. Si usted ha recibido una factura de impuestos, envíe su formulario completo a la dirección en su factura. Llame al número que aparece en la factura o notificación que recibió del IRS. Asegúrese de tener la factura o nota a la mano junto con su número de Seguro Social. Ofertas en Compromiso El IRS ha ampliado recientemente el programa de Ofertas en Compromiso (en inglés), que ahora cubre a los contribuyentes con ingresos anuales de hasta $100,000 y hasta $50,000 en responsabilidad de impuestos. Una oferta en compromiso es un acuerdo entre un contribuyente y el IRS que liquida la responsabilidad de impuestos de los contribuyentes por menos de la cantidad total adeudada. Está sujeto a la aceptación sobre la base de los requisitos legales. En general, el IRS no aceptará una oferta si considera que la responsabilidad puede ser pagada en su totalidad como un monto o por medio de un acuerdo de pago. Antes de la aprobación, el IRS examina los ingresos y recursos del contribuyente para entonces determinar la capacidad de este para pagar.