- Instrucciones para el Formulario 944 - Material Introductorio
- Acontecimientos Futuros
- Qué Hay de Nuevo
- Los impuestos del Seguro Social y del Medicare para 2024.
- El crédito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados relacionados con el COVID-19 se limita a la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre de 2021, y ya no podrá ser reclamado en el Formulario 944.
- Recordatorios
- Crédito tributario sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas.
- Formularios 941-SS y 941-PR descontinuados después de 2023.
- Publicaciones 51, 80 y 179 descontinuadas después de 2023.
- Formularios en español.
- Crédito tributario sobre la nómina para ciertas organizaciones exentas de impuestos afectadas por desastres calificados.
- El crédito tributario por oportunidad de trabajo para organizaciones calificadas exentas de impuestos que contratan a veteranos calificados.
- Los empleadores pueden solicitar presentar los Formularios 941 trimestrales en lugar del Formulario 944.
- Corrección de un Formulario 944 presentado previamente.
- Los depósitos del impuesto federal tienen que efectuarse por transferencia electrónica de fondos (EFT).
- Opción de pago el mismo día por medio de una transferencia electrónica.
- Puntualidad de los depósitos del impuesto federal.
- Presentación y pago por medios electrónicos.
- Retiro electrónico de fondos (EFW).
- Pagos hechos con tarjetas de crédito o débito.
- Plan de pago en línea.
- Preparadores remunerados.
- Externalización de las obligaciones de nómina.
- ¿Dónde puede obtener ayuda por teléfono?
- Fotografías de niños desaparecidos.
- Instrucciones Generales
- Propósito del Formulario 944
- ¿Quién Tiene que Presentar el Formulario 944?
- ¿Cuándo Tiene que Presentar la Declaración?
- ¿Cómo Deberá Completar el Formulario 944?
- Número de identificación del empleador (
- Si cambia el nombre legal de su negocio, la dirección de su negocio o la parte responsable.
- Cómo Completar y Presentar el Formulario 944
- Aviso Requerido a Empleados sobre el Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC)
- Conciliación del Formulario 944 con el Formulario W-3
- ¿Adónde Deberá Enviar la Declaración?
- ¿Tiene que Depositar Sus Impuestos?
- ¿Qué Hay que Saber acerca de las Multas e Intereses?
- Instrucciones Específicas
- Parte 1: Conteste Estas Preguntas para Este Año
- 1. Salarios, Propinas y Otras Remuneraciones
- 2. Impuesto Federal sobre el Ingreso Retenido de Salarios, Propinas y Otras Remuneraciones
- 3. Si los Salarios, Propinas y Otras Remuneraciones No Están Sujetos a los Impuestos del Seguro Social o del Medicare...
- 4a a 4e. Salarios y Propinas Sujetos a los Impuestos del Seguro Social y del Medicare
- 5. Total de Impuestos antes de los Ajustes
- 6. Ajustes del Año Actual
- 7. Total de Impuestos Después de Considerar los Ajustes
- 8. Crédito Tributario sobre la Nómina de Pequeños Negocios Calificados por Aumentar las Actividades Investigativas
- 9. Total de Impuestos Después de los Ajustes y Créditos No Reembolsables
- 10. Total de Depósitos para este Año
- 11. Saldo Adeudado
- 12. Cantidad Pagada en Exceso
- Parte 2: Infórmenos sobre Su Itinerario de Depósitos y Obligación Tributaria para este Año
- Ajuste de la obligación tributaria para el crédito tributario sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas (línea 8).
- Parte 3: Infórmenos sobre Su Negocio
- Parte 4: ¿Podemos Comunicarnos con Su Tercero Autorizado?
- Parte 5: Firme Aquí (Funciones Aprobadas)
- • Empresa de un solo dueño:
- • Sociedad anónima (incluyendo una compañía de responsabilidad limitada (LLC, por sus siglas en inglés) que se trata como una sociedad anónima):
- • Sociedad colectiva (incluyendo una compañía de responsabilidad limitada (LLC) que se trata como una sociedad colectiva) u otra empresa no incorporada:
- • Compañía de responsabilidad limitada (LLC) de un solo socio que se trata como una entidad no considerada como separada de su dueño (disregarded entity) para propósitos del impuesto federal sobre los ingresos:
- • Fideicomiso o caudal hereditario:
- Método alternativo de firma.
- Para Uso Exclusivo del Preparador Remunerado
- Cómo Obtener Formularios, Instrucciones y Publicaciones del
- Parte 1: Conteste Estas Preguntas para Este Año
- Instrucciones para el Formulario 944 - Avisos
Instrucciones para el Formulario 944 (2024)
Declaración del Impuesto Federal ANUAL del Empleador
2024
Acontecimientos Futuros
Para obtener la información más reciente sobre los acontecimientos relacionados con el Formulario 944 y sus instrucciones, como legislación promulgada después de que éstos se hayan publicado, acceda a IRS.gov/Form944SP.
Para descargar, ver o imprimir formularios, instrucciones y publicaciones que están disponibles en español, acceda a IRS.gov/SpanishForms.
Qué Hay de Nuevo
Los impuestos del Seguro Social y del Medicare para 2024.
La tasa de impuestos del Seguro Social es el 6.2% para cada uno, el empleador y el empleado. El límite de la base salarial para la retención del impuesto del Seguro Social es $168,600.
La tasa del impuesto del Medicare es el 1.45% tanto para la parte del empleado como la del empleador, la misma tasa que correspondió para el año 2023. No hay límite sobre la cantidad de salarios sujetos al impuesto del Medicare.
Los impuestos del Seguro Social y del Medicare se aplican a los salarios de empleados domésticos a quienes usted les paga $2,700 o más en salarios en efectivo en el año 2024. Los impuestos del Seguro Social y del Medicare se aplican a los trabajadores electorales a los que se les paga $2,300 o más en efectivo u otra forma equivalente de compensación en el año 2024.
El crédito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados relacionados con el COVID-19 se limita a la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre de 2021, y ya no podrá ser reclamado en el Formulario 944.
Por lo general, el crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados promulgado conforme a la Families First Coronavirus Response Act (Ley de Familias Primero en Respuesta al Coronavirus o FFCRA, por sus siglas en inglés), y enmendado y extendido por la COVID related Tax Relief Act of 2020 (Ley de Alivio Tributario relacionado con el COVID de 2020), por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, y el crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados conforme a las secciones 3131, 3132 y 3133 del Código de Impuestos Internos, según promulgado conforme a la American Rescue Plan Act of 2021 (Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 o la Ley ARP, por sus siglas en inglés), por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, han vencido. Sin embargo, los empleadores que pagan salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados en 2024 por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre de 2021 reúnen los requisitos para reclamar un crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados en 2024. A partir de los períodos tributarios que comienzan después del 31 de diciembre de 2023, las líneas utilizadas para reclamar el crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados se han eliminado del Formulario 944 porque sería extremadamente raro que un empleador pague salarios en 2024 por la licencia por enfermedad y familiar calificada tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre de 2021. En cambio, si reúne los requisitos para reclamar el crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados porque pagó salarios en 2024 por un período de licencia aplicable anterior, presente el Formulario 944-X, Ajuste a la Declaración del Impuesto Federal ANUAL del Empleador o Reclamación de Reembolso, después de presentar el Formulario 944, para reclamar el crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados en 2024. El presentar un Formulario 944-X antes de presentar un Formulario 944 para el año puede resultar en errores o demoras en la tramitación de su Formulario 944-X.
Recordatorios
A menos que se indique lo contrario, las referencias en estas instrucciones al Formulario W-2 incluyen los Formularios W-2AS, W-2CM, W-2GU, W-2VI y 499R-2/W-2PR; las referencias al Formulario W-2c incluyen el Formulario 499R-2c/W-2cPR; las referencias al Formulario W-3 incluyen el Formulario W-3SS y el Formulario W-3 (PR); y las referencias al Formulario W-3c incluyen el Formulario W-3C (PR).
Crédito tributario sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas.
Para los años tributarios que comienzan antes del 1 de enero de 2023, un pequeño negocio calificado puede elegir reclamar hasta $250,000 dólares de su crédito por aumentar las actividades investigativas como un crédito tributario sobre la nómina. La Inflation Reduction Act of 2022 (Ley de Reducción de la Inflación de 2022 o IRA, por sus siglas en inglés) aumenta la cantidad de la elección a $500,000 para los años tributarios que comienzan después del 31 de diciembre de 2022. La elección del crédito tributario sobre la nómina se tiene que hacer en o antes de la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos originalmente presentada (incluyendo prórrogas). La parte del crédito utilizada contra los impuestos sobre la nómina se permite en el primer trimestre natural que comienza después de la fecha en que el pequeño negocio calificado presentó su declaración de impuestos sobre los ingresos. La elección y la determinación de la cantidad del crédito que se utilizará contra los impuestos sobre la nómina del empleador se hacen en el Formulario 6765, Credit for Increasing Research Activities (Crédito por aumentar las actividades investigativas). La cantidad del Formulario 6765 tiene que declararse en el Formulario 8974, Qualified Small Business Payroll Tax Credit for Increasing Research Activities (Crédito tributario sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas).
A partir del primer trimestre de 2023, el crédito tributario sobre la nómina se utiliza primero para reducir la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social hasta $250,000 por trimestre y todo crédito restante reduce la parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare para el trimestre. Todo crédito restante, después de reducir la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social y la parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare, luego se transfiere al próximo trimestre. El Formulario 8974 se utiliza para determinar la cantidad del crédito que se puede utilizar en el año actual. La cantidad de la línea 12 o, si corresponde, de la línea 17 del Formulario 8974 se declara en la línea 8. Para más información sobre el crédito tributario sobre la nómina, vea las Instrucciones para el Formulario 8974 y acceda a IRS.gov/ResearchPayrollTC. También vea Ajuste de la obligación tributaria para el crédito tributario sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas (línea 8), más adelante.
Formularios 941-SS y 941-PR descontinuados después de 2023.
El Formulario 941-SS, Employer’s QUARTERLY Federal Tax Return—American Samoa, Guam, the Commonwealth of the Northern Mariana Islands, and the U.S. Virgin Islands (Declaración del impuesto federal trimestral del empleador —la Samoa Estadounidense, Guam, la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte y las Islas Vírgenes Estadounidenses); y el Formulario 941-PR, Planilla para la Declaración Federal TRIMESTRAL del Patrono, fueron descontinuados después del cuarto trimestre de 2023. En su lugar, los empleadores de los territorios de los EE. UU. quienes no fueron notificados para presentar el Formulario 944 presentan el Formulario 941 o si prefieren el formulario y las instrucciones en español, pueden presentar el Formulario 941 (sp).
Publicaciones 51, 80 y 179 descontinuadas después de 2023.
La Publicación 51, Agricultural Employer’s Tax Guide (Guía tributaria para empleadores agropecuarios); la Publicación 80, Federal Tax Guide for Employers in the U.S. Virgin Islands, Guam, American Samoa, and the Commonwealth of the Northern Mariana Islands (Guía tributaria federal para empleadores en las Islas Vírgenes Estadounidenses, Guam, la Samoa Estadounidense y la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte); y la Publicación 179, Guía Contributiva Federal para Patronos Puertorriqueños, fueron descontinuados para los años tributarios que comienzan después del 31 de diciembre de 2023. En su lugar, la información específica para los empleadores agropecuarios y los empleadores de los territorios de los EE. UU. está incluida en la Publicación 15, comenzando con la Publicación 15 para uso en 2024. Para el año tributario 2024, hay una Publicación 15 (sp), Guía Tributaria para Empleadores, que es una versión en español de la Publicación 15.
