Consejo Tributario del Cuidado de Salud, HC-TT-2014-18SP, 16 de septiembre de 2014 A partir de 2014, la disposición de la responsabilidad compartida de la Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio requiere a cada individuo: Mantener un nivel mínimo de cobertura de seguro médico – conocido como cobertura esencial mínima, o Calificar para una exención, o Efectuar un pago de la responsabilidad compartida individual al presentar sus declaraciones de impuestos federales por ingresos. La cobertura esencial mínima generalmente incluye programas patrocinados por el gobierno, cobertura de salud provista por el empleador, y cobertura comprada en el mercado individual, incluyendo el Mercado de Seguros de Salud. La mayoría de personas ya tienen cobertura de seguro médico que califica como cobertura esencial mínima y por lo tanto no tendrán que hacer un pago si mantienen su cobertura calificada. Sin embargo, por cada mes que usted o un miembro de su familia esté sin cobertura esencial mínima y no califique para una exención, usted necesitará hacer un pago individual de responsabilidad compartida. Si usted y sus dependientes tuvieron cobertura mínima esencial durante cada mes del 2014, usted marcará una casilla que así lo indique al presentar su declaración federal de impuestos por ingresos de 2014. Si usted califica para una exención, adjuntará un formulario a su declaración de impuestos para reclamar esa exención. Si usted tiene el requisito de realizar el pago de la responsabilidad compartida, calculará y efectuará el pago con su declaración. Si usted elige hacer un pago de la responsabilidad compartida individual en lugar de mantener una cobertura esencial mínima, esto significa que no tendrá cobertura de seguro médico para ayudar a pagar gastos médicos. En general, el pago de la responsabilidad compartida para el año 2014 es el monto mayor de: Uno por ciento de sus ingresos familiares que sobrepasan el umbral para declarar ingresos para su estado civil para fines de la declaración de impuestos, o Una cantidad fija en dólares de $95 por adulto y $47,50 por niño (menores de 18 años) en su familia, pero no más de $285 por familia. El pago de la responsabilidad compartida individual también tiene un límite tope al promedio nacional del costo de la prima para planes médicos de nivel bronce disponibles a través del Mercado que cubriría a todos aquellos en su familia que no tienen cobertura esencial mínima y no califican para una exención – por ejemplo, $12,240 para una familia de cinco. Sin embargo esta cuota máxima sólo afectará al pequeño grupo de contribuyentes de altos ingresos que opten por estar sin seguro médico. El monto del pago se basa en las circunstancias personales de cada individuo; pueden encontrarse ejemplos e información acerca de calcular el pago en nuestra página de cálculo de pago en IRS.gov/aca. Más información Averigüe más sobre las disposiciones tributarias de la Ley del Cuidado de Salud en IRS.gov/aca. Averigüe más sobre el Mercado de Seguros Médicos en CuidadoDeSalud.gov, o llamando al (800) 318-2596. Suscríbase a los Consejos Tributarios del IRS para recibir por email consejos fáciles de leer del IRS. CuidadoDeSalud.gov Obtenga más información acerca de la Ley del Cuidado de Salud a Bajo Precio del Departamento de Salud y Servicios Humanos. Visite CuidadoDeSalud.gov