Defensa Sistémica: Informe de un problema sistémico

Puede ayudar a abordar los problemas “generales“ en el IRS o en la ley tributaria informándolos a la Oficina de Defensa Sistémica del Servicio del Defensor del Contribuyente.

¿Conoce algún problema tributario que afecta a más de un contribuyente?

Los problemas sistémicos siempre impactan a múltiples contribuyentes. Estos afectan:

  • Los sistemas, políticas y procedimientos del IRS
  • Los derechos del contribuyente
  • La carga del contribuyente
  • El trato justo para los contribuyentes
  • Los servicios esenciales para los contribuyentes

Informe un problema sistémico (en inglés)

Este servicio se encuentra actualmente disponible en inglés y en español.

Cómo informar

Cuando quiera informarnos de algún problema, se le preguntará que describa brevemente la situación e incluya su dirección de correo electrónico.

No incluya información personal como su número de Seguro Social. La información recopilada es transmitida a través de un medio que no es seguro.

El propósito de recaudar la información que usted proporcione es para darle prioridad a los problemas sistémicos y que el Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) brinde recomendaciones al IRS.

Su información

Le pedimos su dirección de correo electrónico para responder a su envió o aclarar el problema.

Su información no será guardada, compartida, vendida o utilizada en ninguna circunstancia excepto las requeridas por la ley.

¿Qué sucede después?

After you report the issue:

  • Estará recibiendo un correo electrónico confirmando que la Oficina de Defensa Sistémica recibió su informe del problema.
  • Es posible que nos comuniquemos con usted si requerimos que nos aclare el problema o nos proporcione ejemplos.
  • Nosotros le compartiremos cómo hicimos uso de su información en nuestros esfuerzos de defensa.
  • Le informaremos del estado del problema una vez que esté cerrado.

Ley

Recaudamos la información que usted proporciono bajo la autoridad de la Carta de Derechos del Contribuyente (TBOR, por sus siglas en inglés), (Título 5, Sección 301 del Código de los Estados Unidos, el Título 26, Sección 7801 del Código de los Estados Unidos y la Sección 1211 de la Ley de Derecho Público 104-168). Esta ley fue creada por la Oficina del Defensor del Contribuyente para ayudar a los contribuyentes a resolver sus problemas ante el IRS.

La información que recaudamos puede ser divulgada como es permitido para usos rutinarios y publicada en el documento del Tesoro/IRS 00.003, Servicio del Defensor del Contribuyente y Sistema de Registro de Comentarios y Encuestas de los Clientes (en inglés).