Formularios en español.
Muchos de los formularios e instrucciones que se discuten en estas instrucciones tienen versiones en español disponibles para los empleadores y los empleados. Algunos ejemplos incluyen el Formulario 941 (sp), el Formulario 944 (sp), el Formulario SS-4 (sp), el Formulario W-4 (sp) y el Formulario W-9 (sp). Aunque estas instrucciones no hacen referencia a los formularios e instrucciones en español, en cada caso en que haya uno disponible, puede ver la Publicación 15 (sp) y acceder a IRS.gov para determinar si una versión en español está disponible.
Crédito tributario sobre la nómina para ciertas organizaciones exentas de impuestos afectadas por desastres calificados.
La sección 303(d) de la Taxpayer Certainty and Disaster Tax Relief Act of 2020 (Ley de Alivio Tributario en Casos de Desastre y Certeza para los Contribuyentes de 2020) permite un crédito tributario sobre la nómina para ciertas organizaciones exentas de impuestos afectadas por ciertos desastres calificados no relacionados con el COVID-19. Este crédito se reclama en el Formulario 5884-D, Employee Retention Credit for Certain Tax-Exempt Organizations Affected by Qualified Disasters (Crédito de retención de empleados para ciertas organizaciones exentas de impuestos afectadas por ciertos desastres calificados) (no en el Formulario 944). El Formulario 5884-D se presenta después de que se haya presentado el Formulario 944 en el año en el cual se reclama el crédito. Para más información sobre este crédito, acceda a IRS.gov/Form5884D.
El crédito tributario por oportunidad de trabajo para organizaciones calificadas exentas de impuestos que contratan a veteranos calificados.
Las organizaciones calificadas exentas de impuestos que contratan veteranos desempleados que reúnen los requisitos pueden reclamar el crédito tributario por oportunidad de trabajo contra su impuesto sobre la nómina utilizando el Formulario 5884-C, Work Opportunity Credit for Qualified Tax-Exempt Organizations Hiring Qualified Veterans (Crédito por oportunidad de trabajo para organizaciones exentas de impuestos calificadas que contratan a veteranos calificados). Para más información, acceda a IRS.gov/WOTC y pulse sobre Español.
Los empleadores pueden solicitar presentar los Formularios 941 trimestrales en lugar del Formulario 944.
Los empleadores a quienes normalmente se les requiere presentar el Formulario 944, que deseen presentar los Formulario 941 trimestrales en su lugar, tendrán que comunicarse con el IRS para solicitar la presentación de los Formularios 941 trimestrales y optar por no presentar el Formulario 944. Vea Solicitud para Presentar los Formularios 941 Trimestrales en Lugar del Formulario 944, más adelante.
Corrección de un Formulario 944 presentado previamente.
Si descubre un error en un Formulario 944 que presentó previamente, haga la corrección usando el Formulario 944-X. El Formulario 944-X se presenta por separado del Formulario 944. Para más información, vea las Instrucciones para el Formulario 944-X, el apartado 13 de la Publicación 15 o acceda a IRS.gov/CorrectingEmploymentTaxes y pulse sobre Español.
Los depósitos del impuesto federal tienen que efectuarse por transferencia electrónica de fondos (EFT).
Usted tiene que utilizar la transferencia electrónica de fondos (EFT, por sus siglas en inglés) para depositar todo impuesto federal. Por lo general, una EFT se realiza mediante el Electronic Federal Tax Payment System (Sistema de pago electrónico del impuesto federal o EFTPS, por sus siglas en inglés). Si usted no desea utilizar el EFTPS, puede hacer arreglos para que su profesional de impuestos, institución financiera, servicio de nóminas u otro tercero de confianza haga los depósitos electrónicamente de parte de usted. También puede hacer arreglos para que su institución financiera inicie una transferencia electrónica realizada el mismo día de pago de parte de usted. El EFTPS es un servicio gratuito provisto por el Departamento del Tesoro. Podría verse obligado a pagar un cargo por los servicios de un preparador profesional de impuestos, institución financiera, servicio de nómina u otro tercero.
Para más información sobre cómo hacer depósitos de los impuestos federales, vea el apartado 11 de la Publicación 15. Para obtener más información o para inscribirse en el EFTPS, acceda a EFTPS.gov o llame a uno de los siguientes números:
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800-555-4477
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800-244-4829 (español)
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303-967-5916 (llamada con cargos)
Información adicional sobre el EFTPS también está disponible en la Publicación 966, Sistema de Pago Electrónico del Impuesto Federal: La Manera Segura de Pagar los Impuestos Federales.
Para que un depósito efectuado por medio del EFTPS se considere hecho a su debido tiempo, tiene que transmitir el depósito a más tardar a las 8 p.m. horario del Este de los Estados Unidos el día anterior a la fecha de vencimiento para efectuar el depósito.
Opción de pago el mismo día por medio de una transferencia electrónica.
Si no transmite una transacción de depósito en el EFTPS para las 8:00 p.m. horario del Este de los Estados Unidos el día anterior a la fecha de vencimiento para efectuar un depósito, todavía puede efectuar a tiempo su depósito por medio del Federal Tax Collection Service (Servicio de recaudación del impuesto federal o FTCS, por sus siglas en inglés) para efectuar un pago el mismo día por medio de una transferencia electrónica. Para utilizar el método de pago efectuado el mismo día, tendrá que hacer los trámites con su institución financiera con anticipación. Consulte con su institución financiera con respecto a la disponibilidad, los plazos y el costo. Su institución financiera puede cobrar un cargo por los pagos efectuados de esta manera. Para obtener más detalles sobre la información que le necesita proveer a su institución financiera para poder efectuar un pago electrónico el mismo día, acceda a IRS.gov/SameDayWire y pulse sobre Español.
Puntualidad de los depósitos del impuesto federal.
Si se requiere que un depósito se efectúe en un día que no sea un día laborable, se considera que dicho depósito se hace a tiempo si se hace para el cierre de operaciones comerciales del siguiente día laborable. Un “día laborable” es todo día que no sea sábado, domingo o día de fiesta oficial. El término “día de fiesta oficial” para propósitos de efectuar los depósitos incluye sólo los días de fiesta oficiales en el Distrito de Columbia. Dichos días de fiesta oficiales se indican en el apartado 11 de la Publicación 15.
Presentación y pago por medios electrónicos.
Los negocios pueden disfrutar de los beneficios de presentar sus declaraciones de impuestos y pagar sus impuestos federales por medios electrónicos. No importa si depende de un preparador profesional de impuestos o si usted mismo se ocupa de completar su declaración de impuestos, el IRS ofrece programas convenientes y seguros para facilitar la presentación y el pago de los impuestos. Pase menos tiempo preocupándose de los impuestos y más tiempo dedicándose a la operación de su negocio. Use la presentación electrónica (e-file) y el EFTPS, según le convenga.
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Para e-file, acceda a IRS.gov/EmploymentEfile y pulse sobre Español para más información. Se le puede cobrar un cargo por presentar electrónicamente.
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Para el EFTPS, acceda a EFTPS.gov o llame al EFTPS a uno de los números proporcionados bajo Los depósitos del impuesto federal tienen que efectuarse por transferencia electrónica de fondos (EFT), anteriormente.
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Para la presentación por medios electrónicos del Formulario W-2, Wage and Tax Statement (Comprobante de salarios y retención de impuestos), acceda a SSA.gov/employer. Es posible que a usted se le requiera presentar los Formularios W-2 por medios electrónicos. Para más detalles, vea las Instrucciones Generales para los Formularios W-2 y W-3. Los Servicios de Empresas por Internet (BSO, por sus siglas en inglés) de la Administración del Seguro Social es un programa independiente del sistema de presentación electrónica del Gobierno de Puerto Rico. Los empleadores en Puerto Rico tienen que acceder a Hacienda.pr.gov para obtener más información.
Si usted presenta su declaración de impuestos o si paga sus impuestos federales por medios electrónicos, se requiere tener un número de identificación del empleador (EIN, por sus siglas en inglés) válido al momento en que se presenta la declaración o en que se efectúa el pago. Si no provee un EIN válido, ni la declaración ni el pago serán tramitados. Esta acción puede resultar en multas. Vea Número de identificación del empleador (EIN), más adelante, para más información sobre cómo solicitar un EIN.
Retiro electrónico de fondos (EFW).
Si presenta el Formulario 944 electrónicamente, puede presentar (e-file) y utilizar el electronic funds withdrawal (retiro electrónico de fondos o EFW, por sus siglas en inglés), para pagar el saldo adeudado en un solo paso, usando programas de computadora (software) para la preparación de declaraciones o por medio de un preparador profesional de impuestos. Sin embargo, no use el EFW para efectuar depósitos del impuesto federal. Para más información sobre el pago de los impuestos por medio del EFW, acceda a IRS.gov/EFW y pulse sobre Español.
Pagos hechos con tarjetas de crédito o débito.
Usted puede pagar la cantidad adeudada indicada en el Formulario 944 usando una tarjeta de crédito o débito. Su pago será procesado por un procesador de pagos quien cobrará un cargo por servicio. No use ninguna tarjeta de crédito o débito para hacer depósitos de impuestos federales. Para más información sobre cómo pagar sus impuestos con tarjetas de crédito o débito, acceda a IRS.gov/PagueConTarjeta.
Plan de pago en línea.
Usted puede que tenga derecho a solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si no puede pagar la cantidad total del impuesto adeudado al presentar su declaración. Para más información, vea ¿Qué pasa si usted no puede pagar en su totalidad?, más adelante.
Preparadores remunerados.
Si utiliza un preparador remunerado para completar el Formulario 944, el preparador remunerado tiene que completar y firmar la sección del formulario que le corresponde al preparador remunerado.
Externalización de las obligaciones de nómina.
Generalmente, como un empleador, usted es responsable de asegurarse que las declaraciones de impuestos se presenten y que los depósitos y pagos se efectúen, aun si usted contrata los servicios de un tercero para hacerlo. Usted sigue siendo el responsable aun si el tercero no cumple con la acción requerida. Antes de elegir por externalizar cualquier parte de su nómina y las obligaciones relacionadas con los impuestos (es decir, retención, declaración y pago de los impuestos del Seguro Social, del Medicare, del impuesto federal para el desempleo (FUTA, por sus siglas en inglés) y del impuesto sobre el ingreso) a un tercero pagador, tal como un proveedor de servicios de nómina o agente declarante, acceda a IRS.gov/OutsourcingPayrollDuties para información útil sobre este tema. Para más información sobre los diferentes tipos de arreglos de terceros pagadores, vea el apartado 16 titulado Third-Party Payer Arrangements (Arreglos de un tercero pagador) en la Publicación 15.
¿Dónde puede obtener ayuda por teléfono?
Para recibir respuestas a sus preguntas sobre cómo completar el Formulario 944, o las reglas para el depósito de los impuestos, llame al IRS a uno de los números indicados a continuación:
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800-829-4933 (Business and Specialty Tax Line (Línea para asuntos relacionados con los impuestos de negocios y los impuestos especiales)) o al 800-829-4059 (sistema TDD/TTY para personas que son sordas, que tienen dificultades auditivas o que tienen impedimentos del habla), de lunes a viernes, de 7:00 a.m. a 7:00 p.m., horario local (los contribuyentes que estén en Alaska y Hawái seguirán el horario del Pacífico; los empleadores en Puerto Rico reciben servicio de 8:00 a.m. a 8:00 p.m., horario local).
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267-941-1000 si se encuentra fuera de los Estados Unidos (llamada con cargos), de lunes a viernes, de 6:00 a.m. a 11:00 p.m., horario del Este.
Fotografías de niños desaparecidos.
