Ley de Estímulo Económico de 2008 Provee Beneficios Tributarios a Negocios

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IR-2008-22SP, 21 de febrero de 2008

WASHINGTON — Además de proveer pagos de estímulo a individuos, la Ley de Estímulo Económico de 2008, provee incentivos a los negocios.  Estos incentivos incluyen una concesión especial de 50 por ciento de depreciación para compras efectuadas en 2008 y un aumento en el límite de gastos empresariales para los años tributarios empezando en 2008.

Concesión Especial de 50 Por Ciento de Depreciación

La depreciación es una deducción de impuestos por ingresos que permite al contribuyente recuperar el costo u otras bases de ciertas propiedades a lo largo de varios años.  Es una concesión anual por el uso y desgaste, deterioro y obsolescencia de la propiedad. 

Bajo la nueva ley, un contribuyente tiene derecho a depreciar el 50 por ciento de la base ajustada de ciertas propiedades calificadas en el año en que la propiedad es puesta en servicio.  Esto se asemeja a la concesión especial de depreciación que estaba disponible anteriormente para ciertas propiedades puestas en servicio generalmente antes del 1 de enero de 2005, referida a menudo como una “depreciación de gratificación”.  Para calificar para la concesión especial del 50 por ciento de depreciación bajo la nueva ley, la propiedad debe estar puesta en servicio después del 31 de diciembre de 2007, pero generalmente antes del 1 de enero de 2009.

El IRS está desarrollando una nueva versión del formulario de depreciación y amortización para mostrar la nueva concesión especial del 50 por ciento de depreciación, para contribuyentes que reportan según el año fiscal.  El nuevo formulario será denominado el Formulario 4562-FY 2007.

Gastos Empresariales de la Sección 179

Generalmente, un contribuyente calificado puede elegir tratar el costo de cierta propiedad como un gasto y deducirlo en el año que la propiedad es puesta en servicio en lugar de depreciarla durante un período de varios años.  A una de estas propiedades se le conoce a menudo como propiedad de la sección 179, por la sección correspondiente del Código de Impuestos Internos.

Bajo la nueva ley, un negocio que califique, podría tomar como gastos empresariales hasta $250,000 de propiedad de la sección 179 que sea comprada por el contribuyente en un año tributario empezando en 2008.  Si no estuviera en vigor esta ley, el límite de gastos empresariales para la propiedad de la sección 179 hubiera sido $128,000.  La cantidad de $250,000 provista bajo la nueva ley se reduce si el costo total de la propiedad de la sección 179 puesta en servicio por el contribuyente durante el año tributario excede $800,000.

La nueva ley no altera la limitación de la sección 179 impuesta para vehículos de todo terreno (SUVs) que tienen como límite de gastos $25,000.