El IRS se enorgullece de colaborar con el National Center for Missing & Exploited Children® (Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados o NCMEC, por sus siglas en inglés). Fotografías de niños desaparecidos que han sido seleccionadas por el Centro pueden aparecer en estas instrucciones en páginas que, de lo contrario, estarían en blanco. Usted puede ayudar a que estos niños regresen a sus hogares si, al mirar sus fotografías, los identifica y llama al 1-800-THE-LOST (1-800-843-5678).
Propósito del Formulario 944
El Formulario 944 está diseñado para que los empleadores de los negocios más pequeños (aquéllos cuya obligación tributaria anual correspondiente a los impuestos del Seguro Social, del Medicare y del impuesto federal sobre el ingreso retenido es de $1,000 o menos) presenten y paguen dichos impuestos sólo una vez al año en lugar de cada trimestre. Estas instrucciones le darán información de trasfondo sobre el Formulario 944. Le informan sobre quién tiene que presentar el Formulario 944, cómo completarlo línea por línea y cuándo y dónde presentarlo.
Si desea obtener información más a fondo sobre los impuestos sobre la nómina relacionados con el Formulario 944, vea la Publicación 15 y acceda a IRS.gov/EmploymentTaxes y pulse sobre Español.
La ley federal requiere que usted, como empleador, les retenga ciertos impuestos a los cheques de salario de sus empleados. Cada vez que paga salarios, tiene que retener —es decir, descontar de los cheques de salario de sus empleados— ciertas cantidades para pagar el impuesto federal sobre los ingresos, el impuesto del Seguro Social y el impuesto del Medicare. También tiene que retener el Impuesto Adicional del Medicare de los salarios en exceso de $200,000 que le paga a un empleado en un año natural. De acuerdo con el sistema de retención de impuestos, los impuestos retenidos de sus empleados se acreditan a sus empleados para el pago de sus obligaciones tributarias correspondientes.
Las referencias a la retención del impuesto federal sobre los ingresos no se aplican a los empleadores en la Samoa Estadounidense, Guam, la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI, por sus siglas en inglés), las Islas Vírgenes de los EE. UU. (USVI, por sus siglas en inglés) y Puerto Rico, a menos que tengan empleados que estén sujetos a la retención del impuesto sobre la nómina de los EE. UU. Comuníquese con su oficina de impuestos local para obtener información sobre la retención de impuestos sobre la nómina.
La ley federal también requiere que usted pague toda obligación resultante de los impuestos del Seguro Social y del Medicare correspondientes al empleador. No se les retiene esta parte del impuesto del Seguro Social ni la parte del impuesto del Medicare a los empleados.
Para más información sobre los impuestos sobre la nómina anual y los requisitos para el depósito de los impuestos, vea la Treasury Decision 9566 (Decisión del Tesoro 9566) en la página 389 del Internal Revenue Bulletin 2012-8 (Boletín de Impuestos Internos 2012-8), disponible en IRS.gov/irb/2012-08_IRB#TD-9566.
¿Quién Tiene que Presentar el Formulario 944?
Por regla general, si el IRS le ha informado que tiene que presentar el Formulario 944, tiene que entonces presentar el Formulario 944 en lugar de los Formularios 941 trimestrales para declarar las siguientes cantidades:
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Salarios que haya pagado.
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Propinas que sus empleados le hayan declarado a usted.
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Impuestos federales sobre el ingreso que haya retenido.
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Las partes correspondientes del empleador y del empleado de los impuestos del Seguro Social y del Medicare.
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Impuesto Adicional del Medicare retenido de los empleados.
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Ajustes del año actual a los impuestos del Seguro Social y del Medicare por fracciones de centavos, pagos por enfermedad, propinas y seguro de vida colectivo a término.
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Crédito tributario sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas.
Excepciones
Se aplican reglas especiales a algunos empleadores. Los siguientes empleadores no pueden presentar el Formulario 944:
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Empleadores de empleados domésticos. Si sólo emplea a empleados domésticos, no presente el Formulario 944. Para más información, vea la Publicación 926 y el Anexo H (Formulario 1040).
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Empleadores agropecuarios. Si sólo emplea a empleados agropecuarios, no presente el Formulario 944. Para más información, vea la Publicación 15 y el Formulario 943.
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Empleadores que son notificados por el IRS para presentar los Formularios 941 trimestrales. Esto incluye si usted solicitó y recibió confirmación por escrito del IRS de que su requisito de presentación fue cambiado del Formulario 944 al Formulario 941.
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Empleadores que no son notificados para presentar el Formulario 944. Si el IRS no le notifica que debe presentar el Formulario 944, no presente el Formulario 944. Si desea presentar el Formulario 944 en lugar de los Formularios 941 trimestrales, vea Solicitud para Presentar un Formulario 944 en 2025 en Lugar de los Formularios 941 Trimestrales, más adelante.
Si el IRS le notificó por escrito que presente el Formulario 944, tiene que presentar el Formulario 944 (y no los Formularios 941 trimestrales) aun si su obligación tributaria para 2024 excede de $1,000. Una vez que su obligación tributaria anual exceda de $1,000, el IRS le notificará que ya no es elegible para presentar el Formulario 944 y que tiene que presentar el Formulario 941 trimestralmente. Sin embargo, hasta que reciba la notificación, continúe presentando el Formulario 944 anualmente. Si no está seguro de su requisito de presentación de la declaración de impuestos, llame al 800-829-4933. Si se encuentra fuera de los Estados Unidos, llame al 267-941-1000 (llamada con cargos).
Solicitud para Presentar un Formulario 944 en 2025 en Lugar de los Formularios 941 Trimestrales
Si el IRS no le notifica que tiene que presentar el Formulario 944 para 2025 y anticipa que su obligación tributaria de los impuestos sobre la nómina será de $1,000 o menos para el año natural 2025 y desea presentar el Formulario 944 en lugar de los Formularios 941 trimestrales, usted puede comunicarse con el IRS para solicitar la presentación del Formulario 944 para 2025. Según las tasas de impuestos actuales, si paga $5,000 o menos por concepto de salarios sujetos a la retención de los impuestos del Seguro Social y del Medicare y el impuesto federal sobre el ingreso durante el año natural, por lo general, es probable que pague $1,000 o menos por concepto de los impuestos sobre la nómina. Para presentar el Formulario 944 correspondiente al año natural 2025, tiene que comunicarse con el IRS por teléfono llamando al 800-829-4933 (267-941-1000 (llamada con cargos) si se encuentra fuera de los Estados Unidos) entre el 1 de enero de 2025 y el 1 de abril de 2025, o enviar una solicitud por escrito en un sobre cuyo matasellos esté fechado entre el 1 de enero de 2025 y el 17 de marzo de 2025.
La dirección a la cual debe enviar su carta aparece bajo Solicitud para Presentar los Formularios 941 Trimestrales en Lugar del Formulario 944, más adelante. El IRS le enviará una notificación por escrito indicando que su requisito de presentación ha cambiado al Formulario 944. Si no recibe dicha notificación, tiene que presentar los Formularios 941 trimestrales para el año natural 2025.
Solicitud para Presentar los Formularios 941 Trimestrales en Lugar del Formulario 944
Tiene que presentar el Formulario 944 si el IRS le ha notificado que tiene que hacerlo, a menos que el IRS le notifique que presente los Formularios 941 trimestrales en su lugar, o se comunique con el IRS para solicitar la presentación de dichos formularios. Para solicitar dicha presentación de los Formularios 941 trimestrales para declarar sus impuestos del Seguro Social, del Medicare y del impuesto federal sobre los ingresos retenidos para el año natural 2025, comuníquese con el IRS llamando al 800-829-4933 (267-941-1000 (llamada con cargos) si se encuentra fuera de los Estados Unidos) entre el 1 de enero de 2025 y el 1 de abril de 2025, o envíe una solicitud por escrito en un sobre cuyo matasellos esté fechado entre el 1 de enero de 2025 y el 17 de marzo de 2025.
Dónde enviar las solicitudes por escrito.
Las solicitudes por escrito deben ser enviadas a:
Department of the Treasury | Department of the Treasury | |
Internal Revenue Service | o | Internal Revenue Service |
Ogden, UT 84201-0038 | Cincinnati, OH 45999-0038 |
Si enviara por correo su declaración presentada sin un pago a Ogden, como se indica en la sección ¿Adónde Deberá Enviar la Declaración?, más adelante, envíe su solicitud a la dirección de Ogden indicada anteriormente. Si enviara por correo su declaración presentada sin un pago a Kansas City, envíe su solicitud a la dirección de Cincinnati indicada anteriormente. Después de comunicarse con el IRS, el mismo le enviará una notificación por escrito que le confirma que se ha cambiado su requisito de presentación de la declaración de impuestos. Si no recibe dicha notificación, usted tiene que presentar el Formulario 944 para el año natural 2025. Para más información sobre estos procedimientos, vea el Revenue Procedure 2009-51 (Procedimiento Administrativo Tributario 2009-51). Puede encontrar dicho procedimiento en la página 625 del Internal Revenue Bulletin 2009-45 (Boletín de Impuestos Internos 2009-45) en IRS.gov/irb/2009-45_IRB#RP-2009-51.
¿Qué Pasa si Reorganiza o Cierra Su Negocio?
Si vende o transfiere su negocio en 2024, tanto usted como el nuevo dueño tienen que, cada uno, presentar el Formulario 944 o 941, cualquiera que le sea requerido, para el año en el cual se efectuó la transferencia. Declare únicamente los salarios que usted pagó.
Cuando se consolidan dos empresas, la empresa que continúa en vigor tiene que presentar una declaración para el año en el cual ocurrió la fusión y la otra empresa debe presentar una declaración final.
Cuando la clasificación de un negocio cambia a otra, tal como un dueño único de un negocio que se convierte en una sociedad colectiva (partnership) o en una sociedad anónima (corporation), se considera este tipo de cambio una transferencia. Si ocurre una transferencia, quizás necesite un nuevo EIN. Vea la Publicación 1635, Employer Identification Number: Understanding Your EIN (Número de identificación del empleador: Información para entender su EIN), y el apartado 1 de la Publicación 15 para más información.
Adjunte una declaración escrita que incluya todo lo siguiente:
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El nombre del nuevo dueño (o el nombre de la empresa nueva).
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Si la empresa actualmente es un negocio de un solo dueño (propietario único), sociedad colectiva (partnership) o sociedad anónima (corporation).
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La clase de cambio que se efectuó (venta o transferencia).
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La fecha en la cual se efectuó el cambio.
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El nombre del individuo que lleva los archivos de la nómina y la dirección donde se guardarán esos archivos.
Si cierra su negocio permanentemente o si deja de pagar salarios a sus empleados, tiene que presentar una declaración final. Para notificarle al IRS que el Formulario 944 para un año en particular va a ser su declaración final, marque el recuadro de la línea 14 del Formulario 944 y anote la última fecha en la cual pagó salarios. Además, adjunte a su declaración un documento donde indique el nombre del individuo que conserva los archivos de la nómina y la dirección donde se conservarán dichos archivos.
Si participó en una fusión estatutaria o consolidación, o si cumple con los requisitos para la clasificación de predecesor-sucesor debido a una adquisición, deberá, por lo general, presentar el Anexo D (Formulario 941), Report of Discrepancies Caused by Acquisitions, Statutory Mergers, or Consolidations (Informe de diferencias causadas por adquisiciones, fusiones estatutarias o consolidaciones). Vea las Instrucciones para el Anexo D (Formulario 941) a fin de determinar si debe presentar el Anexo D (Formulario 941) y cuándo debe presentarlo.
¿Cuándo Tiene que Presentar la Declaración?
Para el año 2024, presente el Formulario 944 a más tardar el 31 de enero de 2025. Sin embargo, si usted efectuó depósitos oportunamente para liquidar el saldo de su impuesto total adeudado para el año, puede presentar la declaración para el 10 de febrero de 2025.
Presente el Formulario 944 sólo una vez por cada año natural. Si presentó el Formulario 944 por medios electrónicos, no presente un Formulario 944 en papel. Para más información sobre la presentación del Formulario 944 por medios electrónicos, vea Presentación y pago por medios electrónicos, anteriormente.
Si recibimos su Formulario 944 después de la fecha de vencimiento, lo trataremos como presentado a tiempo si el sobre que contiene el Formulario 944 está debidamente rotulado con la dirección correcta, tiene suficiente franqueo y el matasellos del Servicio Postal de los EE. UU. está fechado a más tardar en la fecha de vencimiento o, si se envió por medio de un servicio de entrega privado (PDS, por sus siglas en inglés) aprobado por el IRS a más tardar en la fecha de vencimiento para la presentación de la declaración. Si no sigue estas pautas, generalmente consideraremos que el Formulario 944 fue presentado en la fecha en que de hecho se recibió. Para más información acerca de los PDS, vea ¿Adónde Deberá Enviar la Declaración?, más adelante.
¿Cómo Deberá Completar el Formulario 944?
Anote su EIN, nombre y dirección en los espacios provistos. También anote su nombre y su EIN en la parte superior de la página 2. No utilice su número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) ni su número de identificación personal del contribuyente (ITIN, por sus siglas en inglés). Por lo general, anotaría el nombre legal de su negocio que usó al solicitar su EIN. Por ejemplo, si es dueño único de su negocio, anote “Roberto Herrera” en la línea que dice Nombre y “Bicicletas Roberto” en la línea que dice Nombre comercial. Deje en blanco la línea Nombre comercial si este nombre es igual al de la línea Nombre.
Si utiliza un preparador de declaraciones de impuestos remunerado para completar el Formulario 944, asegúrese que el preparador utilice el nombre legal del negocio y el EIN correcto.
Número de identificación del empleador (EIN).
Para asegurar que los negocios cumplan con las leyes federales del impuesto, el IRS se ocupa de controlar la presentación de declaraciones y los pagos del impuesto mediante el uso de un sistema de números para identificar a los contribuyentes. El EIN es un número especial y singular que consta de nueve dígitos que el IRS les expide a todas las sociedades anónimas (corporations) y a todas las sociedades colectivas (partnerships), así como a algunos negocios de un solo dueño. Todo negocio que tenga que obtener un EIN tiene que solicitar este número y anotarlo en toda declaración de impuestos, pago o informe mientras esté en operación.
Su negocio deberá tener solamente un EIN. Si tiene más de un número y no está seguro del número que debe usar, escriba a la oficina del IRS donde suele presentar sus declaraciones de impuestos (utilizando la dirección Sin un pago que se encuentra bajo ¿Adónde Deberá Enviar la Declaración?, más adelante) o llame al IRS al 800-829-4933. Si se encuentra fuera de los Estados Unidos, llame al 267-941-1000 (llamada con cargos).
Si usted no tiene un EIN, puede solicitar uno en línea accediendo a IRS.gov/EIN y pulsando sobre Español. También puede solicitar un EIN enviando el Formulario SS-4 al IRS por fax o por correo. Si el negocio principal se creó o se organizó fuera de los Estados Unidos o fuera de los territorios de los EE. UU., usted también puede solicitar un EIN llamando al 267-941-1099 (llamada con cargos). Si usted ha solicitado un EIN pero no tiene su EIN para la fecha de vencimiento de la declaración, presente una declaración en papel y anote “Applied For” (Solicitado) y la fecha en que presentó la solicitud en el espacio correspondiente al número.
Si usted presenta su declaración de impuestos electrónicamente, un EIN válido se requiere en el momento de presentar su declaración. Si no provee un EIN válido, la declaración no será aceptada. Esto puede resultar en multas.
Asegúrese siempre que el EIN que aparezca en el formulario que usted presenta sea exactamente igual al EIN que el IRS le asignó a su negocio. No use su SSN o ITIN en ningún formulario que pida un EIN. Si usó un EIN (incluyendo un EIN de un dueño anterior) en el Formulario 944 que es diferente del EIN declarado en el Formulario W-3, vea Box h —Other EIN used this year (Casilla h —Otro EIN usado este año) en las Instrucciones Generales para los Formularios W-2 y W-3. En el Formulario W-3 (PR), se declara en la casilla f —Otro EIN usado este año. La presentación de un Formulario 944 con un EIN incorrecto o el uso de un EIN que pertenece a otro negocio puede resultar en multas y demoras en la tramitación de su declaración.
Si cambia el nombre legal de su negocio, la dirección de su negocio o la parte responsable.
Notifíquele al IRS inmediatamente si cambia el nombre legal de su negocio, la dirección de su negocio o la parte responsable.
-
Escriba a la oficina del IRS donde usted presenta sus declaraciones (utilizando la dirección Sin un pago que se encuentra bajo ¿Adónde Deberá Enviar la Declaración?, más adelante) para notificarle al IRS sobre todo cambio en el nombre legal del negocio. Vea la Publicación 1635 para saber si necesita solicitar un EIN nuevo.
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Complete y envíe por correo el Formulario 8822-B, Change of Address or Responsible Party — Business (Cambio de dirección o de persona responsable —Negocios) para notificarle al IRS sobre un cambio en la dirección de su negocio o parte responsable. No envíe el Formulario 8822-B junto con su Formulario 944. Si desea ver la definición de “parte responsable”, vea las Instrucciones para el Formulario SS-4.
Cómo Completar y Presentar el Formulario 944
Haga las anotaciones en el Formulario 944 tal como se indica a continuación para evitar problemas con su tramitación:
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Use letra de imprenta de fuente Courier de 12 puntos (si es posible) para cada anotación que escriba a máquina o con computadora para completar el Formulario 944. Los formularios en formato de documento portátil (PDF, por sus siglas en inglés) en IRS.gov tienen campos editables con especificaciones de fuentes aceptables.
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Omita el signo de dólares y puntos decimales. El uso de comas es opcional. Declare las cantidades en dólares a la izquierda del punto decimal que está impreso y los centavos a la derecha del punto. No redondee las cantidades a dólares enteros. Siempre anote la cantidad para los centavos, aun cuando éstos sean ceros.
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Deje en blanco todo espacio para anotar datos que tengan un valor de cero (excepto la línea 9).
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Anote las cantidades negativas con el signo de menos (si es posible). De otra manera, use paréntesis.
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Anote su nombre y su EIN en todas las páginas.
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Anote su nombre, su EIN, “Formulario 944” y el período tributario en todos los documentos que anexe.
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Engrape todas las hojas en la parte superior izquierda de la declaración al presentarla.
Complete ambas páginas.
Tiene que completar ambas páginas del Formulario 944 y firmar en lapágina 2. Si no lo hace, podrá causar demoras en la tramitación de su declaración.
Aviso Requerido a Empleados sobre el Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC)
Para notificar a los empleados sobre el crédito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés), usted tiene que proveer a los empleados, excepto a los empleados en la Samoa Estadounidense, Guam, Puerto Rico, La CNMI y las USVI, uno de los siguientes artículos:
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Un Formulario W-2 que tenga la información requerida sobre el EIC en la parte posterior de la Copia B.
-
Un Formulario W-2 sustitutivo con la misma información del EIC en la parte posterior de la copia del empleado, es decir, en la Copia B del Formulario W-2 del IRS.
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El Aviso 797, Possible Federal Tax Refund Due to the Earned Income Credit (EIC) (Posible reembolso de impuestos federales debido al crédito por ingreso del trabajo (EIC)).
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Su declaración escrita con la misma redacción que el Aviso 797.
Para más información, vea el apartado 10 de la Publicación 15, la Publicación 596 o IRS.gov/EIC y pulse sobre Español.
Conciliación del Formulario 944 con el Formulario W-3
El IRS concilia las cantidades declaradas en su Formulario 944 con las cantidades declaradas en los Formularios W-2 totalizadas en su Formulario W-3. Si las cantidades no concuerdan, es posible que el IRS o la Administración del Seguro Social (SSA) se comunique con usted. Las cantidades que se concilian son las siguientes:
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La retención de los impuestos federales, si corresponde.
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Salarios sujetos al impuesto del Seguro Social.
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Propinas sujetas al impuesto del Seguro Social.
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Salarios y propinas sujetos al impuesto del Medicare.
Para más información, vea el apartado 12 de la Publicación 15.
¿Adónde Deberá Enviar la Declaración?
Le exhortamos a presentar el Formulario 944 electrónicamente. Acceda a IRS.gov/EmploymentEfile y pulse sobre Español para más información sobre cómo presentar por medios electrónicos. Si usted presenta una declaración de impuestos en papel, la dirección a la cual enviará su declaración de impuestos depende de si se incluye o no un pago al presentar su Formulario 944. Envíe su declaración por correo a la dirección que aparece para su ubicación en la tabla a continuación.
Los servicios de entrega privados (PDS) no pueden entregar correspondencia a los apartados postales. Tiene que usar el Servicio Postal de los EE. UU. si envía correspondencia a una dirección que contiene un apartado postal. Acceda a IRS.gov/PDS para un listado actualizado de los PDS. Para la dirección postal del IRS, si usted está utilizando un PDS, acceda a IRS.gov/PDSstreetAddresses. Seleccione la dirección postal indicada en el sitio web que se encuentra en el mismo estado que la dirección a donde usted hubiese tenido que enviar las declaraciones presentadas sin un pago, según provista a continuación.
Si está en... | Sin un pago... | Con un pago... | |
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Connecticut Delaware District of Columbia Georgia Illinois Indiana Kentucky Maine Maryland Massachusetts Michigan New Hampshire |
New Jersey New York North Carolina Ohio Pennsylvania Rhode Island South Carolina Tennessee Vermont Virginia West Virginia Wisconsin |
Department of the Treasury Internal Revenue Service Kansas City, MO 64999-0044 |
Internal Revenue Service P.O. Box 806532 Cincinnati, OH 45280-6532 |
Alabama Alaska Arizona Arkansas California Colorado Florida Hawaii Idaho Iowa Kansas Louisiana Minnesota Mississippi |
Missouri Montana Nebraska Nevada New Mexico North Dakota Oklahoma Oregon South Dakota Texas Utah Washington Wyoming |
Department of the Treasury Internal Revenue Service Ogden, UT 84201-0044 |
Internal Revenue Service P.O. Box 932100 Louisville, KY 40293-2100 |
Si la ubicación legal de su residencia o lugar principal de negocio no es en ningún estado, incluyendo a los empleadores de la Samoa Estadounidense, Guam, la CNMI, las USVI y Puerto Rico | Internal Revenue Service P.O. Box 409101 Ogden, UT 84409 |
Internal Revenue Service P.O. Box 932100 Louisville, KY 40293-2100 |
|
Dirección especial para presentar por parte de las organizaciones exentas; entidades gubernamentales federales, estatales y locales; y entidades gubernamentales de tribus indígenas estadounidenses, sin tener en cuenta su ubicación | Department of the Treasury Internal Revenue Service Ogden, UT 84201-0044 |
Internal Revenue Service P.O. Box 932100 Louisville, KY 40293-2100 |
Su dirección para presentar la declaración puede haber cambiado de la que utilizó para declarar el impuesto sobre la nómina en años anteriores. No envíe el Formulario 944 ni ningún pago a la SSA.
¿Tiene que Depositar Sus Impuestos?
Si el total de sus impuestos después de considerar los ajustes y créditos no reembolsables (línea 9 del Formulario 944) son menos de $2,500 para el año, usted puede pagar los impuestos con su declaración. Para evitar una multa, debe pagar la cantidad adeudada en su totalidad y presentar la declaración a su debido tiempo. No tiene que hacer un depósito. No obstante, puede optar por hacer depósitos de dichos impuestos aun cuando su obligación tributaria sea menos de $2,500. Si su obligación tributaria para dichos impuestos es $2,500 o más, por lo general, se le requiere depositar estos impuestos en lugar de pagarlos cuando presenta su Formulario 944. Vea la tabla Requisitos para los Contribuyentes que Presentan el Formulario 944 que Tienen que Hacer Depósitos de Impuestos Federales a continuación. Si no deposita los impuestos cuando se le requiere hacerlo, puede estar sujeto a multas e intereses.
El límite de $2,500 por el cual se tienen que hacer los depósitos de impuestos federales es distinto a la cantidad de la obligación tributaria anual ($1,000 o menos) que permite al empleador cumplir con los requisitos para presentar el Formulario 944. Los contribuyentes que presentan el Formulario 944 y cuyos negocios crecen durante el año quizás podrían estar obligados a hacer depósitos de impuestos federales (vea la tabla a continuación), pero aún presentarán el Formulario 944 para el año.
Tabla . Requisitos para los Contribuyentes que Presentan el Formulario 944 que Tienen que Hacer Depósitos de Impuestos Federales
Si su obligación tributaria es: | Su requisito para hacer depósitos es: |
Menos de $2,500 para el año | No se requiere ningún depósito. Puede pagar los impuestos al presentar su declaración. Si no está seguro si su obligación tributaria para el año va a ser menos de $2,500, haga sus depósitos según las reglas de depósito, explicadas a continuación. |
$2,500 o más para el año, pero menos de $2,500 para el trimestre | Puede hacer sus depósitos para el último día del mes después del fin de un trimestre. Sin embargo, si su obligación tributaria para el cuarto trimestre es menos de $2,500, puede pagar la obligación tributaria para el cuarto trimestre al presentar su Formulario 944. |
$2,500 o más para el trimestre | Tiene que hacer depósitos mensuales o bisemanales, dependiendo de su itinerario de depósitos. Sin embargo, si usted acumula $100,000 o más por concepto de impuestos en cualquier día, usted tiene que depositar el impuesto para el siguiente día laborable. Vea el apartado 11 de la Publicación 15. |
Vea el apartado 11 de la Publicación 15 para obtener información sobre pagos realizados según la regla de la exactitud de los depósitos.
Nota:
La fecha en que haga sus depósitos depende de su itinerario de depósitos, el cual es mensual o bisemanal, dependiendo de la cantidad de su obligación tributaria durante el período retroactivo. El período retroactivo para los contribuyentes que presentan el Formulario 944 es distinto al período retroactivo para los contribuyentes que presentan el Formulario 941, por lo que su itinerario de depósitos puede haber cambiado. Para más información, vea el apartado 11 de la Publicación 15. Si usted es depositante de itinerario mensual y acumula $100,000 o más por concepto de impuestos en cualquier día durante el período de depósito, entonces se convierte en depositante de itinerario bisemanal en el próximo día y al menos por el resto del año natural y el año siguiente. El límite superior de la obligación tributaria de $100,000 que requiere un depósito al día siguiente se determina antes de considerar cualquier reducción de su obligación por créditos no reembolsables.
¿Qué Hay que Saber acerca de las Multas e Intereses?
Evite el Pago de Multas e Intereses
Puede evitar el pago de multas e intereses si hace todo lo indicado a continuación:
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Deposita o paga los impuestos cuando se debe hacer.
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Presenta a tiempo su Formulario 944 debidamente completado.
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Declara correctamente su obligación tributaria.
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Entrega cheques válidos para el pago de los impuestos.
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Entrega los Formularios W-2 correctos a sus empleados.
-
Presenta el Formulario W-3 y las Copias A de los Formularios W-2 ante la SSA a su debido tiempo y sin errores. Acceda a SSA.gov/employer para más información sobre cómo presentar el Formulario W-2 electrónicamente.
Se cobran multas e intereses sobre los impuestos pagados fuera de plazo y sobre las declaraciones presentadas fuera de plazo a una tasa fijada conforme a la ley. Vea los apartados 11 y 12 de la Publicación 15 para más detalles. Use el Formulario 843, Claim for Refund and Request for Abatement (Reclamación para reembolso y solicitud para la reducción de impuestos, intereses y multas) para solicitar una reducción en las multas o intereses que le han sido gravados. No solicite la reducción de multas ni intereses en ningún otro formulario.
Si recibe una notificación de multas después de que haya presentado su declaración, responda a la notificación con una explicación y determinaremos si cumple con el criterio de lo que se considera ser causas razonables. No incluya una explicación cuando presente su declaración.
Si los impuestos federales sobre los ingresos y los impuestos del Seguro Social y del Medicare que el empleador tiene que retener (es decir, los impuestos del fondo fiduciario) no se retienen, no se depositan o no se pagan al Tesoro de los Estados Unidos, se le podría imponer una multa por recuperación del fondo fiduciario. La multa es del 100% del impuesto al fondo fiduciario adeudado. Si estos impuestos no pagados no se le pueden cobrar inmediatamente al empleador o al negocio, la multa por recuperación del fondo fiduciario puede ser impuesta a todas las personas que el IRS determine que son responsables del cobro, de la contabilidad o del pago por estos impuestos y que intencionalmente no lo hacen. Vea el apartado 11 de la Publicación 15 para más información. La multa por recuperación del fondo fiduciario no aplicará a ninguna cantidad de impuestos al fondo fiduciario que un empleador retenga en anticipación de cualquiera de los créditos al que tenga derecho.
Parte 1: Conteste Estas Preguntas para Este Año
Los empleadores en la Samoa Estadounidense, Guam, la CNMI, las USVI y Puerto Rico pueden omitir las líneas 1 y 2, a menos que tengan empleados que estén sujetos a la retención de impuestos de los Estados Unidos.
1. Salarios, Propinas y Otras Remuneraciones
Anote en la línea 1 las cantidades que también se incluyen en la casilla 1 de los Formularios W-2 de sus empleados. Vea Box 1—Wages, tips, other compensation (Casilla 1 —Salarios, propinas y otras remuneraciones) en las Instrucciones Generales para los Formularios W-2 y W-3 para más detalles. Incluya toda compensación por enfermedad pagada por su agente. También incluya toda compensación por enfermedad pagada por un tercero que no sea su agente (por ejemplo, una compañía de seguros) si se le notificó a tiempo sobre los pagos y el tercero le transfirió la obligación de los impuestos correspondientes al empleador a usted.
Si usted es un tercero pagador de compensación por enfermedad y no es un agente del empleador, no incluya aquí el pago por enfermedad que les pagó a los empleados de tenedores de pólizas (policyholders) si le notificó a tiempo a los tenedores de la póliza de los pagos. Vea el apartado 6 de la Publicación 15-A, Employer’s Supplemental Tax Guide (Guía tributaria suplementaria para empleadores) para más información sobre la declaración de la compensación por enfermedad y los procedimientos para transferir la obligación correspondiente al empleador.
2. Impuesto Federal sobre el Ingreso Retenido de Salarios, Propinas y Otras Remuneraciones
Anote el impuesto federal sobre el ingreso que le retuvo (o que estuvo obligado a retener) a sus empleados sobre los salarios correspondientes a este año, las propinas; las prestaciones suplementarias sujetas a impuestos y los beneficios suplementarios de la compensación por desempleo. No incluya ningún impuesto sobre el ingreso retenido por un tercero pagador de compensación por enfermedad aun si lo declaró en los Formularios W-2. Usted conciliará la cantidad de esta diferencia en el Formulario W-3. Para obtener información sobre el tratamiento del impuesto sobre la nómina de las prestaciones suplementarias tributarias, vea la Publicación 15-B, Employer’s Tax Guide to Fringe Benefits (Guía tributaria para empleadores sobre las prestaciones suplementarias). Para obtener información sobre los beneficios de compensación por desempleo suplementario, vea el apartado 5 de la Publicación 15-A.
Si usted es un tercero pagador de compensación por enfermedad, anote aquí el impuesto federal sobre el ingreso que retuvo (o se le requería retener) sobre los pagos de compensación por enfermedad de terceros.
Las referencias a la retención del impuesto federal sobre los ingresos no se aplican a los empleadores en la Samoa Estadounidense, Guam, la CNMI, las USVI y Puerto Rico, a menos que tengan empleados que estén sujetos a la retención de impuestos de los Estados Unidos.
3. Si los Salarios, Propinas y Otras Remuneraciones No Están Sujetos a los Impuestos del Seguro Social o del Medicare...
Si los salarios, propinas y otras remuneraciones declaradas en la línea 1 no están sujetos al impuesto del Seguro Social o del Medicare, marque el recuadro en la línea 3 y pase a la línea 5. Si esta pregunta no le corresponde a usted, deje en blanco el recuadro. Para más información sobre los salarios exentos de impuestos, vea el apartado 15 de la Publicación 15. Para información sobre las exenciones con base religiosa, vea el apartado 4 de la Publicación 15-A. Para obtener información sobre el tratamiento del impuesto sobre la nómina de las prestaciones suplementarias tributarias, vea la Publicación 15-B.
4a a 4e. Salarios y Propinas Sujetos a los Impuestos del Seguro Social y del Medicare
4a. Salarios sujetos al impuesto del Seguro Social.
Anote el total de los salarios, compensación por enfermedad y prestaciones suplementarias sujetos al impuesto del Seguro Social que les pagó a sus empleados durante el año natural. Para este propósito, la compensación por enfermedad incluye los pagos hechos a sus empleados por una compañía de seguros y por los cuales usted fue notificado oportunamente por dicha compañía de seguros. Vea el apartado 6 de la Publicación 15-A para más información sobre la declaración de compensación por enfermedad. Vea las instrucciones para la línea 6 para información sobre un ajuste que es posible que necesite hacer en el Formulario 944 para la compensación por enfermedad.
Anote la cantidad antes de descontar las deducciones de nómina. No incluya propinas en esta línea. Para más información sobre los tipos de salarios sujetos a los impuestos del Seguro Social, vea el apartado 5 de la Publicación 15.
Para 2024, la tasa del impuesto del Seguro Social sobre los salarios sujetos al impuesto es el 6.2% (0.062) correspondiente tanto al empleador como al empleado. Deje de pagar el impuesto del Seguro Social sobre los salarios de un empleado y deje de declarar los salarios del empleado en la línea 4a cuando los salarios sujetos al impuesto y las propinas del empleado alcancen $168,600 para el año. Sin embargo, siga reteniéndole el impuesto sobre el ingreso y el impuesto del Medicare para todo el año sobre todos los salarios y propinas, aun cuando se haya alcanzado la base salarial para el impuesto del Seguro Social de $168,600.
línea 4a | (columna 1) | ||
x 0.124 | |||
línea 4a | (columna 2) |
4b. Propinas sujetas al impuesto del Seguro Social.
Anote el total de las propinas que sus empleados le hayan declarado a usted durante el año hasta que el total de las propinas y los salarios sujetos al impuesto, incluyendo los salarios declarados en la línea 4a para un empleado, alcancen $168,600 para el año. Incluya todas las propinas que sus empleados le hayan declarado aun cuando no haya podido retener el 6.2% de la parte correspondiente al empleado del impuesto del Seguro Social. Usted reducirá su total de impuestos por la cantidad de toda parte no recaudada correspondiente al empleado de los impuestos del Seguro Social y del Medicare sobre las propinas más adelante en la línea 6. Vea Ajustes por propinas y por seguro de vida colectivo a término, más adelante. No incluya cargos por servicio en la línea 4b. Para detalles sobre la diferencia entre propinas y cargos por servicio, vea el Revevue Ruling 2012-18 (Resolución Administrativa Tributaria 2012-18) que se encuentra en la página 1032 del Internal Revenue Bulletin 2012-26 (Boletín de Impuestos Internos 2012-26), disponible en IRS.gov/irb/2012-26_IRB#RR-2012-18.
Su empleado tiene que declararle las propinas en efectivo para el día 10 del mes siguiente al mes en que recibió dichas propinas. Las propinas en efectivo incluyen propinas pagadas en efectivo, cheque, tarjeta de débito y tarjeta de crédito. El informe debe incluir las propinas cargadas (por ejemplo, cargos de las tarjetas de crédito y débito) que usted les pagó a los empleados por pagos provenientes de las tarjetas de crédito y débito de los clientes, las propinas que el empleado recibió directamente de los clientes y las propinas que recibió de otros empleados bajo cualquier acuerdo de propinas compartidas. Los empleados que reciben propinas directamente e indirectamente tienen que declararle las propinas a usted. No se requiere declarar las propinas para meses en que las propinas sumen menos de $20. Los empleados pueden usar una declaración escrita o informe electrónico de propinas recibidas.
línea 4b | (columna 1) | ||
x 0.124 | |||
línea 4b | (columna 2) |
Para más información sobre las propinas, vea el apartado 6 de la Publicación 15.
4c. Salarios y propinas sujetos al impuesto del Medicare.
Anote todos los salarios, propinas, compensación por enfermedad; y prestaciones suplementarias tributarias que están sujetos al impuesto del Medicare. A diferencia de los salarios sujetos al Seguro Social, no hay límite sobre la cantidad de salarios sujetos al impuesto del Medicare. Vea las instrucciones para la línea 6 para información sobre un ajuste que podría necesitar hacer en el Formulario 944 para la compensación por enfermedad.
La tasa del impuesto del Medicare es el 1.45% (0.0145) tanto para la parte del empleador como la parte del empleado. Incluya todas las propinas que sus empleados le hayan declarado durante el año, aun cuando no haya podido retenerles la parte del impuesto correspondiente a los empleados del 1.45% (0.0145).
línea 4c | (columna 1) | ||
x 0.029 | |||
línea 4c | (columna 2) |
4d. Salarios y propinas sujetos a la retención del Impuesto Adicional del Medicare .
Anote todos los salarios, propinas, compensación por enfermedad y prestaciones suplementarias tributarias que están sujetos a la retención del Impuesto Adicional del Medicare. Se le requiere comenzar la retención del Impuesto Adicional del Medicare en el período de pago en el que le paga a un empleado un salario de más de $200,000 y después continuar la retención en cada período de pago hasta el final del año natural. El Impuesto Adicional del Medicare sólo se le grava al empleado. No hay parte del Impuesto Adicional del Medicare que le corresponda al empleador. Todos los salarios que están sujetos al impuesto del Medicare están sujetos a la retención del Impuesto Adicional del Medicare si éstos se pagan en exceso del límite de $200,000.
Para más información sobre qué salarios están sujetos a los impuestos del Medicare, vea el apartado 15 de la Publicación 15. Para más información sobre el Impuesto Adicional del Medicare, acceda a IRS.gov/ADMTfaqs. Vea las instrucciones para la línea 6 para información sobre un ajuste que podría necesitar hacer en el Formulario 944 para la compensación por enfermedad.
Una vez que los salarios y propinas excedan el límite superior de la retención de $200,000, incluya todas las propinas que sus empleados le hayan declarado durante el año, aun cuando usted no haya podido retenerle el impuesto correspondiente al empleado del 0.9% (0.009).
línea 4d | (columna 1) | ||
x 0.009 | |||
línea 4d | (columna 2) |
5. Total de Impuestos antes de los Ajustes
Sume el total del impuesto federal sobre los ingresos retenidos de los salarios, propinas y otras remuneraciones de la línea 2 y de los impuestos del Seguro Social y del Medicare antes de considerar los ajustes de la línea 4e. Anote el resultado en la línea 5.
6. Ajustes del Año Actual
Anote las cantidades de impuesto que resulten de los ajustes del año actual. Use un signo de menos (si es posible) para indicar un ajuste que reduzca los impuestos totales anotados en la línea 5. De lo contrario, use paréntesis.
En ciertos casos, usted tendrá que ajustar las cantidades anotadas como impuestos del Seguro Social y del Medicare en las líneas 4a a 4d de la columna 2 para poder determinar su obligación tributaria correcta en el Formulario 944 para el año actual. Vea el apartado 13 de la Publicación 15.
Ajustes por fracciones de centavos.
Anote los ajustes por fracciones de centavos (debido al redondeo de cifras) que tienen que ver con la parte correspondiente al empleado de los impuestos del Seguro Social y del Medicare retenidos. La parte correspondiente al empleado de las cantidades indicadas de las líneas 4a a 4d de la columna 2 puede diferir un poco de las cantidades realmente retenidas de los pagos de sus empleados debido al redondeo de los impuestos del Seguro Social y del Medicare basado en las tasas estatutarias. Este ajuste puede ser un ajuste positivo o negativo.
Ajustes por compensación por enfermedad.
Si su tercero pagador de compensación por enfermedad pagada que no es su agente (por ejemplo, una compañía de seguros) le transfiere a usted la obligación por la parte correspondiente al empleador de los impuestos del Seguro Social y del Medicare, anote un ajuste negativo en la línea 6 para la parte correspondiente al empleado de los impuestos del Seguro Social y del Medicare que fueron retenidos y depositados por su tercero pagador de compensación por enfermedad sobre esta compensación. Si usted es el tercero pagador de compensación por enfermedad y transfirió la obligación por la parte correspondiente al empleador de los impuestos del Seguro Social y del Medicare al empleador, anote un ajuste negativo en la línea 6 para toda parte correspondiente al empleador de estos impuestos que requieran ser pagados por el empleador. La compensación por enfermedad tiene que incluirse en la línea 4a y en la línea 4c y, si cumple con el límite superior de la retención, en la línea 4d.
No se declara ningún ajuste en la línea 6 por compensación por enfermedad que se paga a través de un tercero como agente del empleador. El agente del empleador no asume ningún riesgo de seguro y se le reembolsa en base al costo más los honorarios por el pago de la compensación por enfermedad y cantidades similares. Si un empleador utiliza un agente para pagar la compensación por enfermedad, el empleador declara los salarios en la línea 4a y en la línea 4c y, si se cumple con el límite superior de la retención, en la línea 4d, a menos que el empleador tenga un acuerdo de agencia con el tercero pagador que requiera que el tercero pagador haga el cobro, la declaración y/o el pago o el depósito de los impuestos sobre la nómina por compensación por enfermedad. Vea el apartado 6 de la Publicación 15-A para más información sobre la declaración por compensación por enfermedad.
Ajustes por propinas y por seguro de vida colectivo a término.
Anote un ajuste negativo por:
-
Toda parte correspondiente al empleado de los impuestos del Seguro Social y del Medicare no recaudada sobre las propinas y
-
La parte correspondiente al empleado de los impuestos del Seguro Social y del Medicare no recaudada sobre las primas del seguro de vida colectivo a término pagadas para sus exempleados.
Vea las Instrucciones Generales para los Formularios W-2 y W-3 para más información sobre cómo declarar la parte correspondiente al empleado de los impuestos del Seguro Social y del Medicare no recaudada sobre las propinas y las primas del seguro de vida colectivo a término en el Formulario W-2.
Ajustes del año anterior.
Si necesita ajustar una cantidad declarada en la línea 6 de un Formulario 944 presentado previamente, complete y presente el Formulario 944-X. El Formulario 944-X es una declaración ajustada o reclamación de reembolso y se presenta por separado del Formulario 944. Vea el apartado 13 de la Publicación 15.
7. Total de Impuestos Después de Considerar los Ajustes
Combine las cantidades que aparecen en las líneas 5 y 6 y anote el resultado en la línea 7.
8. Crédito Tributario sobre la Nómina de Pequeños Negocios Calificados por Aumentar las Actividades Investigativas
Anote la cantidad de crédito de la línea 12 o, si corresponde, de la línea 17 del Formulario 8974.
Si anota una cantidad en la línea 8, tiene que adjuntar el Formulario 8974.
9. Total de Impuestos Después de los Ajustes y Créditos No Reembolsables
Reste la línea 8 de la línea 7 y anote el resultado en la línea 9. La cantidad anotada en la línea 9 no puede ser menos de cero.
-
Si la cantidad de la línea 9 es menos de $2,500, puede pagar la cantidad junto con el Formulario 944 o puede depositar la cantidad.
-
Si la cantidad de la línea 9 es $2,500 o más, por lo general, tiene que depositar sus impuestos adeudados mediante la transferencia electrónica de fondos (EFT). Sin embargo, si depositó todos los impuestos acumulados durante los 3 primeros trimestres del año y su obligación tributaria del cuarto trimestre es menos de $2,500, puede pagar los impuestos acumulados durante el cuarto trimestre al presentar el Formulario 944. También vea el apartado 11 de la Publicación 15 para obtener información sobre pagos realizados según la regla de la exactitud de los depósitos. La cantidad indicada en la línea 9 tiene que ser igual a la cantidad indicada en la línea 13m o a la “Total tax liability for the year” (Obligación tributaria total del año) indicada en la línea M del Formulario 945-A, Annual Record of Federal Tax Liability (Registro anual de la obligación de impuestos federales). Para más información, vea las instrucciones para la línea 13, más adelante.
Para más información y reglas sobre los depósitos de impuestos federales, vea ¿Tiene que Depositar Sus Impuestos?, anteriormente, y el apartado 11 de la Publicación 15.
Si es depositante de itinerario bisemanal, tiene que completar el Formulario 945-A. Si no completa y envía el Formulario 945-A, el IRS le puede imponer multas basadas en toda la información que esté disponible.
10. Total de Depósitos para este Año
Anote sus depósitos para este año, incluyendo toda cantidad pagada en exceso que usted aplicó proveniente de la presentación del Formulario 944-X, 941-X o 941-X (PR) en el año actual. Incluya también en esta cantidad toda cantidad pagada en exceso de un período anterior que usted aplicó a esta declaración.
11. Saldo Adeudado
Si la cantidad de la línea 9 es mayor que la cantidad de la línea 10, anote la diferencia en la línea 11. De lo contrario, vea las instrucciones para la línea 12, más adelante. Nunca anote una cantidad en ambas líneas 11 y 12.
No tiene que pagar si la cantidad de la línea 11 es menos de $1. Por lo general, tendrá un saldo adeudado únicamente si el total de sus impuestos después de los ajustes y créditos no reembolsables (línea 9) es menos de $2,500. Sin embargo, vea Si la cantidad de la línea 9 es $2,500 o más, bajo las instrucciones para la línea 9, anteriormente, para excepciones.
Si se le requiere efectuar depósitos del impuesto federal, pague la cantidad indicada en la línea 11 mediante EFT. Si no se le requiere efectuar depósitos del impuesto federal (vea la tabla Requisitos para los Contribuyentes que Presentan el Formulario 944 que Tienen que Hacer Depósitos de Impuestos Federales, anteriormente) o usted es un depositante de itinerario mensual que efectúa un pago de acuerdo con la regla de la exactitud de los depósitos, puede pagar la cantidad indicada en la línea 11 mediante EFT, tarjeta de crédito, tarjeta de débito, cheque, giro o EFW. Para más información sobre las opciones de pago por medios electrónicos, acceda a IRS.gov/Pagos.
Si paga mediante EFT, tarjeta de crédito o tarjeta de débito, presente su declaración usando la dirección donde se presentan las declaraciones enviadas Sin un pago, la que se indica bajo ¿Adónde Deberá Enviar la Declaración?, anteriormente. No presente el Formulario 944-V, Comprobante de Pago.
Si paga por medio de un cheque o giro, hágalo a la orden de “United States Treasury” (Tesoro de los Estados Unidos). Anote su EIN, “Formulario 944” y el período tributario en su cheque o giro. Complete el Formulario 944-V y adjúntelo al Formulario 944.
Si a usted se le requiere hacer los depósitos y, en su lugar, paga los impuestos con el Formulario 944, puede estar sujeto a multas.
¿Qué pasa si usted no puede pagar en su totalidad?
Si no puede pagar la cantidad completa del impuesto que adeuda, puede solicitar un plan de pagos a plazos por Internet. Puede solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si:
-
No puede pagar la cantidad total que aparece en la línea 11,
-
La cantidad total que adeuda es $25,000 o menos y
-
Usted puede pagar la obligación en su totalidad dentro de 24 meses.
Para solicitar un plan de pago usando la Solicitud en Línea para un Plan de Pagos, acceda a IRS.gov/OPA y pulse sobre Español.
Conforme a un plan de pagos a plazos, usted puede pagar la cantidad que adeuda en plazos mensuales. Hay ciertas condiciones con las que usted tiene que cumplir para establecer y mantener un plan de pagos a plazos, tales como pagar la obligación dentro de 24 meses, efectuar todos los depósitos requeridos y presentar oportunamente las declaraciones de impuestos durante el período de tiempo del plan.
Si su plan de pagos a plazos se acepta, se le cobrará un cargo administrativo y estará sujeto a multas e intereses sobre la cantidad de impuesto que no ha sido pagado para la fecha de vencimiento de la declaración.
12. Cantidad Pagada en Exceso
Si la cantidad de la línea 10 es mayor que la cantidad de la línea 9, anote esta cantidad en la línea 12. Nunca anote una cantidad en ambas líneas 11 y 12.
Si depositó más de la cantidad correcta para el año, puede optar por que el IRS le reembolse la cantidad pagada en exceso o que ésta se le acredite a su próxima declaración. Marque sólo un recuadro en la línea 12. Si no marca ninguno de los recuadros, o si marca ambos recuadros, generalmente se le aplicará la cantidad pagada en exceso a su próxima declaración. Independientemente de los recuadros que usted marque o no marque en la línea 12, podemos aplicar dicha cantidad pagada en exceso a cualquier cuenta tributaria vencida que aparezca en nuestros registros bajo su EIN.
Si la cantidad de la línea 12 es menos de $1, le enviaremos un reembolso o se la aplicaremos a su próxima declaración de impuestos únicamente si lo solicita por escrito.
Parte 2: Infórmenos sobre Su Itinerario de Depósitos y Obligación Tributaria para este Año
13. Obligación Tributaria
Si la cantidad de la línea 9 es menos de $2,500, marque el primer recuadro en la línea 13 y siga a la línea 14.
Si la cantidad de la línea 9 es $2,500 o más, marque el segundo recuadro en la línea 13. Si es depositante de itinerario mensual, anote su obligación tributaria para cada mes y determine su obligación total para el año. Las cantidades anotadas en la línea 13 son un resumen de sus obligaciones tributarias mensuales, no un resumen de los depósitos que usted efectuó. El IRS obtiene la información de depósitos a través de las transferencias electrónicas de fondos. Anote sus obligaciones tributarias en el mes correspondiente en las fechas que pagó salarios a sus empleados, no en la fecha en que las obligaciones de nómina fueron acumuladas o los depósitos fueron efectuados. Si no anota su obligación tributaria para cada mes, el IRS no sabrá cuándo usted debió haber hecho los depósitos y le podrá imponer una multa “promediada” por no depositar. Vea el apartado 11 de la Publicación 15 para más información. Si su obligación tributaria para un mes es negativa después de tomar en cuenta sus ajustes declarados en la línea 6, no anote ninguna cantidad negativa para el mes. En su lugar, anote cero para el mes en cuestión y luego reste la cantidad negativa de su obligación tributaria para el mes siguiente.
La cantidad indicada en la línea 13m tiene que ser igual a la cantidad indicada en la línea 9. Si no es así, sus depósitos y pagos de impuestos no se pueden contar como oportunos. No cambie su obligación tributaria del año actual declarada en la línea 13 por los ajustes declarados en cualquier Formulario 944-X.
Si es depositante de itinerario bisemanal o se convirtió en uno porque acumuló $100,000 o más por concepto de obligación tributaria en cualquier día del período de depósito, tiene que completar el Formulario 945-A y presentarlo junto con su Formulario 944. Vea Regla de Depositar $100,000 el Próximo Día en el apartado 11 de la Publicación 15. No complete las líneas 13a a 13m si presenta el Formulario 945-A.
Ajuste de la obligación tributaria para el crédito tributario sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas (línea 8).
Los depositantes de itinerario mensual y los depositantes de itinerario bisemanal tienen que tomar en cuenta el crédito tributario sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas (línea 8) cuando declaren su obligación tributaria en la línea 13 o en el Formulario 945-A. La obligación tributaria total para el año tiene que ser igual a la cantidad declarada en la línea 9. Si no toma en cuenta el crédito tributario sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas en la línea 13 o en el Formulario 945-A, podrá causar que la línea 13 o el Formulario 945-A se declare más que el total de la obligación tributaria declarada en la línea 9. No reduzca su obligación tributaria mensual declarada en las líneas 13a a 13l ni su obligación tributaria diaria declarada en el Formulario 945-A a una cantidad menor que cero.
A partir del primer trimestre de 2023, el crédito tributario sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas se usa primero para reducir la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social (hasta $250,000) para el trimestre y todo crédito restante se usa entonces para reducir la parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare para el trimestre hasta que alcance cero. Al completar la línea 13 o el Formulario 945-A, tome en cuenta el crédito tributario sobre la nómina contra la obligación del impuesto del Seguro Social correspondiente al empleador, comenzando con el primer pago de nómina para el trimestre que incluye los pagos de salarios a sus empleados sujetos al impuesto del Seguro Social hasta utilizar el máximo de $250,000 del crédito contra la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social y luego tome en cuenta la cantidad restante de todo crédito tributario sobre la nómina contra la obligación de la parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare, comenzando con el primer pago de nómina del trimestre que incluye los pagos de salarios sujetos al impuesto del Medicare a sus empleados. De acuerdo con las entradas en la línea 13 o el Formulario 945-A, el crédito tributario sobre la nómina se debe tener en cuenta al hacer depósitos del impuesto de nómina. Si permanece algún crédito tributario sobre la nómina al final del trimestre que no se ha utilizado completamente porque excede de $250,000 de la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social y la parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare para el trimestre, el crédito en exceso puede ser transferido al trimestre siguiente y permitido como un crédito tributario sobre la nómina para el trimestre siguiente. El crédito tributario sobre la nómina no se puede utilizar como un crédito contra la retención del impuesto sobre los ingresos, la parte correspondiente al empleado del impuesto del Seguro Social o la parte correspondiente al empleado del impuesto del Medicare.
Además, el crédito tributario sobre la nómina restante no puede aplicarse a años anteriores ni tomarse como crédito contra los salarios pagados de trimestres anteriores que son declarados en el mismo Formulario 944 o en los Formularios 944 de años anteriores. Si una cantidad del crédito tributario sobre la nómina no se utiliza al final del año natural porque excede la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social y la parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare sobre los salarios pagados durante los trimestres correspondientes en el año natural, el crédito tributario sobre la nómina restante se puede transferir al primer trimestre del siguiente año natural como un crédito tributario sobre la nómina contra la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social y la parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare sobre los salarios pagados en ese trimestre.
Ejemplo.
La Compañía Rosa es un empleador con un año natural tributario que presentó oportunamente su declaración de impuestos sobre los ingresos de 2023 el 15 de abril de 2024. La Compañía Rosa eligió tomar el crédito tributario sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas en el Formulario 6765. El tercer trimestre de 2024 es el primer trimestre que comienza después de que la Compañía Rosa presentó la declaración de impuestos sobre los ingresos haciendo la elección del crédito tributario sobre la nómina. Por lo tanto, el crédito tributario sobre la nómina se aplica contra la parte del impuesto del Seguro Social correspondiente a la Compañía Rosa (hasta $250,000) y el impuesto del Medicare sobre los salarios pagados a los empleados en el tercer trimestre de 2024. La Compañía Rosa es un depositante de itinerario bisemanal. La Compañía Rosa completa el Formulario 945-A reduciendo la cantidad de la obligación anotada para el primer pago de nómina en el tercer trimestre de 2024 que incluye los salarios sujetos al impuesto del Seguro Social por el menor de (1) su parte del impuesto del Seguro Social (hasta $250,000) sobre los salarios o (2) el crédito tributario sobre la nómina disponible. Si el crédito tributario sobre la nómina elegido es más que la parte del impuesto del Seguro Social de la Compañía Rosa en el primer pago de nómina del trimestre, el crédito tributario sobre la nómina en exceso se trasladaría a pagos de nómina sucesivos en el tercer trimestre, hasta que sea utilizado contra los $250,000 de la parte del impuesto del Seguro Social de la Compañía Rosa para el trimestre. Si la cantidad del crédito tributario sobre la nómina excede la parte de la Compañía Rosa del impuesto del Seguro Social (hasta $250,000) sobre los salarios pagados a sus empleados en el tercer trimestre, todo crédito restante se usa contra la parte del impuesto del Medicare correspondiente a la Compañía Rosa en el primer pago de nómina del trimestre y, luego, el exceso del crédito tributario sobre la nómina se trasladaría a los pagos sobre la nómina sucesivos en el tercer trimestre hasta que se utilice contra la parte del impuesto del Medicare correspondiente de la Compañía Rosa para el trimestre. Si la Compañía Rosa todavía tiene un crédito restante después de haber reducido su parte correspondiente al impuesto del Seguro Social (hasta $250,000) y del impuesto del Medicare para el tercer trimestre, la cantidad restante se tratará como un crédito tributario sobre la nómina contra la parte correspondiente del impuesto del Seguro Social (hasta $250,000) y del impuesto del Medicare por los salarios pagados en el cuarto trimestre. Si la cantidad restante del crédito tributario sobre la nómina excedió la parte del impuesto del Seguro Social correspondiente de la Compañía Rosa (hasta $250,000) y del impuesto del Medicare sobre los salarios pagados en el cuarto trimestre, ésta podría ser trasladada y ser tratada como un crédito tributario sobre la nómina para el primer trimestre de 2025.
Parte 3: Infórmenos sobre Su Negocio
En la Parte 3, responda a la pregunta 14 únicamente si corresponde a su negocio. Si no corresponde, déjela en blanco y siga con la Parte 4.
14. Si Su Negocio Ha Dejado de Operar...
Si su negocio ha dejado de operar permanentemente o si dejó de pagar salarios, tiene que presentar una declaración final. Para informarle al IRS que cierto Formulario 944 es su declaración final, marque el recuadro de la línea 14 y anote la última fecha en la que pagó salarios en el espacio provisto. Para requisitos adicionales para presentar su declaración, incluyendo información sobre cómo adjuntar un documento a su declaración de impuestos final, vea Si Cierra Su Negocio, anteriormente.
Parte 4: ¿Podemos Comunicarnos con Su Tercero Autorizado?
Si desea autorizar a un empleado suyo, a un preparador de impuestos remunerado o a otro individuo para que éste hable sobre su Formulario 944 con el IRS, marque el recuadro “Sí” en la Parte 4. Anote el nombre, el número de teléfono y los cinco dígitos del número de identificación personal (PIN, por sus siglas en inglés) del individuo específico con quien podamos hablar —no el nombre de la empresa que preparó su declaración de impuestos. La persona designada puede elegir cualesquier cinco números para su PIN.
Al marcar el recuadro “Sí”, usted autoriza al IRS para que hable con el tercero designado (la persona que usted nombró) a fin de hacerle preguntas que surjan al tramitar su declaración de impuestos. Además, le permite a la persona designada que haga todo lo siguiente:
-
Facilitarnos toda información no incluida en su declaración.
-
Llamarnos para obtener información relacionada con la tramitación de su declaración.
-
Responder a ciertas notificaciones del IRS que usted haya compartido con su tercero designado relacionadas con errores matemáticos y con la preparación de su declaración. El IRS no le enviará notificaciones a su tercero designado.
Usted no le autoriza a su tercero designado a obligarle a ningún compromiso (por ejemplo, a pagar una obligación tributaria adicional), ni de otra manera representarlo ante el IRS. Si desea ampliar la autorización del tercero designado, vea la Publicación 947, Cómo Ejercer ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y el Poder Legal.
La autorización de un tercero designado vencerá automáticamente en 1 año a partir de la fecha de vencimiento (sin tener en cuenta las prórrogas) para presentar su Formulario 944. Si usted o su tercero designado desea dar por finalizada la autorización, escriba a la oficina del IRS que le corresponda a la dirección donde se envía la declaración de impuestos Sin un pago indicada bajo ¿Adónde Deberá Enviar la Declaración?, anteriormente.
Parte 5: Firme Aquí (Funciones Aprobadas)
Complete toda la información y firme el Formulario 944. Las siguientes personas están autorizadas a firmar la declaración, según la clase de entidad comercial:
• Empresa de un solo dueño:
El individuo que posee el negocio (el propietario o dueño).
• Sociedad anónima (incluyendo una compañía de responsabilidad limitada (LLC, por sus siglas en inglés) que se trata como una sociedad anónima):
El presidente, el vicepresidente u otro funcionario principal que esté debidamente autorizado a firmar en nombre de dicha entidad.
• Sociedad colectiva (incluyendo una compañía de responsabilidad limitada (LLC) que se trata como una sociedad colectiva) u otra empresa no incorporada:
Un socio, un miembro u otro funcionario responsable y debidamente autorizado que tenga conocimiento de todas las operaciones y asuntos de la entidad.
• Compañía de responsabilidad limitada (LLC) de un solo socio que se trata como una entidad no considerada como separada de su dueño (disregarded entity) para propósitos del impuesto federal sobre los ingresos:
El dueño de la compañía de responsabilidad limitada (LLC) u otro funcionario principal que esté debidamente autorizado a firmar en nombre de dicha entidad.
• Fideicomiso o caudal hereditario:
El fiduciario.
El Formulario 944 también puede ser firmado por un agente debidamente autorizado para representar al contribuyente si se ha presentado un poder legal válido ante el IRS.
Método alternativo de firma.
Los ejecutivos de la sociedad anónima o agentes debidamente autorizados pueden firmar el Formulario 944 por medio de un sello de goma, aparato mecánico o programa de computadora (software). Para más detalles y la documentación requerida, vea el Revenue Procedure 2005-39 (Procedimiento Administrativo Tributario 2005-39) que se encuentra en la página 82 del Internal Revenue Bulletin 2005-28 (Boletín de Impuestos Internos 2005-28) en IRS.gov/irb/2005-28_IRB#RP-2005-39.
Para Uso Exclusivo del Preparador Remunerado
Un preparador remunerado tiene que firmar el Formulario 944 y proveer la información solicitada en la sección titulada Para Uso Exclusivo del Preparador Remunerado, en la Parte 5, si le pagó al preparador por haber preparado el Formulario 944 y dicho preparador no es un empleado de la entidad que presenta la declaración. Los preparadores remunerados tienen que firmar las declaraciones en papel de su puño y letra. El preparador tiene que entregarle a usted una copia adicional de la declaración además de la declaración que en sí será presentada ante el IRS.
Si usted es un preparador remunerado, anote su número de identificación tributaria del preparador remunerado (PTIN, por sus siglas en inglés) en el espacio provisto. Incluya su dirección completa. Si trabaja para una empresa, anote el nombre de la empresa y el EIN de la misma. Puede solicitar un PTIN por Internet o presentando el Formulario W-12. Para más información sobre cómo solicitar un PTIN por Internet, acceda a IRS.gov/PTIN. No puede usar su PTIN en lugar del EIN de la empresa que prepara la declaración de impuestos.
Por lo general, no complete esta sección si está presentando la declaración de impuestos en su calidad de agente declarante y tiene un Formulario 8655 vigente y archivado con el IRS. Sin embargo, un agente declarante tiene que completar esta sección si dicho agente ofreció asesoría legal, por ejemplo, aconsejándole al cliente sobre cómo determinar si los trabajadores son empleados o contratistas independientes para propósitos de los impuestos federales.
Cómo Obtener Formularios, Instrucciones y Publicaciones del IRS
Puede ver, descargar o imprimir la mayoría de los formularios, instrucciones y publicaciones que pueda necesitar en IRS.gov/Forms. De lo contrario, acceda a IRS.gov/OrderForms y pulse sobre Español para hacer un pedido y recibir los formularios por correo.
Solicitamos la información requerida en estos formularios para cumplir con las leyes que regulan la recaudación de los impuestos de los Estados Unidos. A usted se le requiere facilitar la información solicitada. La necesitamos para asegurarnos de que está cumpliendo con estas leyes y para permitirnos calcular y recaudar la cantidad correcta de impuestos. La sección 6011 requiere que usted proporcione la información solicitada si le corresponde el impuesto. La sección 6109 requiere que usted provea su número de identificación. Usted no está obligado a facilitar la información solicitada en un formulario de impuestos sujeto a la Paperwork Reduction Act (Ley de Reducción de Trámites), a menos que el formulario muestre un número de control válido de la Office of Management and Budget (Oficina de Administración y Presupuesto u OMB, por sus siglas en inglés). Los libros o registros relacionados con un formulario o sus instrucciones tendrán que ser conservados mientras su contenido pueda ser utilizado en la aplicación de toda ley de impuestos internos. Por lo general, las declaraciones de impuestos y toda información pertinente son confidenciales, tal como lo requiere la sección 6103. Sin embargo, la sección 6103 permite, o requiere, que el IRS divulgue o provea la información contenida en su declaración de impuestos a ciertas personas, tal como se estipula en el Código. Por ejemplo, podemos divulgar su información tributaria al Departamento de Justicia para casos de litigio civil y penal y a las ciudades, estados, el Distrito de Columbia y a los estados libres asociados con los Estados Unidos o territorios estadounidenses a fin de ayudarlos a aplicar sus leyes tributarias respectivas. Podemos también divulgar dicha información a otros países conforme a lo estipulado en un tratado tributario, a agencias del gobierno federal y estatal para hacer cumplir las leyes penales federales no tributarias o a agencias federales encargadas de hacer cumplir la ley y a agencias de inteligencia para combatir el terrorismo.
Estimados de carga del contribuyente. Estos estimados incluyen los formularios en la serie del Formulario 944, incluyendo los anexos; Formularios CT-1, CT-2, SS-8, W-2, W-3, 940, 945, 2032, 2678, 8027, 8027-T, 8453-EMP, 8850, 8879-EMP, 8922, 8952 y 8974, y sus anexos; y todos los formularios que los empleadores adjuntan a las declaraciones de impuestos relacionadas con el empleo y los comprobantes de salarios para los empleados correspondientes.
La siguiente tabla muestra estimados de carga basados en los requisitos legales vigentes a partir del 15 de abril de 2023 para los empleadores que presentan formularios de declaración de informes de impuestos sobre la nómina y formularios de declaraciones de informes de salarios. El tiempo invertido y los gastos de bolsillo se presentan por separado. La carga de tiempo es el tiempo dedicado a cumplir con las responsabilidades de presentación de declaraciones de informes del empleador que incluyen mantenimiento de registros, preparación y presentación de formularios y preparación y suministro de comprobantes de salarios a empleados. Los gastos de bolsillo (“dinero”) incluyen todo costo en el que se incurrió para cumplir con las responsabilidades de declaración de informes del empleador. La cantidad de los impuestos pagados no se incluye en la carga de declaración de informes.
Las cargas de tiempo y dinero declaradas a continuación incluyen todos los formularios y anexos asociados, en todos los métodos de preparación para las declaraciones de impuestos e informes del empleador. Son promedios nacionales y no reflejan necesariamente una carga de información del empleador “tipica”. La mayoría de los empleadores experimentan una carga inferior a la carga de tiempo promedio, con una carga que varía considerablemente por el número de Formularios W-2 que presenta el empleador. Por ejemplo, la carga estimada promedio para un empleador que emite cuatro Formularios W-2 es de 63 horas (15.8 horas x 4) y $2,304 ($576 x 4). La carga estimada promedio para un empleador grande que emite 2,000 Formularios W-2 es 800 horas (2,000 x 0.4) y $28,000 (2,000 x $14).
Tabla . Carga Promedio Anual
Tiempo Total (horas) | Mantener los Registros (horas) |
Tiempo Invertido en Actividades del Formulario W-2 (horas) | Todo el Resto del Tiempo (horas) | Gastos de Bolsillo | Total de Carga Monetizada* | |
---|---|---|---|---|---|---|
Declarantes con el Formulario 941 | 65 | 19 | 4 | 42 | $2,710 | $4,799 |
Declarantes con el Formulario 943 | 57 | 16 | 6 | 35 | $935 | $1,955 |
Declarantes con el Formulario 944 | 24 | 4 | 3 | 18 | $368 | $619 |
* Carga monetizada total = horas monetizadas + gastos de bolsillo. |
Tabla . Carga Promedio Anual por Empleado por el Número de Empleados (Recuento de Formularios W-2)
Número de Empleados | Tiempo Total (horas) | Gastos de Bolsillo | Total de Carga Monetizada* |
---|---|---|---|
Todos | 10.7 | $404 | $700 |
1 a 5 | 15.8 | $576 | $998 |
6 a 10 | 5.9 | $264 | $444 |
11 a 25 | 4.4 | $190 | $327 |
26 a 50 | 3.5 | $126 | $237 |
51 a 100 | 2.7 | $97 | $185 |
101 a 250 | 1.8 | $90 | $159 |
251 a 500 | 1.3 | $70 | $119 |
501 a 1,000 | 0.8 | $48 | $79 |
Más de 1,000 | 0.4 | $14 | $28 |
Declarantes con el Formulario 941 | 10.5 | $408 | $705 |
Declarantes con el Formulario 943 | 19.2 | $269 | $562 |
Declarantes con el Formulario 944 | 12 | $198 | $334 |
* Carga monetizada total = horas monetizadas + gastos de bolsillo. |
Comentarios. Si desea hacer algún comentario acerca de la exactitud de estos estimados de tiempo o sugerencias que ayuden a que el Formulario 944 sea más sencillo, comuníquese con nosotros. Nos puede enviar comentarios desde el sitio web IRS.gov/FormComments. O puede enviar sus comentarios al Internal Revenue Service, Tax Forms and Publications Division, 1111 Constitution Ave, NW, IR-6526, Washington, DC 20224. No envié el Formulario 944 a esta dirección. En vez de eso, vea ¿Adónde Deberá Enviar la Declaración?, anteriormente.